Si tiene alguna denuncia y/o queja vinculada al Ministerio de Finanzas y Precios acerca de las
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2025-05-19 16:55:58.883752 | |
2025-05-14 21:55:33.648993 | Leidy Laura Alcuria delgado el 14.05.2025, 09:55 a.m Siendo el día 14 del mes 5 del 2025 a las 9 am de la mañana me isieron una multa consecutiva a otra el día anterior o sea el 13 mes 5 del 2025 cuya ya en el mismo mes me an puesto varias multas yo quiero quejarme porq no aguanto más las multas ya para mí es algo q no es normal es demasiado Dirección de Inspección el 30.09.2025 Buenas tardes, se da respuesta a queja por imposición de multas en dos días consecutivos, no refiere que órgano impositor aplicó las contravenciones ni las causas para poder dar una respuesta convincente, pero si existen violaciones los órganos de control están en la obligación de hacer cumplir lo establecido por la ley. Atentamente, Ministerio de Finanzas y Precios |
2025-04-20 17:19:43.339496 | Oney el 20.04.2025, 05:19 a.m Hola buenas tardes ,soy TCP y mi duda es por qué cuando mi contador me hace el informe de mis resultados contables del periodo no me queda casi ganancias ,,primero soy de Pinar del rio ,municipio de San Juan y Martinez ,,nosotros aplicamos el 30 del costo del producto según compra ej . De cada 100pesos ganamos 30pesos ,,pero tenemos que pagar un 15 de los ingresos brutos ,tenemos gastos propios como transportación y gastos de personal entre otros ,, cuando saco ganancias no queda casi nada de nada para quien estamos trabajando . Necesito que algún especialista me ayude hacer un calculo o de lo contrario se debe analizar por este ministerio Dirección de Política De Precios el 12.06.2025 Buenas Le sugiero solicitar asesoría a una entidad consultora de su territorio, o a la ANEC. Por esta via no es posible darle respuesta pues lo que necesita es un analisisis de sus resultados. Atentamente Ministerio de Finanzas y Precios |
2025-04-10 01:49:21.288486 | Ernesto el 10.04.2025, 01:49 a.m Buen día tenga el estimado lector que pueda proveerme de la información que busco. En el departamento delMFP municipal de La Lisa están solicitando a las FGNE que presenten en sus oficinas nuestras fichas de costos las cuales después de un análisis nos entregarían firmadas y aprobadas por su máximo dirigente como muestra de su aprobación. He leído la RES 148-2024 y además de no decir explícitamente la urgencia de este trámite; directamente no se dice nada de hacerlo. Ya no conforme con esto nos exigen presentar facturas anexadas a nuestras fichas de costos. Aún esto siendo un trámite no contemplado en resolución están aplicando decretos y sanciones por incumplimiento de algo que no está regulado ni respaldado. Espero su pronta respuesta, tenga un feliz día. Dirección de Política De Precios el 12.06.2025 Buenas Este Ministerio no tiene establecido en ninguna norma jurídica que las fichas de costos de las FGNE tengan que ser aprobadas por las direcciones municipales de Finanzas y Precios, estas pueden solicitarlas para ejercer control o inspección y determinar si tienen o no deficiencias en su confección, así como asesorar su confección. Atentamente Ministerio de Finanzas y Precios |
2025-04-07 12:02:00.062856 | Cecilia el 07.04.2025, 12:02 a.m Quisiera saber si ya los precios minoristas maximos que se establecieron a los 6 productos basicos se elimino pues en una mipyme cita en 17 32 y 34 el kg de leche en polvo esta a $ 2000 Dirección de Inspección el 30.09.2025 Buenas tardes, damos respuesta a su queja, los precios minoristas maximos establecidos para los 6 productos por la Resolución 225/2024 de este ministerio, se encuentran vigentes, debe plasmar la dirección exacta del establecimiento ya que en su queja no hace alusión al municipio donde se encuentra ubicada esta dirección. Atentamente, Ministerio de Finanzas y Precios |
