Denuncias Año  2024 [54]

Noeli el 22.12.2024, 12:12 a.m

Quisiera exponer una queja con respecto a la nueva resolución de la Vivienda. En su Anexo 1, el cual aplica a las zonas de desarrollo económico, específicamente en la tabla que tiene que ver con los apartamentos, esta contiene un error numerico importante, el cual duplica el impuesto a pagar. Pues en la metodologia de la misma resolución se explica que el valor total es la suma de todos los valores que le vayan aportando segun las características, siendo asi en el resto de las tablas, no obstante en la antes mencionada, duplica este valor. Luego al multiplicar el valor total por 7 que es el coeficiente que corresponde y finalmente obtener el impuesto a pagar, es excesivo e incorrecto, lo cual afecta considerablemente a compradores y vendedores. Por favor, revisen y actualicen esta tabla, las personas estan siendo afectadas económicamente. Gracias de antemano.

Dirección de Política de Ingresos el 11.04.2025

Estimada Noeli: Le explico que la norma que establece los valores referenciales mínimos para la liquidación y pago de los impuestos sobre los Ingresos Personales y sobre la Transmisión de Bienes y Herencias, asociados a los actos de compraventa y donación de viviendas entre personas naturales, tenía un error el cual fue corregido, y la resolución publicada en la gaceta ya fue rectificada. Atentamente MFP.

Aleika Herrera el 04.12.2024, 04:00 a.m

El impuesto sobre donacion de vehículos ea demasiado alto Con el salario actual un trabajador promedio no puede pagarlo porque no le ALCANZA soy médico no puede ser que trnga q pagar 20000 pesos por un fiat-polaco q siempre fue de mi papá.

Dirección de Política de Ingresos el 11.04.2025

Estimada Aleika: Usted debe aplicar lo dispuesto en la Instrucción 1 del 29 de julio de 2014 emitida por el Ministerio de Justica, que dispone que la base imponible para el pago del Impuesto sobre la Transmisión de Bienes y Herencias está constituida por el valor legal del vehículo, según resulte de los documentos reseñados en la norma. Además en la Ley Del Presupuesto del Estado para el año 2025, se otorga una bonificación del tipo impositivo del dos por ciento (2%), a los adquirientes de vehículo de motor mediantes actos de donación entre cónyuges y familiares hasta el quinto grado de consanguinidad. Atentamente MFP

Antonio María Delgado Barcelo el 30.11.2024, 09:33 a.m

Buenos días, necesito que me aclaren si la Resolución 225, sobre los límites maximos de algunos productos está vigente o a sufrido alguna modificación,pues en el Municipio 10 de Octubre,es una diversidad de Precios horrible,sobre todo el Pollo,he tratado de encontrar información en el Municipio y me dijo una ca.que la gobernadora de La Habana había cambiado los Precios.Gracias.

Dirección de Política De Precios el 26.02.2025

Le informo que se mantienen los precios aprobados por la Resolución 225/2024 de este Ministerio para los 6 productos regulados. Atentamente Ministerio de Finanzas y Precios

Oscar Suárez el 23.11.2024, 02:08 a.m

Escribo acá porque necesito saber cómo proceder en el caso de que pagues una multa y la misma siga saliendo en el sistema como que no está paga. Es muy indignante, he pagado la misma multa 3 veces y aún sigue saliendo como pendiente. La última vez lo hice por la plataforma Transfermovil y al día siguiente me salía liquidada, pero a los tres días vuelvo a revisar y vuelve a salir pendiente. Qué hacer en este caso Es ilógico y no voy a seguir pagando la misma multa infinitamente. Saludos cordiales

Dirección de Multas el 12.06.2025

Buenas tardes, el tema que plantea se ha atendido en otras ocasiones y se da por varias razones ya estudiadas y que están en vías de solución por los especialistas de DESOFT y el MININT, otra causa es la falta de energía eléctrica que impide que el trabajo de actualización de los datos de las multas impuestas y cobradas este al día, sobre este particular se realizan grandes esfuerzos por los trabajadores en función de actualizar las Bases de datos. Ofrecemos nuestras disculpas por las molestias causas. No tienen que volver a pagar cuando esto ocurra, comuníquese con la Oficina de multas de su municipio y ellos solucionarán el problema. Atentamente, Ministerio de Finanzas y Precios

Maydevis Estrada el 29.10.2024, 06:21 a.m

Quisiera saber si el Azucar pueden venderla a precios tan sumamente altos,a llegado a convertirse en uno de los productos que nisiquiera el cuenta propia puede comprar para trabajar con ella,son precios sumamente altos,hasta en 700 por una libra,un jubilado como hace es que, no creo que ningun trabajador con su salario pueda llegar a comprar ni una libra mes. Yo como dulcera tendre que cerrar mi negocio,el cual es mi sustento porque este producto se a vuelto inalcanzable. Espero tener una respuesta

Dirección de Política De Precios el 26.02.2025

El precio a que se vende el azúcar en el mercado informal y por las FGNE, es de oferta y demanda, y su nivel responde a la poca oferta que existe del producto, ademas de que a la importación que hacen las FGNE le aplican el costo del financiamiento de esa importación para la formación de esos precios. Atentamente Ministerio de Finanzas y Precios

Osmani castellanos moscoso el 08.10.2024, 08:39 a.m

Compan̈ero disculpen el correo anterior tenia error en en la direccion este es el correcto quisiera conoser porque cienfuegos no aplica la resolucion 9 del 2024 sobre el pago por an̈os de servicio a los cuadros profesionales del poder popular que provienen del sector de la educacion y salud nos dicen que depende de que el ministerio de finanza y precio lo autorise

Dirección Gral. de Atención Territorial el 12.06.2025

Estimado compañero, sobre la no aplicación de la resolución 9 del 2024 del MTSS sobre el pago por años de servicio a los cuadros profesionales del poder popular que provienen del sector de la educación y salud en la provincia de Cienfuegos, con el argumento de que dependía del Ministerio de Finanza y Precios. Si bien es cierto al momento en que usted presentara la solicitud de información en la provincia apreciaban que no existía fondo de salario para este pago, esta situación fue resulta a partir del día 22 de octubre del 2024. La medida en cuestión benefició a 53 trabajadores con un monto de gastos de personal de un millón 401 mil peos, el cual se comenzó a pagar ese propio mes con carácter retroactivo. Conocíamos además que la directora provincial de finanzas Aslaisy Calzada Valdespino se comunicó con usted para trasladarle esa explicación. De manera que los fondo para la respaldar la medida fueron asegurados en su totalidad e incluso la provincia inejecutó parte de su plan de gastos de personal del año. Agradecemos a usted su alerta sobre tan sensible situación, y esperamos pueda trasladarnos cualquier elemento sobre cualquier asunto que considere puede contribuir a mejorar nuestro trabajo. Atentamente, Ministerio de Finanzas y Precios

Esteban Martínez el 25.09.2024, 10:43 a.m

En Matanzas se viola en precio topado establecido para el precio del pollo. La Resolución 225-2024 que norma ese precio fija en 680 pesos el precio por kilogramo, eso significa que un paquete sellado de 10 libras 4.5 kilogramos debe costar 3060, sin embargo en Matanzas con la aprobación del Gobierno Provincial se vende a 3100. Se vende a 40 pesos por encima de lo establecido con el beneplácito del Gobierno. Cuando se vende un contenedor de pollo a ese sobreprecio cuánto dinero se recauda de manera ilegal. Ante esto quien le pone freno a la violación a los ojos de todos

Dirección de Inspección el 30.09.2025

Buen día, en su provincia se han realizado mas de 2 mil acciones de inspección por violaciones de la Resolución 225/2024 de este ministerio, en las que se han aplicado las medidas correspondientes y se continúa trabajando para enfrentar violaciones de este tipo. Atentamente, Ministerio de Finanzas y Precios

Argelio el 25.09.2024, 10:00 a.m

Quería saber, el precio del aceite automotor que se vende a granel en los garajes donde hay servicio de engrase, está regulado Cada vez que voy a comprar vale mas caro

Dirección de Política De Precios el 07.10.2024

Buenas Es un producto que no esta regulado centralmente por este Ministerio. Atentamente Ministerio de Finanzas y Precios

Yoel el 25.09.2024, 09:34 a.m

Buenas noches, después de haber visto el programa Hacemos Cuba acerca de la violación de precios, especulación etc, me he animado a denunciar varios hechos en mi localidad. Vivo en Campo Florido, La Habana del Este. En este pueblecito hay varios emprendedores pero en uno solo de ellos, que por cierto está a la entrada del pueblo entre otros productos se vende el huevo. Este producto lo puedes obtener por unidad o por cartón pero el problema es que vale 3700 pesos el cartón, yo creo que esto pasa de lo abusivo y lo especulativo, yo tengo dos niños a los cuales les gusta este producto pero me tengo que limitar a verlos solamente porque no los puedo adquirir. Es una pena, este producto también deberían de estar regulado su precio como el del pollo

