SE EXTIENDE HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DE 2021, EL USO DE LAS DENOMINACIONES DE SELLOS DEL TIMBRE EN PESOS CONVERTIBLES
Como parte de la implementación de la Tarea
Ordenamiento se autorizó por un período de ciento ochenta días
desde el inicio de este proceso, la utilización de los sellos del
timbre en CUC, para los trámites anteriormente gravados en esa
moneda, en correspondencia con lo aprobado para la circulación
del peso convertible en efectivo en posesión de las personas
naturales y jurídicas al momento de la entrada en vigor del
ordenamiento monetario.
A partir del retraso de determinados trámites por paralización de
los servicios en entidades o la posposición de otros debido a las
medidaspreventivas y de
enfrentamiento a la COVID-19; así como las preocupaciones
de la población sobre la proximidad del vencimiento del plazo para
la utilización de los sellos en CUC, se ha decidido extender
hasta el 31 de diciembre de 2021, el uso de esas
denominaciones, para las personas naturales y jurídicas que posean
sellos en CUC y realicen trámites que con anterioridad al
ordenamiento monetario, se encontraban gravados en dicha moneda.
A tales efectos se ha emitido la Resolución No. 243/2021, publicada
en la Gaceta Oficial No. 54 Extraordinaria, del 28 de junio de 2021.