SE EXTIENDE HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DE 2021, EL USO DE LAS DENOMINACIONES DE SELLOS DEL TIMBRE EN PESOS CONVERTIBLES


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Como parte de la implementación de la Tarea Ordenamiento se autorizó por un período de ciento ochenta días desde el inicio de este proceso, la utilización de los sellos del timbre en CUC, para los trámites anteriormente gravados en esa moneda, en correspondencia con lo aprobado para la circulación del peso convertible en efectivo en posesión de las personas naturales y jurídicas al momento de la entrada en vigor del ordenamiento monetario.

A partir del retraso de determinados trámites por paralización de los servicios en entidades o la posposición de otros debido a las medidas preventivas y de enfrentamiento a la COVID-19; así como las preocupaciones de la población sobre la proximidad del vencimiento del plazo para la utilización de los sellos en CUC, se ha decidido extender hasta el 31 de diciembre de 2021, el uso de esas denominaciones, para las personas naturales y jurídicas que posean sellos en CUC y realicen trámites que con anterioridad al ordenamiento monetario, se encontraban gravados en dicha moneda.

A tales efectos se ha emitido la Resolución No. 243/2021, publicada en la Gaceta Oficial No. 54 Extraordinaria, del 28 de junio de 2021.


Ministerio de Finanzas y Precios


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