Dirección de Política De Precios el 26.02.2025

Estimado Yoel, la Resolución 225/2024 del Ministerio de Finanzas y Precios, estableció precios minoristas máximos a seis productos de alta demanda por la población, teniendo en cuenta las condiciones actuales de la economía y como parte del monitoreo sistemático, podrá realizarse propuesta de inclusión de otras mercancías y en estos elevados precios de los productos que comercializan los FGNE se reconocen los costos y gastos de adquisición y comercialización, la utilidad en la actividad comercial y el Impuesto sobre las ventas Además, tal como se expresa en las DISPOSICIONES FINALES PRIMERA: El Ministerio de Finanzas y Precios, en coordinación con los ministerios del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera y de Comercio Interior, está encargado de observar periódicamente el comportamiento de los precios de importación de las mercancías a que hace referencia esta Resolución, para determinar las actualizaciones que correspondan en sus precios minoristas máximos; así como la propuesta de inclusión de otras mercancías. Atentamente Ministerio de Finanzas y Precios

Ada Caridad Cabezas Soto el 25.09.2024, 04:44 a.m

Hay una situación muy dificil con la aplicación de la 164-2024 del MFPcon el 30 de utilidades sobre los costos en la ficha porque: 1. Es para los contratos con las empresas estatales y estan obligando a TCP y MIPYME para cualquier tipo de venta violentando lo del pago por acuerdo de los nuevos decretos. Estan obligando este 30 a todos los productos poniendo multas de hasta 15000 y en algunos casos mandando a cerrar. 2. Se pide el codigo QR a la cuenta fiscal eso dicen las regulaciones pero si esa cuenta lo tiene por transfermóvil sin estimulo financiero para el cliente y el lo acepta, ¿donde dice que tiene que ser por ENZONA y que eso implica mayores gastos para los TCP y Pymes 3. Si es solo el 30 y los inspectores obligan que no tengan en cuenta los impuestos. Eso quiere decir que solo en impuestos el 16 de ese 30 es para impuestos. Como es esto Eso está creando muchas dificultades y pienso que es imprescindible aclarar esto a la población y a los inspectores

Dirección de Política De Precios el 07.10.2024

La Resolución 225/2024 no ampara la aplicación del margen de ganancia del 30% máximo para todos los productos De exigirse su aplicación en el resto de los productos que no están en el Anexo Único de la Resolución, debe estar amparado por documento del gobierno territorial (acuerdo, resolución u otro) atendiendo a las facultades otorgadas para ello. El 30% reconoce el impuesto sobre las ventas.
La Resolución 209/2024 es la que establece la tasa de utilidad de hasta el 30% sobre los costos y gastos para la formación de precios y tarifas mas el impuesto sobre las ventas y los servicios de las FGNE de productos y servicios a comercializar a las entidades estatales, al resto de los actores economicos aplican lo establecido en las normas juridicas para la tributación y el tratamiento de precios de cada FGNE.
Lo relacionado con la pasarela de pago es a través del MINCIN.
Atentamente, Ministerio de Finanzas y Precios

Ángel Frías el 25.09.2024, 11:01 a.m

¿Es posible que la Ministra, en el programa Hacemos Cuba que se transmitirá hoy, de una explicación convincente del porqué las tiendas en MLC mantienen los precios de los productos de primera necesidad más altos que los actores económicos no estatales No sería un delito, ni un error, publicar el margen de ganancia de los productos de primera necesidad ya que de esta forma se evita la especulación y mala opinión de la gestión estatal respecto al tema. Las Empresas estatales tiene que ser las primeras en dar el ejemplo. Otro ejemplo, en el restaurante El Laurel que radica en el Centro de Negocios Miramar han subido los precios casi al triple en menos de un mes. Lo cierto es que la explicación que dio el Primer Ministro Marrero al menos a mí no me convenció al decir " Mis compañeros del GAE tienen que comprar las mercancías a precios más altos que la MPYMES" cuando se conoce que la concentración de compras permite negociar precios diferenciales y tiene entre otras ventajas el apoyo del sistema bancario estatal. Los actores económicos no estatales no tiene permiso para importar, lo hacen mediante empresas estatales.

Dirección de Política De Precios el 26.02.2025

Ángel Frías, en relación a los precios de las tiendas en MLC, no son aprobados por este Ministerio, las cadenas de tiendas forman los precios en correspondencia con los costos de importación y los márgenes comerciales establecidos para la importación y comercialización de los mismos. El costo de importación de los productos que se asumen por las cadenas de tiendas son superiores, determinado por las condiciones de pago a los proveedores, fondos retenidos, elevadas tasas de interés, altos gastos en flete y mercados más lejanos. Siendo las condiciones para las importaciones que se realizan a las MIPYMES más favorables. Por otro lado, en la gastronomía incide el precio a que se adquieren los suministros, siendo más elevados cuando el proveedor es no estatal, así como la categoría del establecimiento Atentamente, Ministerio de Finanzas y Precios

osval Hernandez Perez el 20.09.2024, 11:28 a.m

quisiera trasmitir a este Ministerio la inquietud relacionada con el incumplimiento de la Resolucion 104-2021MFP que establece el sistema de precios para los servicios de construccion en las inversiones, mantenimientos y reparaciones cuando actuan las formas de gestion no estatal. Lo anterior sucede porque los inversionistas no cumplen con la responsabilidad que se les otorga en la presente resolucion de confeccionar los presupuestos cumpliendo lo que en esta se establece y dan esa facultad a las FGNE las que erroneamente alteranelevan desproporcionalmente las tarifas de la mano de obra que aparece en el sistema violando lo establecido por el MTSS y que aparece asi expresado en la Resolucion 38-2021 del Ministro de la Construccion en el Anexo Unico para el calculo del valor del precio del servicio de construccion para inversiones, mantenimientos y reparaciones. Por los motivos anteriores las entidades de los diferentes organismos que ejecutan acciones con las FGNE estan pagando cifras muy superiores a las que debian con lo que entre otras concecuencias no cumplen con los alcances constructivos planificados para sus entidades, malgastan el presupuesto del estado, aumentan la inf

Dirección de Política De Precios el 07.10.2024

Buenas Gracias por su opinión, realmente es lo que sucede y el inversionista no vela por el adecuado uso de los recursos financieros destinados a las inversiones. Atentamente Ministerio de Finanzas y Precios

Leonel naranjo mora el 06.09.2024, 04:03 a.m

Buenas tardes, me dirijo a ustedes con el fin de poner en conocimiento con relación a la utilización del QR asociado a la cuenta fiscal para el pago en línea, que en mi municipio, sagua de tanamo, de la provincia Holguín, el mismo no hace el descuento por el pago a través de está, a lo contrario, le cobra al tcp un 1.5 de comisión, al acercarme al banco para aclarar está situación, no tienen un respuesta. Le comunicó está situación, con el objetivo de su análisis, ya que, al cliente no obtener este benefició da lo mismo pagar por la cuenta fiscal o por la cuenta personal del TCP. Mucha gracias

Dirección de Inspección el 30.09.2025

Buen día, esta inquietud debe ser formulada a la Oficina de Administración Tributaria (ONAT), de su municipio, provincia o a su nivel central. Atentamente, Dirección Inspección MFP

Vladimir Perez Sanchez el 05.09.2024, 11:11 a.m

Buenas tardes. En estos instantes sali del departamento de finanzas en Santi Spiritus llevando fotos y evidencias de fichas de costo aprobadas por ellos donde se demuestra que al restarle al precio de venta los costos y gastos y el aporte a la ONAT el se obtuvo perdidas o margenes de utilidad de solo sentavos en productos cuyo precio de venta superan los 50 pesos y en otros que superan los 500 pesos.Este problema se produce al aplicar la resolucion 148 que permite solo el 15 porciento de utilidad sobre los salarios y otros gastos indirectos. Porque al aportar a la onat si se paga sobre el ingreso total que lleva dentro todos los costos. Ellos no me dan respuesta sobre esto y el aplicar ezto que indica la resolucion crea problemas en la confeccion de la ficha de costo.Quisiera revisaran fichas aprobadas por finanzas de S.SPIRITUS al sector de gastronomia y se diera solucion a este problema

Dirección de Política De Precios el 12.06.2025

Estimado Vladimir Perez Sanchez, considerando lo expuesto sobre la ficha de costos, necesitamos que nos haga llegar por esta vía o por el correo de comunicacion@mfp.gob.cu, varias fichas de costo para ayudarlo a identificar el problema que presenta. Atentamente, Ministerio de Finanzas y Precios

Osmany Espinosa Lima el 25.08.2024, 11:34 a.m

Cuál es el monto del nivel de facturación de un Trabajador por cuenta propia , que lo obliga a convertirse en Mipyme o CNA

