Ajustes de las tarifas en el servicio de limpieza de fosas


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El pasado 15 de enero del 2021, la Gaceta Oficial No. 4 Extraordinaria de la República de Cuba, publicó el Acuerdo 8991/2021 del Consejo de Ministros que establecía ajustes en lo relacionado a la limpieza de fosas.

El documento legislativo aprueba las tarifas máximas en pesos cubanos de los servicios técnicos productivos de abasto de agua, desobstrucciones en el interior de las viviendas y otros servicios que prestan las entidades del Sistema Empresarial atendido por el Instituto Nacional de Recursos Hidráulicos para el sector doméstico.

Además faculta, al Presidente del Instituto Nacional de Recursos Hidráulicos para establecer bonificaciones a la tarifa a pagar por las personas naturales, por los servicios de limpieza de fosas, cuando dichos servicios se solicitan de manera reiterada en el año, y lo responsabiliza con establecer los procedimientos, mecanismos de información y de control que se requieran para el cumplimiento de lo que por este Acuerdo se dispone.

Al respecto, Vladimir Regueiro Ale, Viceministro Primero de Finanzas y Precios durante su comparecencia en el espacio radio televisivo Mesa Redonda,  “Ordenamiento monetario: Precisiones sobre los precios” explicó: 

"El ajuste relacionado con la limpieza de fosas, es un servicio dispuesto en un valor de 280 pesos, mediante acuerdo del Consejo de Ministros, y por el impacto que puede tener en determinados servicios reiterados (porque lo requieren fosas con determinadas características, o sea, que demandan más limpieza), en esos casos, sin importar la cantidad de servicios, siempre se pagará ajustado como máximo a 280 pesos”


Regueiro Ale también añadió, “hay una protección a las familias vulnerables, cuando la familia, ya caracterizada después de un estudio socioeconómico por las autoridades del territorio, requiere de un respaldo del presupuesto mediante la asistencia social, así está expedientado y es el que financia este servicio a la entidad de Recursos Hidráulicos que lo presta”.


El presente Acuerdo del Consejo de Ministros es aplicable a la facturación de los servicios prestados a partir de 1ro. de enero de 2021 y deroga el No. 8959 del 25 de noviembre de 2020.

Ministerio de Finanzas y Precios

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28.06.2020

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