Se regula la aplicación de los tributos a las personas naturales que comercializan bienes o servicios en Todus, Picta y Apklis
La Gaceta Oficial Extraordinaria No. 61 del 3 de noviembre del 2020, publica la , Resolución 272 del Ministerio de Finanzas y Precios (MFP) que regula la aplicación de los tributos y exonera del pago de los impuestos sobre las Ventas o los Servicios, a las personas naturales que comercializan bienes o servicios en las plataformas de internet ToDus, PICTA y APKLIS.
En la Resolución 272/2020 del MFP, se notifica que las personas naturales que comercializan bienes o servicios en las plataformas mencionadas, liquidan y pagan el Impuesto sobre los Ingresos Personales mediante la presentación de la declaración jurada anual; así como que las entidades administradoras de dichas plataformas, retienen un cinco (5%) por ciento de los pagos que realicen a las personas naturales por concepto del Impuesto sobre los Ingresos Personales y lo aportan al Presupuesto del Estado.
La
normativa también dispone, que las personas jurídicas que comercializan bienes
o servicios en las plataformas mencionadas, pagan los impuestos sobre las
Ventas o los Servicios de conformidad con lo legalmente establecido.
Ministerio de Finanzas y Precios