Dirección de Política de Ingresos el 27.09.2024

Estimado Osmany: Usted debe consultar las nuevas normas para los trabajadores por cuenta propia, los socios de las cooperativas no agropecuarias y de las micro, pequeñas y medianas empresas privadas, y los titulares de los proyectos de desarrollo local” publicadas en la Gaceta Oficial Ordinaria 78 del 19 DE AGOSTO DE 2024 que regula la creación, funcionamiento y extinción de las mipymes. Atentamente MFP

Antonio el 19.08.2024, 03:13 a.m

Buenas tardes se me impuso una multa del decreto ley 45 articulo 11 2 por valor de 4000 pesos, eso ocurrio el sabado me persono hoy lunes oficina centro habana el decreto ley dice que si pago dentro de los 3 dias solo abonare el 25 porciento de la cuantia ellos dicen que se descuenta el 25 porciento hubo maltrato y oidos sordos a mi reclamacion pregunta las leyes se interpretan o se cumple lo que en ella esta escrito, espero respuesta y quiero pagarla dentro de los 3 primeros dias gracias

Dirección de Multas el 12.06.2025

Buenas tardes, en la oficina de multas se le está respondiendo correctamente, del valor de la multa se le descuenta el 25%, debe leer nuevamente el Decreto Ley o buscar asesoría legal. Atentamente, Ministerio de Finanzas y Precios

Pedro Luis el 09.08.2024, 11:43 a.m

Buenos días le escribo porque un amigo mío me hace un comentario sobre una conversación que tuvimos sobre los precios que puso el estado a las Mypimes y los TCP para una buena mejoría adquirible de producto para la población, pero yo a oír aquello me sentir indignado cuando él me explico de la picarda que utiliza los vendedores de cada identidad y no sé si estado se ha dado cuenta o las autoridades competente, le explico el detalles de la picarda, por ejemplo se bajó el precio del pollo, el aceite y otros productos, pero esta entidades no han sido bobo de perder, que hicieron ellos para compensar la perdidas, me explico, ellos tienen otro punto de venta como artículo de electricidad y accesorios eléctrico y demás, y subieron por esta pérdida de ventas sus artículos como por ejemplo: una lámpara de luz fría led que costaba de 500 a 600 pesos ahora vale 1200 o más, Los bombillo led subieron, y demás artículos y etc. Yo aconsejaría a las autoridades competentes revisaran este problema porque al final los jubilados, la población y demás seguimos en la misma y la cuenta no da, espero que reaccionen y tomen medidas como hicieron con los productos alimentarios.

Dirección de Inspección el 30.09.2025

Buenas tarde, le pongo en conocimiento que se fijó precios máximos minoristas a 6 productos de primera necesidad según la Resolución 225/2024 de este ministerio (pollo troceado, salchicha, leche en polvo, detergente en polvo, aceite, pastas), estos productos a los que usted hace alusión son productos con precios descentralizados, en el caso de los Trabajadores por Cuenta Propia es oferta y demanda, los gobiernos locales son los encargados de concertar los precios con esa Forma de Gestión no Estatal, hace referencia a irregularidades que se comenten pero no a los establecimiento y la dirección donde están ubicados. Atentamente, Dirección de Inspección MFP.

Jesús Adrian Isaac Marti el 01.08.2024, 04:56 a.m

Fui multado con 8000 por vender la libra de picadillo de pollo a 350, lo que esta dentro del 30 permitido. Según la inspectora estoy incumpliendo con un acuerdo del gobierno provincial del cual no tenía conocimiento hasta el momento de la inspeccion, la inspectora no me supo informar donde puedo acceder a este acuerdo para informarme de esta y otras decisiones que pueda haber tomado el gobierno.

Dirección de Inspección el 29.07.2025

Buenas tardes, compañero, usted debe dirigirse a la Oficina de Atención a la Población del Gobierno de su municipio de residencia para que lo asesoren al respecto, de no quedar satisfecho con la respuesta dada, se debe dirigir a la Oficina de Atención a la Población del Gobierno provincial, debido a que dicho producto se aprobó limite de hasta el 30% de ganancia, por acuerdo del consejo de gobierno de La Habana. Atentamente, MFP.

Noel Hernandez Linares el 31.07.2024, 08:59 a.m

Buenos días. Hace un año estoy esperando una reclamación de derecho y x mas q llamo no me dan respuesta. Llegue de misión en el 2022 y me cobraron x mi menaje de casa a 1x 24 x venir 2 veces el mismo año.

Dirección de Política de Ingresos el 11.04.2025

Estimado Noel: Es bastante difícil responder a lo que se dice en una línea y media o dos de una reclamación, pues los elementos que se brindan son muy pocos. Le trasladamos nuestras consideraciones: (1)No tenemos reclamaciones pendientes, por lo que sería bueno conocer a qué número de teléfono está llamando. (2) Usted dice ser colaborador, y le pregunto, país y fecha de inicio y terminación de su misión, cuál fue el sector que lo envió de misión? Cuáles fueron las causas por las que usted entró al país dos veces en el año? (2) La resolución 43 de 1998, exime del pago del menaje de casa a los residentes permanentes en el territorio nacional, a su regreso definitivo después de haber salido a estudiar o trabajar en el extranjero, en función o misión oficial, por un período de más de dos años. (3) La Resolución 352, de 25 de noviembre de 2020, establece en su Resuelvo Tercero que los pasajeros no residentes y para los residentes permanentes en Cuba, a partir de su segunda importación dentro del año calendario, que importen artículos en exceso de los cincuenta dólares estadounidenses con noventa y nueve centavos (50.99 USD) y hasta un valor de mil dólares estadounidenses (1,000.00 USD), se les aplica una tarifa progresiva en correspondencia con el valor de la Importación. De usted brindar más elementos se le puede dar la respuesta que su caso lleva. Atentamente MFP.

Niovys Pérez el 20.07.2024, 08:28 a.m

Buenas noches. Aprovecho este canal para aclarar una duda que tenemos....somos una Mipyme que en el día de ayer recibimos una inspección por parte de la dip provincial, y se nos impuso una multa bajo la res 225....la duda o inquietud surge a raíz de que nosotros no comercializamos ninguno de los productos referidos en el anexo único de dicha resolución, y los inspectores, además que se ampararon en esto, alegaron en su informe que no se aplica el 30 por encima del costo, y olvidaron en su calculo los gastos que menciona la 225 también, entonces, la duda es si es correcto el proceder de estos inspectores....ya para el lunes realizaremos la reclamación a la institución pertinente, pues hoy no se pudo porque estábamos redactando la. En espera de respuesta

Dirección de Política De Precios el 02.09.2024

Buenas Referido al margen de ganancia que establece la Resolución 225/2024, en la misma se puntualiza que: En la formación de los precios minoristas de estos productos, los actores económicos reconocen hasta un treinta por ciento (30 %) de margen de ganancia sobre costos y gastos, siempre que no excedan los precios definidos en el referido Anexo Único. Lo que quiere decir que se establece solo para los productos que están relacionados en el anexo. Atentamente Ministerio de Finanzas y Precios

David Rodríguez Sierra el 18.07.2024, 12:18 a.m

Hoy, en el Agromercado de 17 y K, al menos el mango y el aguacate, le subieron mas de un 10 el precio con relación a la pasada semana. Hoy la libra de mango estaba a 35 y el aguacate a 45. La mitad de las tarimas estaban totalmente vacias.

Dirección de Inspección el 30.09.2025

Buen día, con relación al precio de los productos agropecuarios que se comercializan de forma minorista, existe la Resolución 218 de 2024 donde se fijan precios concertados a estos productos, aprobada por la gobernadora de La Habana. Atentamente, Ministerio de Finanzas y Precios

Cubano el 17.07.2024, 12:31 a.m

Hoy con mucha tristeza y decepcion, escuche hablar al ministro, al cual tenia en estima, pues lo consideraba una persona inteligente, mas que su predecesora aunque para eso no habia que esforzarae mucho. Lo escuche hablar de modificar la escala progresiva a los socios de Mipyme, al igual que al resto de los actores economicos. Sin tener en cuenta que estos actores economicos pagan un 35 de las utilidades. Entonces seria mas factible, disolver las mipymes y convertirnos nuevamente en TCP Esa es la idea o el objetivo que se persigue

Dirección de Política de Ingresos el 27.09.2024

Estimado Cubano: Usted puede continuar confiando en las palabras de nuestro Ministro de Finanzas y Precios puesto que los cambios propuestos para la actualización de la Ley Tributaria y la Ley del Presupuesto del Estado; son resultado de las inquietudes y propuestas realizadas por los ciudadanos que son y serán parte de todos los cambios que se realicen como parte de la Estrategia Económica del Estado de acuerdo a las condiciones actuales del país. Atentamente MFP.