2025-04-06 20:46:27.268073 | Armando zaldivar Feria el 06.04.2025, 08:46 a.m Saludos hace dos días en mi punto de venta me pusieron una multa basada en el Decreto 30 Art 7 inci7 según leo en el talonario la multa según explicó la impectora es porque la ficha de costo no corresponde con la factura ya que la ficha de costo fue hecha por el valor de 35 pesos de un sobre de refresco y la factura decía cuarenta y el refresco elaborado tenía un precio de 10 peso yo me digo si yo lo compraba a 35 con su factura ,;hice la facha de costo y me da que puedo venderlo a 10 peso porque si compro más caro y vendo al mismo precio el refresco se me multa no sería que me tienen que elogiar por mantener precio y no abusar del pueblo no se entiende en el mercado hoy los precios suben y bajan por minutos es imposible hacer para cada cosa la ficha de costo si ya tiene una hecha que protege al consumidor ahora su yo fuera a variar su precio si pero no fue el caso porque el refresco estaba a la venta a 10 peso que estoy seguro que dentro de Cuba más barato nadie lo vende no el estado y con calidad ya que se elabora de sobre que viene por dos litro en litro y medio para mejor calidad .esta es mi inquietud l Dirección de Inspección el 30.09.2025 Buenas tardes, es necesrio revise el talón de multa, en el Decreto 30 artículo 7 los incisos están plasmados en letras no en números, las multas por violaciones de precios por incumplimiento de normas establecidas por este ministerio son impuestas por el inciso j, no el 7. En este caso usted elabora su ficha por el precio de adquisión del producto según factura y puedes venderlo al precio calculado o por debajo de este. Atentamente, Ministerio de Finanzas y Precios Atentamente, Ministerio de Finanzas y Precios |
2025-03-26 09:36:45.527079 | ludovico el 26.03.2025, 09:36 a.m En los últimos días el aceite, en las tiendas de la denominadas "mipymes" se está vendiendo el aceite comestible a 1000 y hasta 1100 pesos. ¿el acuerdo con el estado no fue de 920 pesos Por favor hagan algo al respecto, ya a 920 era caro. Dirección de Inspección el 30.09.2025 Buen día, aunque no hace referencia al municipio donde se encuentra por encima del precio aprobado el producto aceite, se le informa que se han realizado más de 60 mil acciones de control por violaciones a los productos con precios topados en la Resolución 225/2024 de este ministerio y seguiremos accionando ante violaciones de este tipo. Atentamente, Ministerio de Finanzas y Precios |
2025-03-13 11:21:30.16764 | Lazaro PlasenciaMartinez el 13.03.2025, 11:21 a.m Estoy en los trámites de una compra de un apartamento en el municipio de mariel que tiene coeficiente 7.0. Al momento de presentar los documentos en la Dirección Municipal de Vivienda, pregunto el monto a pagar por los impuestos y me dicen que son 100800.00 CUP. Consulto la resolución 313 publicada en la gaceta 102 de noviembre de 2024 y al revisar los cálculos de los impuestos detecto un aparente error en Apartamentos con paredes de mampostería y cubierta pesada que el valor referencial y por tanto el impuesto del 4 por ciento están duplicados. No es posible que un apartamento de 4 dormitorios pague menos que uno de 3 con iguales condiciones y que una casa de identicas condiciones pague menos que el apartamento. Me urge tener respuesta para ejecutar el pago. Dirección de Política de Ingresos el 21.04.2025 Estimado Lazaro: Le explico que la norma que establece los valores referenciales mínimos para la liquidación y pago de los impuestos sobre los Ingresos Personales y sobre la Transmisión de Bienes y Herencias, asociados a los actos de compraventa y donación de viviendas entre personas naturales, tenía un error el cual fue corregido, y la resolución publicada en la gaceta ya fue rectificada. Atentamente MFP. |
