Resolución sobre aplicación del impuesto sobre ingresos personales, mediante la presentación de Declaración Jurada a las personas naturales cubanas y extranjeras con residencia permanente que reciben gratificaciones
La Gaceta Oficial de la República No. 20 Extraordinaria de 31 de marzo de 2023, publica la Resolución 42/2023 del Ministerio de Finanzas y Precios, que actualiza el tratamiento tributario al personal que recibe ingresos por concepto de gratificaciones en función de reconocer un porciento de gasto autorizado para la actividad y el mínimo exento anual a los efectos de la presentación y liquidación del Impuesto sobre los ingresos personales.
Establece efectuar un pago a cuenta del Impuesto sobre los Ingresos Personales, aplicando un tipo impositivo del cinco por ciento (5%) sobre las gratificaciones recibidas en el trimestre.
Mediante la citada Resolución se ratifica que al finalizar el periodo fiscal, las personas están obligadas a presentar la correspondiente Declaración Jurada de Ingresos Personales, y dispone la aplicación de la escala progresiva que se establece en el Artículo 26 de la Ley 113 ''Del Sistema Tributario".
Reconoce a los efectos de la liquidación adicional del Impuesto sobre Ingresos Personales correspondientes al año fiscal, se descuente de los ingresos totales obtenidos hasta un 10% por concepto de gasto deducible y el mínimo exento anual, por una cuantía de 39 120.00 CUP.
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MINISTERIO DE FINANZAS Y PRECIOS