Aray Pita Prieto el 15.07.2024, 06:28 a.m

Muestro inconformidad en los valores referenciales de los vehículos emitidos en la resolución 31 del 2023; ya que realmente lo considero árbitrario ya que por ejemplo un remolque que estan inscribiendo ahora menos de 5 años vale 1790000, el misterio valor para que remolque para una moto que es pequeño, que para un remolque para un auto, que para un camion, que sus dimenciones no son iguales asi como sus caracteristicas, pusieron todo en el mismo escaque y lo considero muy injusto y lo que trae consigo es que en el futuro nose legalicen los traspasos porque el impuesto es de $71600.00. me pudieran explicar la razon de esto, que afecta a la población

Dirección de Política de Ingresos el 11.04.2025

Estimada Aray: La Gaceta Oficial 128 Ordinaria del 30 de diciembre de 2024, publica el Decreto 119 y en la resolución 397 de este Ministerio regula los valores referenciales de los vehículos para los actos de compraventa y donación entre particulares, teniendo en cuenta su clase y años, la cual se mantuvo teniendo en cuenta las inquietudes de varios ciudadanos y acciones de control por parte de la ONAT donde se comprobó que los valores reales de las ventas, constituyen cifras significativamente superiores a los valores referenciales si se tiene en cuenta que los actos se realizan en USD atendiendo a la tasa de cambio informal y un comportamiento sub-declarante de los sujetos implicados, existiendo una tendencia a la declaración en la escritura notarial de un valor de venta igual al precio referencial. Atentamente MFP.

Leontina el 15.07.2024, 03:25 a.m

Buenas tardes. Quisiera saber quien es el responsable, el que tiene que controlar los productos que vende el estado en los garajes estatales. Existen garajes como el de 26, cerca del Acapulco, el Línea y F, el de 19 esq,. a B, el de Línea y 2, donde venden el aceite a granel a $2000.00 el litro. Dios mío hasta dónde es esto, un producto que antiguamente valía centavos, que puede que en estos momentos, como es importado, su valor sea mayor, pero donde puedo comprobar este precio Cuál es el precio por el estado de este producto Dónde puedo obtener este dato Hace falta que revisen esto porque no se entiende, ni se concibe que las personas que trabajan con estos productos que importa el estado sean vendidos a estos precios desorbitantes. A dónde vamos a parar

Dirección de Inspección el 30.09.2025

Buen día, los productos que se ofertan en la red del comercio minorista el control al cumplimiento de que sean ofertados con los precios establecidos son las Direcciones de Inspección, Finanzas y Precios y Comercio. Para comprobar el precio si es el aprobado puede solicitar a los directivos de la entidad el Listado Oficial de Precios o la transferencia de los productos. Atentamente, Ministerio de Finanzas y Precios

Escorpionatento el 15.07.2024, 04:16 a.m

Quiosco al costado del centro cultural en guayaberas, alamar. El pollo a 340 la libra o sea 30 pesos por encima de lo estipulado.

Dirección de Inspección el 30.09.2025

Buenas tardes, se han realizado acciones de inspección en el Reparto Alamar por violaciones en productos de la Resolución 225/2024 dentro de ellos el pollo, adoptandose las medidas correspondientes con los infractores en violaciones de precios y se dará seguimiento ante violaciones de esa emvergadura. Atentamente, Ministerio de Finanzas y Precios

Endy el 12.07.2024, 09:08 a.m

Saludos, mi planteamiento es el siguiente: ¿Por qué no está contemplado el picadillo dentro de los productos de precios topados Sabían ustedes que que existe un porciento mayor de personas que consumen más picadillo que pollo, no por preferencia, sino por ser más ¨económico¨. Entre los productos de mayor venta en Las mypimes de la zona oriental están : Pollo, picadillo y leche. Por tanto considero que se debe evaluar este tema. Gracias

Dirección de Política De Precios el 02.09.2024

Buenas No se tuvo en cuenta porque generalmente el producto de mayor consum es el producido por la empresa mixta radicada en Mariel, no importado, no obstante la propia Resolución, en sus Disposiciones Finales establece la posibilidad de incluir otrsa mercancías como parte del seguimiento y observación períodica del comportamiento de los precios de importación. Atentamente Ministerio de Finanzas y Precios

Alex el 10.07.2024, 08:38 a.m

Mercadito de 112 y 47 mantiene precios elevados para la poblacion violando asi lo resientemente establecido

Dirección de Inspección el 30.09.2025

Buen día, en la queja formulada, refiere precios elevados y que se viola lo recientemente establecido, no hace alusión de los productos a los que se les viola el precio, por la fecha debe estar relacionado con la Resolución 225/2024 de este ministerio, que fija el precio a 6 productos a los que se les dá seguimiento diario al cumplimiento de los precios establecidos. Atentamente, Dirección Inspección MFP.

José R Cardoso el 08.07.2024, 01:53 a.m

Sobre la resolución de TOPES de precio les digo que me sorprendió muchísimo ver cómo se aprobaron los precios existentes y algunos más caros. Soy de los que defiendo a diario al gobierno revolucionario y he quedado muy mal parado, pues siempre defendí que la desicion favorecería al pueblo. Como no tengo argumentos para defender lo dictado por ustedes les pido en nombre de los que a diario combatimos en las calles, en las colas en los centros de trabajo, que se publique por todos los medios el estudio realizado que justifica tal desicion, con transparencia sin miedo, como nos exige el presidente y nos enseñó Fidel Es un derecho que tenemos a saber Si se exoneran de aranceles quiere decir que la cuenta no les daba Entonces de dónde salen los lujosos carros, los viajes al extranjero, los niveles de vida. Creo que no es mucho pedir Sólo TRANSPARENCIA

Dirección de Política De Precios el 02.09.2024

Buenas Con transparecia se explicó que los precios regulados se formaron a partir de los costos de importacion y gastos internos de comercialización , asi como las Condiciones en las que se Financian estos productos. Durante el segundo semestre del pasado año se monitorearon los precios de importación en las empresas importadoras. La exoneración del arancel es con el fin de que disminuyan los precios. Como se señaló tendran revisiones períodicas. Atentamente Ministerio d3e Finanzas y Precios

yohanis el 29.06.2024, 08:24 a.m

a quien pueda interesar: Estoy bastante molesto con lo referente al tema de los vendedores ilegales, pues como trabajador por cuenta propia en la guinera, cumplo con todas las normas y pagos del estado, pero las venta y contribuciones al disminuido desde que las calle se ha llenado de personas que no pagan licencia, no pagan local, en otras palabras ilegales, entonces pasan las autoridades y se escondes pero cuando llegan a la esquina vuelen en menos de 5 minutos, mi pregunta es: todos los que estamos legales, cada vez tenemos mas normas a cumplir y ellos que todo es para su bolsillo

Dirección de Inspección el 30.09.2025

Diariamente se realizan acciones de enfrentamiento a las ilegalidades, siendo una prioridad en las acciones de control, enfrentandose más de 45 mil en la provincia La Habana en este período, a lo que seguiremos dando continuidad para combatir esos tipos de conductas. Atentamente, Ministerio de Finanzas y Precios

Yenisleydis el 21.06.2024, 06:18 a.m

Buenas tardes soy trabajadora de la unidad de aseguramiento de San Miguel del Padron. Ocupo la plaza de técnico de recursos humanos.Cuando salio la resolucion de el pago de la antigüedad aplicada en enero de este año para los sectores de salud y educación a nosotros no nos la pagaron sehun los jefes inmediatos la respuesta es qué no pertenecemos al sector pero hasta el 2023 qué cambiaron el nombre a nuestra unidad nosotros eramos trabajadores del sector educacional.Elevamos las dudas no estando conformes con la respuesta y nos dicen que el presupuesto para pagar nuestra antigüedad se utilizo para pagar la resolucion de incremento a los docente que ya se está estimando pagarnos en el 2025 lo cual no entiendo si ese presupuesto estaba porque tenemos que esperar verdaderamente nos estan haciendo sentir mal porqué creemos qué nuestra dedicavion y compromiso con nuestro sector no ha sido en vano.Agradecida de antemano y saludos

Dirección Gral. de Atención Institucional el 07.07.2025

Se recomienda trasladar esta consulta al MTSS, organismo que emitió las resoluciones que identificaba los sujetos beneficiarios de los incrementos salariales otorgados a los sectores de educación y salud así como las particularidades en sus motos y alcance.

Sarah Edhit Martínez González el 03.06.2024, 04:37 a.m

Buenas tardes, desearía saber si es cierto que el Ministerio de Finanzas y precios otorgó la facultad a entidades estatales a qué retiraran un 50 de las utilidades del cuarto trimestre a trabajadores que solicitaron baja de la entidad para trasladarse a otro puesto de trabajo dentro del sector estatal. Trabajadores que contaban con una evaluación de idoneidad correcta y con nueve y doce meses de trabajo acumulado. En espera de su respuesta, saludos.

