Se exonera temporalmente del pago del arancel la importación de alimentos y aseo por personas jurídicas


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El Ministerio de Finanzas y Precios, emitió la Resolución 318, publicada en la Gaceta Oficial No. 65 Extraordinaria, del 20 de julio de 2021, que exonera del pago del Impuesto Aduanero, la importación de productos alimenticios y de aseo personal y del hogar, por las entidades estatales y asociaciones económicas internacionales que agrupan a las empresas mixtas, contratos de asociación económica internacional, y otros contratos de asociaciones constituidos al amparo de la Ley 118 “Ley de la Inversión Extrajera”, del 29 de marzo de 2014.


La exoneración responde a las medidas adoptadas para enfrentar las limitaciones en las ofertas de alimentos y aseo, a partir del recrudecimiento del bloqueo económico, financiero y comercial y el impacto en la esfera económica de las medidas que se han tenido que adoptar para la prevención y enfrentamiento de la COVID-19; con el objetivo de reducir los costos por este concepto.


El beneficio se ha concebido de forma temporal y estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2021.

 
MINISTERIO DE FINANZAS Y PRECIOS

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