SE EMITE NUEVO ARANCEL DE ADUANAS DE LA REPÚBLICA DE CUBA PARA LAS OPERCIONES COMERCIALES QUE REALIZAN LAS PERSONAS JURÍDICAS


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La Resolución Conjunta 1, del 15 de diciembre de 2021, publicada en la Gaceta Oficial No. 6 Extraordinaria, del 14 de enero de 2022, establece el nuevo Arancel de Aduanas de la República de Cuba, que se aplica a las operaciones comerciales que realizan las personas jurídicas.

El nuevo Arancel de Aduanas de la República de Cuba se establece en cumplimiento de nuestras obligaciones como país signatario del Convenio Internacional del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y como resultado del trabajo de la adecuación nacional a partir de la modificación realizada al Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías del 2017 (SA 2017), por la Organización Mundial de Aduanas (OMA).

La nomenclatura que se incluye en este Arancel es la del Sistema Armonizado de Clasificación de Productos (SACLAP 2022), establecida en el país mediante la Resolución No. 107, del 5 de octubre de 2021, emitida por la Jefa de la Oficina Nacional de Estadística e Información (ONEI).

Con la referida Resolución Conjunta 1, se establecen los aranceles de aduanas de las mercancías, tanto a las que corresponde aplicarles la taifa general como la de nación más favorecida, que se relacionan por secciones, capítulos, partidas y grupos en el Anexo Único que forma parte integrante de la misma.

El nuevo Arancel de Aduanas de la República de Cuba, se aplica a las operaciones comerciales que realizan las personas jurídicas a partir del primero de enero de 2022.

MINISTERIO DE FINANZAS Y PRECIOS 

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28.06.2020

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