Dirección de Política Financiera el 29.07.2024

Estimada, En la Resolución 201/2023, que regula, lo relacionado con la distribución de utilidades, no aparece esta facultad, ese requisito lo estableció el consejo de Dirección de su entidad, debe revisar el Reglamento de trabajo o procedimiento para la distribución de utilidades , aprobado por el colectivo de trabajadores y la seción Sindical. Por el contrario, el Ministerio establece que todo trabajador que participe en la creación de las utilidades del año, se beneficie en el proceso de distribución. Atentamente, MFP

Alfredo el 26.05.2024, 08:13 a.m

Mi inquietud es la siguiente. El tema q nuestro primer ministro dijo de corregir sustituciones solo se vio en el precio de la gasolina q a la ves dijeron q Iván a tener en cuenta los médicos y maestro y hasta ahora nada. Mi otra inquietud es q si el primer ministro dijo q las MIPIMES se hacían ricas en 2 meses como es posible q aún no se alla tomado medidas con los precios de las mismas q cada ves van en aumento.

Dirección de Política De Precios el 29.07.2024

Buenas En relacion a su planteamiento le puedo decir que tal y como se ha comunicado el gobierno implementa paulatinamente medidas para corregir las distorciones de la economia. Atentamente Ministerio de Finanzas y Precios

Jorge Céspedes Molina el 18.04.2024, 08:42 a.m

Hoy comprendo la necesidad de aplicar medidas para ir saneando nuestra economía de cargas innecesarias y me referiré en particular a la resolución para modificar los precios de los cigarros. Una vez emitida por el organismo la aprecié como justa a partir de la explicación que se dio, ahora, llamo la atención que en la actualidad he intentado adquirir estos productos y existen tanto en instalaciones de comercio interior y tiendas Caribe a un precio superior duplicadoal emitidos por este ministerio, lo cual no comprendo. En espera de su respuesta

Dirección de Política De Precios el 29.07.2024

En relación con el asunto de la referencia, se le comunica que en la Gaceta Oficial No. 20 del 11 de abril de 2024, fue publicada la Resolución 63, del 29 de febrero de 2024 del Ministro de Finanzas y Precios, que pone en vigor a partir del 12 de abril del presente año, los nuevos precios minoristas de los cigarros y el tabaco de producción nacional, los cuales forman parte de la nomenclatura de productos y servicios, cuyos precios y tarifas están centralizados en este Ministerio, los cuales se comercializan por el sistema del Ministerio del Comercio Interior, dígase de los cigarros y el tabaco, que se comercializan en la red de bodegas y unidades gastronómicas.
La Resolución 63, establece en Anexo Único “Precio minorista en pesos cubanos (CUP) de los cigarros y el tabaco de consumo nacional, lo siguiente:
No. Nomenclatura UM Precio minorista CUP la Unidad
1. Cajetilla con 20 cigarros negros (criollos, titanic y popular) 30.00
2. Cajetilla con 20 cigarros rubios (aroma) U 30.00
3. Cigarrillos negros con filtro “Popular Auténtico” (cajetilla blanda de 20 cigarros) 60.00
4. Cigarrillos negros cortos sin filtro “H. Upman Clásicos” (cajetilla blanda de 20 cigarros) 50.00
5. Tabaco de consumo nacional 10.00
A su vez, la Resolución 63, establece en su Segundo Apartado, que las cadenas de tiendas y otras entidades autorizadas a comercializar de forma minorista, en pesos cubanos y en moneda libremente convertibles, tienen la facultad de fijar los precios del resto de los surtidos de cigarros, correlacionados con los que se establecen en dicha Resolución. Atentamente, MFP

Arnaldo marrero vilches el 17.04.2024, 08:34 a.m

Buenas noches. Mi planteamiento es sobre la declaracion del aumento del precio del cigarro. En la informacion no incluyen los cigarros titani. Los human con filtros y declaran el cigarro popular clasico y no se sabe a cuales se refieren. Ahora puro comentarios pero q puede ser realidad. E oido q estan vendiendo en tiendas los cigarro hupman con filtros a 80 peso la cajetilla de 20 cigarro lo que se traduce en 800 pesos la rueda de 10 caletillas de cigarro. Se requiere declarar muy detallado el aumento de precio. Es decir q se mencionen todas las marcas que se comercializan y ademas que se informe por las diferentes vias y reiterada mente telwfonos y vias para hacer denuncia de la violacion de los precios. Gracias. En espera de sus comentarios

Dirección de Política De Precios el 29.07.2024

En relación con el asunto de la referencia, se le comunica que en la Gaceta Oficial No. 20 del 11 de abril de 2024, fue publicada la Resolución 63, del 29 de febrero de 2024 del Ministro de Finanzas y Precios, que pone en vigor a partir del 12 de abril del presente año, los nuevos precios minoristas de los cigarros y el tabaco de producción nacional, los cuales forman parte de la nomenclatura de productos y servicios, cuyos precios y tarifas están centralizados en este Ministerio, los cuales se comercializan por el sistema del Ministerio del Comercio Interior, dígase de los cigarros y el tabaco, que se comercializan en la red de bodegas y unidades gastronómicas.
La Resolución 63, establece en Anexo Único “Precio minorista en pesos cubanos (CUP) de los cigarros y el tabaco de consumo nacional, lo siguiente:
No. Nomenclatura UM Precio minorista CUP la Unidad
1. Cajetilla con 20 cigarros negros (criollos, titanic y popular) 30.00
2. Cajetilla con 20 cigarros rubios (aroma) U 30.00
3. Cigarrillos negros con filtro “Popular Auténtico” (cajetilla blanda de 20 cigarros) 60.00
4. Cigarrillos negros cortos sin filtro “H. Upman Clásicos” (cajetilla blanda de 20 cigarros) 50.00
5. Tabaco de consumo nacional 10.00
A su vez, la Resolución 63, establece en su Segundo Apartado, que las cadenas de tiendas y otras entidades autorizadas a comercializar de forma minorista, en pesos cubanos y en moneda libremente convertibles, tienen la facultad de fijar los precios del resto de los surtidos de cigarros, correlacionados con los que se establecen en dicha Resolución. Atentamente, MFP

Hanny González el 15.04.2024, 04:21 a.m

Quisiera saber si el precio de los cigarrillos en las bodegas es la popular roja a 60 cup porque las tiendas de cimex y TRD cobran la misma cajetilla a 120 cup o sea 1200 cup la rueda, gracias

Dirección de Política De Precios el 29.07.2024

En relación con el asunto de la referencia, se le comunica que en la Gaceta Oficial No. 20 del 11 de abril de 2024, fue publicada la Resolución 63, del 29 de febrero de 2024 del Ministro de Finanzas y Precios, que pone en vigor a partir del 12 de abril del presente año, los nuevos precios minoristas de los cigarros y el tabaco de producción nacional, los cuales forman parte de la nomenclatura de productos y servicios, cuyos precios y tarifas están centralizados en este Ministerio, los cuales se comercializan por el sistema del Ministerio del Comercio Interior, dígase de los cigarros y el tabaco, que se comercializan en la red de bodegas y unidades gastronómicas.
La Resolución 63, establece en Anexo Único “Precio minorista en pesos cubanos (CUP) de los cigarros y el tabaco de consumo nacional, lo siguiente:
No. Nomenclatura UM Precio minorista CUP la Unidad
1. Cajetilla con 20 cigarros negros (criollos, titanic y popular) 30.00
2. Cajetilla con 20 cigarros rubios (aroma) U 30.00
3. Cigarrillos negros con filtro “Popular Auténtico” (cajetilla blanda de 20 cigarros) 60.00
4. Cigarrillos negros cortos sin filtro “H. Upman Clásicos” (cajetilla blanda de 20 cigarros) 50.00
5. Tabaco de consumo nacional 10.00
A su vez, la Resolución 63, establece en su Segundo Apartado, que las cadenas de tiendas y otras entidades autorizadas a comercializar de forma minorista, en pesos cubanos y en moneda libremente convertibles, tienen la facultad de fijar los precios del resto de los surtidos de cigarros, correlacionados con los que se establecen en dicha Resolución. Atentamente, MFP

Vladimir Baullosa morales el 13.04.2024, 07:52 a.m

Además quería decirles y espero que sean una página seria que no se las razones espero que me saludes a comprender porque en las tiendas por MLC de TRD Pinar del río sacan un producto x que por la necesidad del pueblo y la escasez venden el producto x a un precio y como es necesario para el hogar aunque el producto esté costoso al otro día le aumentan el 20 y hasta el 50 de lo que costaba lo que quiero decir es que todo párese que lo asen o para enriquecerse alguien o para molestar al pueblo gracias no soy contra revolucionario pero me indicnan esas cosas