2025-03-12 09:09:31.23661 | Melba Julia Moreno Ortiz el 12.03.2025, 09:09 a.m Estoy realizando una compra venta de un apartamento en el municipio de mariel y al revisar la resolucion 313 observo un aparente error en los cálculos para determinar el valor referencial y su posterior pago de los impuestos. A la hora de determinar el valor total del apartamento la cifra calculada representa el doble de lo que realmente debe ser y por tanto se duplica el valor del impuesto. Desearía se subsane este error ya que pueden existir otros ciudadanos en esta misma situación. Como ustedes dominan mariel esta ubicado en el coeficiente7.0 de la referida resolución. Dirección de Política de Ingresos el 21.04.2025 Estimada Melba Julia: Le explico que la norma que establece los valores referenciales mínimos para la liquidación y pago de los impuestos sobre los Ingresos Personales y sobre la Transmisión de Bienes y Herencias, asociados a los actos de compraventa y donación de viviendas entre personas naturales, tenía un error el cual fue corregido, y la resolución publicada en la gaceta ya fue rectificada. Atentamente MFP. |
2025-02-25 20:09:39.411866 | Mary el 25.02.2025, 08:09 a.m Buenas noches, mi inquietud es relacionada al precio de la leche en polvo y otros productos de primera necesidad en las Mipimes y demás, se dijo que el Kg de leche seria a 1650 y está en algunos lugares en 2500, 3200 etc. Dirección de Inspección el 30.09.2025 Buenas tardes, la leche en polvo, es un producto con precio aprobado de 1 650 pesos el Kg según la Resolución 225/2024 de este ministerio, afirma que se comercializa a precios por encima al aprobado, pero no hace referencia de la dirección de donde se realiza la actividad, ni actor económico que la realiza, para poder proceder ante violaciones de tal envergadura. Atentamente, Ministerio de Finanzas y Precios |
2025-01-20 04:46:06.084706 | JOSE ENRIQUE PIÑA PRIETO el 20.01.2025, 04:46 a.m en alamar sobre todo los agro y carretilleros no tienen listado de precios o lo tienen escondidos Dirección de Inspección el 30.09.2025 Buen día, en La Habana existe la Resolución 218/2024 aprobada por la gobernadora donde se fijan los precios concertados a los productos agropecuarios, la que deben poseer en el ejercicio de su actividad, por violaciones de este tipo se han realizado más de 75 mil acciones de control. Atentamente, Ministerio de Finanzas y Precios |
Emeregildo el 19.05.2025, 04:55 a.m
El año pasado se emitió la resolución 225 del MFP que topaba el precio de aceite vegetal a 990 CUP. Una explicación puede encontrarse en: .cubadebate.cu-noticias-2024-07-08-entran-en-vigor-precios-minoristas-maximos-para-productos-de-alta-demanda-pdf- Sin embargo, es común encontrarse precios distorcionados tanto en mipymes y pequeños establecimientos de TCPs que ejercen tanto la venta mayorista como la minorista. Si este tope no se está respetando no es solo por la violación de los actores no estatales, es también por la inacción de los inspectores estatales. Van a tener que, en conjunto con las autoridades del ministerio del interior, ejecutar un operativo, primero para depurar a toda la lacra de inspectores que no tienen profesionalidad ni valores revolucionarios y luego, contra los negocios que violan el tope de los precios. Comiencen por localidades como Santiago de las Vegas y otras del municipio Boyeros. Infiltren los grupos de Whatsapp, Facebook, Revolico, donde se puede llegar hasta los que ofertan los precios abusivos y apliquen los procedimientos establecidos contra ellos. El poder está en vuestras manos. Actuen.
Dirección de Inspección el 30.09.2025
Buenas tardes, respuesta a queja referente a violaciones de precios fijados en la Resolución 225/2024, diariamente se realizan acciones de control al cumplimiento de los precios fijados en esta resolución por diferentes órganos de control, se han realizado en la provicia La Habana más de 45 mil inspecciones por estas violaciones y se seguirá accionando antes violaciones de este tipo. Atentamente, Ministerio de Finanzas y Precios