EMITE MINISTERIO DE FINANZAS Y PRECIOS RESOLUCIÓN 175 DE 2021 SOBRE APLICACIÓN DE LA TASA DE PROSPECCIÓN GEOLÓGICA


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En cumplimiento de la política para el perfeccionamiento para la actividad de investigación geológica y la implementación del servicio geológico de Cuba, el Ministerio de Finanzas y Precios, emitió la Resolución 175, del 17 de mayo de 2021, publicada en la Gaceta Oficial No. 50 Extraordinaria del 18 de junio de 2021, extendiendo  en el año 2021, la aplicación de la tasa de resarcimiento de prospección geológica para todos los titulares de derechos para la explotación y procesamiento de yacimientos de recursos minerales.

Esta tasa constituye una de las fuentes de recursos para el respaldo financiero desde el Presupuesto del Estado de los trabajos pretéritos de investigación geológica, de los que son beneficiarios los titulares de las concesiones mineras.

La tasa se consiga por grupos de minerales y se expresa como por ciento del precio del producto, excepto para los hidrocarburos que se definen por tonelada del mineral producido, como se muestra a continuación:


No.

Tipo de mineral

Tasa

(% del precio)

1

Grupo I. Minerales no metálicos. Utilizados para la construcción y los destinados a la producción de cal, cemento y cerámica.

0.1

2

Grupo I. Minerales no metálicos. De otros usos excepto los utilizados para la construcción y destinados a la producción de cal, cemento y cerámica.

0.15

3

Grupo II. Minerales metálicos.

0.183

4

Grupo III. Minerales portadores de energía.

0.15

5

Grupo IV. Otras acumulaciones de minerales. Residuos de actividades mineras y otras acumulaciones minerales no comprendidas anteriormente.

0.05

6

Grupo V. Hidrocarburos (petróleo equivalente)

3.9656 CUP/t



Con esta resolución queda derogada la Resolución 229, dictada por la Ministra de Finanzas y Precios, de 10 de agosto de 2018.

Ministerio de Finanzas y Precios

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