Dirección de Política De Precios el 29.07.2024

En relación con el asunto de la referencia, se le comunica que en la Gaceta Oficial No. 20 del 11 de abril de 2024, fue publicada la Resolución 63, del 29 de febrero de 2024 del Ministro de Finanzas y Precios, que pone en vigor a partir del 12 de abril del presente año, los nuevos precios minoristas de los cigarros y el tabaco de producción nacional, los cuales forman parte de la nomenclatura de productos y servicios, cuyos precios y tarifas están centralizados en este Ministerio, los cuales se comercializan por el sistema del Ministerio del Comercio Interior, dígase de los cigarros y el tabaco, que se comercializan en la red de bodegas y unidades gastronómicas.
La Resolución 63, establece en Anexo Único “Precio minorista en pesos cubanos (CUP) de los cigarros y el tabaco de consumo nacional, lo siguiente:
No. Nomenclatura UM Precio minorista CUP la Unidad
1. Cajetilla con 20 cigarros negros (criollos, titanic y popular) 30.00
2. Cajetilla con 20 cigarros rubios (aroma) U 30.00
3. Cigarrillos negros con filtro “Popular Auténtico” (cajetilla blanda de 20 cigarros) 60.00
4. Cigarrillos negros cortos sin filtro “H. Upman Clásicos” (cajetilla blanda de 20 cigarros) 50.00
5. Tabaco de consumo nacional 10.00
A su vez, la Resolución 63, establece en su Segundo Apartado, que las cadenas de tiendas y otras entidades autorizadas a comercializar de forma minorista, en pesos cubanos y en moneda libremente convertibles, tienen la facultad de fijar los precios del resto de los surtidos de cigarros, correlacionados con los que se establecen en dicha Resolución. Atentamente, MFP

Vladimir Baullosa morales el 13.04.2024, 07:43 a.m

Hola quería decir que la comercializadora TRD de Pinar del río viola lo establecido por el ministro de aumentar el precio del cigarro a 60 pesos con filtros aquí lo venden a 120 el doble de lo dicho pos el ministro no entiendo que pasa en nuestro país

Dirección de Política De Precios el 29.07.2024

En relación con el asunto de la referencia, se le comunica que en la Gaceta Oficial No. 20 del 11 de abril de 2024, fue publicada la Resolución 63, del 29 de febrero de 2024 del Ministro de Finanzas y Precios, que pone en vigor a partir del 12 de abril del presente año, los nuevos precios minoristas de los cigarros y el tabaco de producción nacional, los cuales forman parte de la nomenclatura de productos y servicios, cuyos precios y tarifas están centralizados en este Ministerio, los cuales se comercializan por el sistema del Ministerio del Comercio Interior, dígase de los cigarros y el tabaco, que se comercializan en la red de bodegas y unidades gastronómicas.
La Resolución 63, establece en Anexo Único “Precio minorista en pesos cubanos (CUP) de los cigarros y el tabaco de consumo nacional, lo siguiente:
No. Nomenclatura UM Precio minorista CUP la Unidad
1. Cajetilla con 20 cigarros negros (criollos, titanic y popular) 30.00
2. Cajetilla con 20 cigarros rubios (aroma) U 30.00
3. Cigarrillos negros con filtro “Popular Auténtico” (cajetilla blanda de 20 cigarros) 60.00
4. Cigarrillos negros cortos sin filtro “H. Upman Clásicos” (cajetilla blanda de 20 cigarros) 50.00
5. Tabaco de consumo nacional 10.00
A su vez, la Resolución 63, establece en su Segundo Apartado, que las cadenas de tiendas y otras entidades autorizadas a comercializar de forma minorista, en pesos cubanos y en moneda libremente convertibles, tienen la facultad de fijar los precios del resto de los surtidos de cigarros, correlacionados con los que se establecen en dicha Resolución. Atentamente, MFP

Maribel el 13.04.2024, 01:13 a.m

Buenas tardes quisiera saber el precio de los cigarros en las tiendas TRD y Cimex, ya que el precio en qué se está comercializando los cigarros H.Upmann con filtro no corresponde al precio de sesenta pesos publicado por la resolución y por los medios oficiales. Por favor necesito me aclaren está duda y de ser así creo debían haber aclarado los precios de dichas tiendas para evitar males entendidos. Gracias

Dirección de Política De Precios el 29.07.2024

En relación con el asunto de la referencia, se le comunica que en la Gaceta Oficial No. 20 del 11 de abril de 2024, fue publicada la Resolución 63, del 29 de febrero de 2024 del Ministro de Finanzas y Precios, que pone en vigor a partir del 12 de abril del presente año, los nuevos precios minoristas de los cigarros y el tabaco de producción nacional, los cuales forman parte de la nomenclatura de productos y servicios, cuyos precios y tarifas están centralizados en este Ministerio, los cuales se comercializan por el sistema del Ministerio del Comercio Interior, dígase de los cigarros y el tabaco, que se comercializan en la red de bodegas y unidades gastronómicas.
La Resolución 63, establece en Anexo Único “Precio minorista en pesos cubanos (CUP) de los cigarros y el tabaco de consumo nacional, lo siguiente:
No. Nomenclatura UM Precio minorista CUP la Unidad
1. Cajetilla con 20 cigarros negros (criollos, titanic y popular) 30.00
2. Cajetilla con 20 cigarros rubios (aroma) U 30.00
3. Cigarrillos negros con filtro “Popular Auténtico” (cajetilla blanda de 20 cigarros) 60.00
4. Cigarrillos negros cortos sin filtro “H. Upman Clásicos” (cajetilla blanda de 20 cigarros) 50.00
5. Tabaco de consumo nacional 10.00
A su vez, la Resolución 63, establece en su Segundo Apartado, que las cadenas de tiendas y otras entidades autorizadas a comercializar de forma minorista, en pesos cubanos y en moneda libremente convertibles, tienen la facultad de fijar los precios del resto de los surtidos de cigarros, correlacionados con los que se establecen en dicha Resolución. Atentamente, MFP

Walfrido Carralero Rodríguez el 20.03.2024, 03:16 a.m

Saludos Escribo por segunda vez. Necesito que aclaren, pues para mí no lo está, lo referido al Impuesto por las ventas y los servicios prestados. si incluye o no, las ventas mayoristas, pues aunque en la Ley del Presupuesto para el año 2024, dice que es por las ventas minoristas, se le está dando una interpretación errónea de lo que establece.

Dirección de Política de Ingresos el 02.04.2024

Estimado Walfrido: Desde el año 2021 con la implementación de la Tarea Ordenamiento se elimina la aplicación del Impuesto sobre las ventas mayoristas, a partir de la emisión del Decreto Ley 21/2020. Atentamente MFP.

Carlos el 03.03.2024, 12:19 a.m

Poq los supervisores de la dis aplica el decreto 30 aplicando multas de precios no visible a los trabajadores por cuenta propia si deroga al decreto 227 q es solamente de la politica de precio y tarifas

Dirección de Inspección el 13.03.2024

Buenos días, explicarle que el Decreto 30/21 es el que está vigente desde el mes de enero del año 2021 para controlar la política de precios y tarifas y en el mismo se faculta a las direcciones de inspección para su aplicación, en este se establece en el Artículo 7. Contravienen las regulaciones de los precios y tarifas minoristas y se le imponen las multas y demás medidas que en cada caso se consignan, al que: a) No exponga, permita que no se exponga al público, ordene no exponer cuando esté obligado a hacerlo, mediante tablilla, carta o menú y otras formas, la categoría, raciones a servir y precios y tarifas de los distintos productos que se pongan a la venta o servicios que se oferten: de 5 000 pesos a 7 000 pesos y el cumplimiento inmediato de lo establecido.

Diego Palacio Torres el 21.02.2024, 11:06 a.m

Buenos dias, estuve leyendo la Resolución No. 201-2023 del Ministro de Finanzas y Precios, publicada en la Gaceta Oficial No. 64 extraordinaria, el 27 de septiembre de 2023, y teniendo en cuenta el alto déficit habitacional que existe en Cuba por razones justificadas, los altos precios de las mismas los trabajadores jóvenes y de mediana edad la inmensa mayoría de ellos no son titulares de sus viviendas, pues viven agregados con sus padres y hasta abuelos y por lo tanto el alcance de esta normativa es bastante limitado, pues solo les da la posibilidad a los que son titulares de viviendas. Muchos de nuestros trabajadores quisieran arreglar el cuarto donde viven en la casa de sus padres, construir un baño o arreglar el de la casa o reparar o ampliarse en la casa de sus suegros pues la familia crece. Le solicito encarecidamente que se tenga en consideración estas inquietudes mías para futuras modificaciones o perfeccionamiento de esta normativa.

Dirección de Política Financiera el 28.02.2024

Estimado; todos los trabajadores tienen derecho al beneficio de esta reserva, en correspondencia con el reglamento que apruebe la empresa, la condición necesaria es que el trabajador tiene que habitar la vivienda a reparar, ser miembro del nucleo familiar de la vivienda que se va a reparar. Entendemos su preocupación y esa fué la idea de oficializar esta reserva para ayudar a todos los trabajadores. Se tiene encuenta para mejorar la norma. Atentamente, MFP

Saimelyn Forteza el 20.02.2024, 10:12 a.m

Buenos días. Deben revisar los términos del impuesto sobre la ventas de bienes y servicios recién modificado. 1. No se aplica al sector estatal este impuesto, en el caso de las ventas mayoristas y si a la FGNE, lo cual viola la Constitución de la República en el sentido del artículo q refiere la igualdad de condiciones de los actores económicos, por lo que es anticonstitucional. 2. Las FGNE que realizan ventas de bienes y servicios a la empresa estatal, no recibe el pago de dichos bienes o servicios dentro del mismo mes en que se factura, por la falta de liquidez de la empresa estatal. Sin embargo, el pago de este impuesto sí hay q hacerlo, te pague o no la empresa estatal, lo cual está conllevando a incorporar en la cadena de impago a las FGNE. Por qué no se establece el pago del impuesto por los ingresos efectivos en cuenta bancaria, en vez de los supuestos ingresos que refiere la contabilidad Medidas como esas de pagar lo que no se tiene, como el pago de utilidades anticipadas en la empresa estatal, han conllevado a la debacle financiera en la microeconomía. A quién se le ocurren esas medidas descabelladas 3. Rectifiquen...es saludable

Dirección de Política de Ingresos el 28.02.2024

Estimada Saimelyn: La Ley 164/2023 “Del Presupuesto del Estado para el año 2024” publicada en la Gaceta Oficial 126 Ordinaria de 29 de diciembre de 2023 establece el pago de los impuestos sobre las Ventas y sobre los Servicios en el año 2024 a las personas jurídicas, por la comercialización minorista de bienes y la prestación de servicios a la población, aplicando un tipo impositivo con carácter general del diez por ciento (10 %), salvo las excepciones establecidas en la legislación vigente. Ciertamente el sector estatal presenta desde hace varios años problemas de liquidez que no han sido resueltos, este y otros aspectos han sido tenidos en cuenta para la actualización de la Ley del Sistema Tributario, de manera que todos estos aspectos sean resueltos en la nueva Ley. Atentamente MFP

Oscar Maceo Carbonell el 08.02.2024, 06:04 a.m

Saludos no comprendo y considero que es abusivo el precio del kilogramo de frijoles mas caro que el del cuentapropista un pensionado con que se queda reflexionen

Dirección Jurídica el 21.02.2024

En relación con el planteamiento realizado se le comunica que como se ha explicado debido a la situación económica que enfrenta el país, lo que ha provocado un alza en los precios, lo que se conoce con inflación, para lo cual este Ministerio realiza diversas acciones de control, centradas fundamentalmente en la comercialziación de los productos agropecuarios, en la que se toman las medidas correspondientes con los responsables de las violaciones de los precios concertados entre los gobiernos municipales y las formas de gestión que comercializan estos productos, que van desde la aplicación de multas rigurosas, cuantías superiores a los 5 mil pesos, por la aplicación del Decreto 30, hasta el retiro de las licencias para ejercer esas actividades. Se conoce de la existencia de personas inescrupulosas que pretenden obtener un margen desmedido de ganacias y comercializan los productos a precios más altos, cuyo enfrentamiento constituye uno de las principales líneas de trabajo de esta Ministerio. Nos puede hacer llegar la información sobre los lugares específicos donde se realizan las violaciones, a los efectos de efectuar el correspondiente control. Atentamente, Ministerio de Finanzas y Precios

BRIGIDO JULIAN SANTIAGO MONTES DE OCA el 03.02.2024, 07:38 a.m

HASTA CUANDO ESE MINISTERIO VA A PERMITIR LOS ABUSOS CON LOS PRECIOS DE LOS PRODUCTOS DEL AGRO EN LA HABANA HOY LA MALANGA A 140 PESOS LA LIBRA EL BONIATO A 70 LA LIBRA LA COL A 140 UNA UNA CABEZA DE AJO............. 70 TOMATE A 100 PESOS LA LIBRA EL PLATANO A 150 LA MANO EL AJI CACHUCHA A 100 PESOS UN POTE DE HELADO

Dirección Jurídica el 21.02.2024

En relación con el planteamiento realizado se le comunica que como se ha explicado debido a la situación económica que enfrenta el país, lo que ha provocado un alza en los precios, lo que se conoce con inflación, para lo cual este Ministerio realiza diversas acciones de control, centradas fundamentalmente en la comercialziación de los productos agropecuarios, en la que se toman las medidas correspondientes con los responsables de las violaciones de los precios concertados entre los gobiernos municipales y las formas de gestión que comercializan estos productos, que van desde la aplicación de multas rigurosas, cuantías superiores a los 5 mil pesos, por la aplicación del Decreto 30, hasta el retiro de las licencias para ejercer esas actividades. Se conoce de la existencia de personas inescrupulosas que pretenden obtener un margen desmedido de ganacias y comercializan los productos a precios más altos, cuyo enfrentamiento constituye uno de las principales líneas de trabajo de esta Ministerio. Nos puede hacer llegar la información sobre los lugares específicos donde se realizan las violaciones, a los efectos de efectuar el correspondiente control. Atentamente, Ministerio de Finanzas y Precios

Mabel Pelaez el 19.01.2024, 06:13 a.m

Hoy 18 de enero a las y 2.30 de la tarde en el establecimiento que se encuentra en avenida infanta esquina 23 La churreria fui a pagar con tranfermovil y me dijeron q solo podia hacer el pagó por esta via si devengaba más de 3000 peso yo queria adquirir una libra de queso con un costó de 500 y algo y no puede realizar la compra. Pregunté a los trabajadores presente quien habia implantado esa medida y contestaron q el dueño del establecimiento.Saludos

Dirección Institucional de Turismo, Comercio y Servicios el 14.02.2024

Estimada Mabel. Las quejas e inconformidades por el no uso de las pasarelas de pago por parte de los establecimientos, deben ser s al Ministerio del Comercio Interior, rector de la actividad comercial y las formas de pago. Atentamente Ministerio de Finanzas y Precios. .

Yoy el 18.01.2024, 01:20 a.m

Por favor quien pueda contestarme con base Legal estas interrogantes acerca de la Resolución 306-2024 del MFP : 1- Que la resolución que dio origen a los incentivos sea derogada no significa que estos desaparezcan, los beneficios que se obtuvieron al amparo de una norma jurídica son derechos subjetivos adquiridos, y los actores económicos tienen derecho a disfrutarlos hasta su culminación son temporales 2- La nueva norma no puede aplicarse con efecto retroactivo, es violatorio de lo dispuesto por la constitución y viola derechos adquiridos. 3- Es cierto que los incentivos son temporales, esto se manifiesta en dos sentidos, se dan por un período determinado y pueden dejar de otorgarse, pero esto no significa quitar lo ya dado. 4- Los proyectos de negocio se hacen en base a reglas económicas y jurídicas vigentes, cambiarlas con efecto retroactivo es crear inseguridad jurídica y poca confianza en el Estado. 5- La parte resolutiva de la nueva resolución sólo se refiere a la eliminación del beneficio a las mipymes que surjan, que comiencen operaciones a partir de su entrada en vigor. Quedo en espera de su respuesta.

Dirección de Política de Ingresos el 28.02.2024

Estimado Yoy: La Ley 164/2023 “Del Presupuesto del Estado para el año 2024” publicada en la Gaceta Oficial 126 Ordinaria de 29 de diciembre de 2023 aprobada en la Asamblea Nacional del Poder Popular (Máximo órgano legislativo de nuestro país) en su Disposición Especial Tercera deja sin efecto a partir del 2024, la exoneración del pago de tributos por el término de seis meses y un año a las micro, pequeñas y medianas empresas y a las cooperativas no agropecuarias, que surjan como resultado de una reconversión de otros actores económicos y a las de nueva creación, respectivamente. Esto incluye a las de nueva creación y a las que se encontraban disfrutando de dichos beneficios, teniendo en cuenta que los precios de los productos y servicios que estas ofertan continuan siendo excesivos y abusivos y la constante inflación en el mercado de divisas que ha provocado la desestimulación del trabajo en otros sectores y la insatisfacción de la poblaci'ón en general. Atentamente MFP.

Yosvany el 18.01.2024, 07:04 a.m

Buenas, solo una pregunta a modo de queja. Si Cuba es una pais de derecho, en el cual los ministerios ni nadie tiene la potestad de quitarnoslos, Por que si tengo el derecho concedido por ustedes mismos de conjunto con el MEP de estar excentos de impuestos durante un año en la creacion de mi empresa, ahora arbitrariamente me lo quitan. Por una nueva resolucion. De que nos sirve la constitucion. Querran inversores extranejeros invertir en un pais donde ni a su propio pueblo les respetan los derechos Saludos.

Dirección de Política de Ingresos el 28.02.2024

Estimado Yosvany: La Ley 164/2023 “Del Presupuesto del Estado para el año 2024” publicada en la Gaceta Oficial 126 Ordinaria de 29 de diciembre de 2023 aprobada en la Asamblea Nacional del Poder Popular (Máximo órgano legislativo de nuestro país) en su Disposición Especial Tercera deja sin efecto a partir del 2024, la exoneración del pago de tributos por el término de seis meses y un año a las micro, pequeñas y medianas empresas y a las cooperativas no agropecuarias, que surjan como resultado de una reconversión de otros actores económicos y a las de nueva creación, respectivamente. Esto incluye a las de nueva creación y a las que se encontraban disfrutando de dichos beneficios, teniendo en cuenta que los precios de los productos y servicios que estas ofertan continuan siendo excesivos y abusivos y la constante inflación en el mercado de divisas que ha provocado la desestimulación del trabajo en otros sectores y la insatisfacción de la poblaci'ón en general. Atentamente MFP.

Glenda Royo el 15.01.2024, 03:01 a.m

Soy la asesora jurídica de la Empresa Agropecuaria Militar del Oeste de la Habana, por sus siglas EAMOH, perteneciente al MINFAR. Desde el dia 6 de diciembre realizamos la solicitud de renovación de nuestra licencia comercial que habia vencido. Aún hoy el sitio muestra "no ha sido recepcionado por un especialista para su revisión". Nuestra empresa realiza un porciento muy importante de los abastecimientos de las unidades militares, escuelas de cadetes y ambos hospitales militares de la ciudad, pero hoy nos encontramos en esta situación y sin vistas a resolverse, ¿Cuánto más tenemos que esperar ¿Viven ajenos de la situación alimentaria del país Les pido que revisen nuestro caso con la mayor brevedad posible, teniendo en cuenta el nivel de sensibilidad de las operaciones comerciales de nuestra empresa.

Atención a Órganos de la Defensa el 28.02.2024

Estimada Glenda Royo, buenas tardes, le agradecemos su comunicación con nuestro organismo y aunque no es de competencia de este ministerio otorgar licencias comerciales, revisamos el tema con el compañero que atiende dentro del departamento económico del MINFAR el Sistema Empresarial de la FAR y con el Jefe de grupo de Contabilidad de la Unión Agropecuariarevisando el tema con el Grupo de la Agropecuaria Militar a la que pertenece esta entidad, constatamos que el nuevo asesor jurídico de dicha entidad, está trabajando de conjunto con el asesor jurídico del Grupo, para la actualización de la licencia comercial con el MINCIN. Atentamente, Ministerio de Finanzas y Precios

Ricardo el 10.01.2024, 09:43 a.m

Quiero denunciar que en la MIPYME de Holguín " Super rápido " se cobra un 10 por ciento más del costo oficial, cuando se solicitan pagos por código QR. Además solo aceptan pagos electrónicos cuando la compra es superior a los 2500 cup.

Dirección de Política De Precios el 16.02.2024

Buenas La Ley del Presupuesto establece la aplicación del 10% de impuesto sobre todas las ventas que realizan las FGNE. Atentamente Ministerio de Finanzas y Precios

Mayra Olga Negrín Eirin el 09.01.2024, 11:12 a.m

Buenas noches, hoy al conocer los nuevos precios del transporte público decidi escribir, para elaborar estas nuevas tarifas se tuvo en cuenta el salario de los trabajadores de a pie y la pensión de los jubilados que en su conjunto constituyen la mayoría del pueblo cubano Con todo respeto no me parece, creo que es hora de escuchar a ese pueblo como siempre lo hacia nuestro Fidel y rectificar

Dirección Institucional de Turismo, Comercio y Servicios el 14.02.2024

Estimada Mayra. Comprendemos su preocupación y sin duda es un tema que hay que atender con justicia y prontitud, pero las condiciones económicas y los actuales precios internacionales de los combustibles, no permiten mantener las tarifas del transporte, cuyo insumo fundamental es el combustible. Algunas tarifas se mantienen subsidiadas por el Presupuesto del Estado sin que se cobre a la población, como el servicio de taxis a pacientes en tratamiento de hemodiálisis, el transporte a niños en condiciones y escuelas especiales y otros. Atentamente Ministerio de Finanzas y Precios

Madeline Valdivia Rojas el 09.01.2024, 08:08 a.m

RANDY, UNA DUDA. SON INFINITOS LOS MOTIVOS PARA VIAJAR. PERO PARA CONCRETAR.. LOS ESTUDIANTES UNIVERSITARIOS. MI CASO VIVO EN SANCTI SPIRITUS Y MI HIJA ESTUDIA EN LA UNIVERSIDAD DE LA HABANA. SUPUESTAMENTE LOS ESTUDIANTES CON SU CARNET SE LES COBRA LA MITAD DE PRECIO DEL TRANSPORTE. NO SE COMO LO HARAN EN EL CASO DEL TRANSPORTE XQ EL Q SAQUE EL PASAJE X EL APK NO HAY FORMA DE Q SEPAN Q ES UN ESTUDIANTE. PERO LA SOGA SIGUE APRETANDO. SI MI HIJA VIENE UNA VEZ AL MES SERIAN 600 CUP EN PASAJE, MI SALARIO ES 8 MIL. LE DOY 4 MIL A ELLA PARA VIVIR Y VIAJAR TAMBIÉN EN LA CAPITAL. ESTA DURA LA PELEA.. NO SE PUEDE MANTENER EL DESCUENTO PARA LOS UNIVERSITARIOS XQ LAS GACELAS Y LOS TRANSPORTES PARTICULARES EN LA CAPITAL NO TIENEN EN CYENTA EL CARNET DE ESTUDIANTE.

Dirección Jurídica el 14.02.2024

Aún cuando la facultad para aprobar las tarifas de transporte de pasajeros, se conoce que las regulaciones para la prestación de estos servicios se establecen por el MITRNS, por lo que los elementos relacionados al funcionamiento de la bonificación a los estudiantes se recogen en normas del MITRANs y al respecto también pueden haber regulaciones del propio Ministerio de Educación Superior, como es el caso que describe. Atentamente, Ministerio de Finanzas y Precios.

Nair el 09.01.2024, 10:39 a.m

Buenos días. Mi planteamiento aqui es que se mejore la escala progresiva de la DJ08 para los agentes de telecomunicaciones. Es un abuso asi como está. O que reincorporen el régimen simplificado como antes. Se que la mayoria son jubilados y que las condiciones actuales son desfavorables.

Dirección de Política de Ingresos el 14.02.2024

Estimada Nair: Para el año fiscal 2024 no se previó la modificación del mínimo exento y las escalas progresivas en la DJ08 de ninguno de los actores económicos, estatales o no estatales; entendemos la situación economica del país y el tema de la inflación pero no estamos en condiciones de cambiar una política de país sin analizar todas las cuestiones que vienen aparejadas a dichos cambios generales. Atentamente MFP

Nair el 08.01.2024, 02:43 a.m

Buenas tardes. Soy agente de telecomunicaciones y como todos nosotros puedo decir ; me alegré profundamente cuando supe q ya se eliminaba el impuesto sobre ventas y servicios el del 10 como mejor le conocemos. Pero que poco duró....... Ya que en la DJ08 no se efectuaron ningún tipo de cambios. Entonces para que eliminaron ese impuesto si al final van a cobrarnoslo en la DJ. Pienso que debía existir algun equilibrio en esas partes y no para el año que viene.

Dirección de Política de Ingresos el 14.02.2024

Estimada Nair: Para el año fiscal 2024 no se previó la modificación del mínimo exento y las escalas progresivas en la DJ08 de ninguno de los actores económicos, estatales o no estatales; entendemos la situación economica del país y el tema de la inflación pero no estamos en condiciones de cambiar una política de país sin analizar todas las cuestiones que vienen aparejadas a dichos cambios generales. Usted está mesclando dos tributos que nada tienen que ver, el 10% del impuesto sobre las ventas no se cobra en la DJ08. Atentamente MFP

Armando Leyva Perez el 05.01.2024, 12:32 a.m

Estoy indignado. He recorrido una buena parte de los establecimientos comerciales de las Mypimes y los TCP de esta localidad, Alamar, La Habana del Este, La Habana, y ninguna ha querido o podido cobrarme por transferencia. Tengo entendido que estaba establecido el 2 diciembre de 2023 como fecha límite para establecer las pasarelas de pago por todos los actores económicos. Cual es el problema Quién controla esta resolución del BCC Por qué aparte se soportar los precios astronómicos de estos nuevos actores de la economía, además tenemos que aceptar que no acepten nuestro dinero electrónico, que es dinero. Saludos cordiales.

Dirección de Política Financiera el 21.02.2024

Estimado Armando. Las quejas e inconformidades por el no uso de las pasarelas de pago por parte de los establecimientos, deben ser s al Ministerio del Comercio Interior, rector de la actividad comercial y las formas de pago. Atentamente Ministerio de Finanzas y Precios.