2021-12-03 17:45:41.039775 | |
2021-11-01 08:18:17.118924 | Joangel Acanda Del Cristo el 01.11.2021, 08:18 a.m Buenos días, yo soy un trabajador y miembro del Comité del Partido de la Empresa ZELCOM S.A. perteneciente a CIMEX S.A. que a su vez se subordina al GAE. Le hago llegar mi preocupación y la del resto de mis compañer@s por el pago de las utilidades de los trabajadores de mi entidad del 3er Trimestre, que se distribuye el 50 % de las utilidades según nueva resolución 393 MFP el pasado 27 de Septiembre 2021 que modifica la 124 MFP de abril 2021, que se dio a conocer a todos los trabajadores individualmente y en asambleas sindicales después de aprobado en el Consejo de Dirección de la empresa. Después de esto nos llega la orientación del GAE de un tope salarial máximo, que de ser así se cobraría igual o menos que cuando se distribuía el 30 % en el trimestre anterior, esta contradice lo indicado en la resolución del MFP aprobada por la máxima dirección del nuestro país para distribuir el 50 % de las utilidades estimulando el trabajo realizado de nuestras masa trabajadora por los resultados de eficiencia en las entidades, teniendo en cuenta la inflación que se ha producido con los precios en cuanto a la implementación de la tarea ordenamiento cuestión que se ha venido analizando en los últimos días en los consejos de ministro y reuniones de trabajo las cuales han sido televisadas para el conocimiento de nuestro pueblo. De ser así, que solamente debemos pagar hasta tres salarios, por indicaciones del GAE ¿Cómo explicarle a nuestros trabajadores esta contradicción? Este asunto es grave pues es una masa de dinero formada por el esfuerzo de todo ellos, elevando así la eficiencia de sus áreas de producción y servicios, esto nos podría generar un problema político que trasciende a nuestra Empresa. Máxime que llega en un momento, coincidiendo que el día de ayer conocimos la evaluación positiva que se hace por la corporación de los resultados Satisfactorios de la empresa al cierre de éste III Trimestre, con la felicitación correspondiente. Tenemos conocimiento al pertenecer al GAE y las FAR ambas instituciones tienen facultades para tomar decisiones en sus instituciones, pero nos preguntamos porque se toma una decisión de este carácter en medio de la situación política, económica y social que está viviendo nuestro país actualmente, donde se arrecia constantemente la agresión enemiga. Atentamente, a la espera de una respuesta. Dirección de Política Financiera el 28.07.2022 Estimado la resolución 393/2021 establece para el pago de la utilidad a los trabajadores HASTA un 50% , es decir es el máximo a distribuir pero pede distribuir un porciento menor, ya que las utilidades reales que se crean al final del período, por lo que se debe realizar un análisis y estudio de acuerdo a las condiciones que presenta la entidad para determinar qué % puede anticipar en un rango de 0-50%, porque de caer en pérdida la empresa, se asume con la utilidad del próximo período. Recordar también que la utilidad generada por la empresa se utiliza para la formación de reservas, que no solo incluye la distribución de utilidades a los trabajadores. Para más información puede se a la Resolución 124/2021, publicada en la Gaceta Oficial No.51 del 7 de mayo de 2021. Saludos. |
2021-10-26 11:49:07.330603 | Eudaldo el 26.10.2021, 11:49 a.m No es precisamente una denuncia sino una propuesta de revisión que cursado por otros canales y no he obtenido respuesta y ya se implementa a partir del próximo mes. Por cálculos realizados los agentes de telecomunicaciones (en el régimen simplificado) pagarán 2.14 veces más que por la norma anterior que era progresiva, si ganas más pagabas más. Por ejemplo: Ingresos por comisión 7000. Hasta hoy pagaba 350 cup por la nueva norma 748 cup. Si el cálculo anterior es así no se cumple con el principio de beneficio a los TCP que se enuncia incluso para este tipo de TCP que no forma precios, mantiene el mismo y paga todo a los precios actuales. ¿No habrá un error en la interpretación de esto? Dirección de Política de Ingresos el 16.02.2022 Estimado Eudaldo: Los agentes de telecomunicaciones se rigen por las nuevas normas establecidas en la Gaceta Oficial 94 Ordinaria de 19 de agosto de 2021. El ingreso del agente de telecomunicaciones lo constituye la comisión que gana en la venta que no es lo mismo que decir utilidades. El agente asume los gastos en que incurre en la actividad si los tuviese con sus ingresos, los que se generan con la mencionada comisión. Le sugerimos acercarse a los funcionarios de Atención al Contribuyente de la ONAT de su domicilio para aclarar sus dudas y ver de que manera lo impactará. Atentamente MFP. |
2021-10-02 10:45:51.129586 | Daniel Carvajal Duarte el 02.10.2021, 10:45 a.m Soy trabajador de la Plaza Cuatro camino en el departamento de Acopio agro mercado y quisiera saber porq si una loza tiene merma porq un producto ,un vegetal ,una vianda q es manipulada todo el tiempo por nuestros clientes no nos aceptan la merma ni el cambio de precio de estos productos los cuales vienen con muy mala calidad Los cuales los dependientes tienen q pagarlo de su bolsillo porq no nos aceptan cambio de calidad ,ni mermas .Me podrían dar respuesta o explicar a donde m puedo dirigir gracias Dirección Institucional de Agroindustria el 21.02.2022 De acuerdo con usted, ese tema debe debatirlo con la dirección de la empresa |
2021-09-05 11:09:44.234509 | José r cardoso el 05.09.2021, 11:09 a.m En la revolucionó 348 20211 en el artículo vigésimo quinto se plantea que el precio debe cubrir los gastos inheresssntes al inmueble Quisiera mas aclaración sobre que gastos se corresponden y en que medida deben cubrirse Existe la tendencia a cobrar altos precios con el objetivo de buscar las ganancias que no teníamos trabajando Esto contradice los beneficios fiscales que se le dan a las CNA e impide la necesaria pronta reparación que necesitan Lo mismo ocurre con los medios y equipos Cualquier aclaración pueden llamarse al 52058756 Dirección de Política de Ingresos el 30.09.2021 Para establecer tarifas por servicios de uso del metro cuadrado se tiene en cuenta el confort del local, la ubicación, estado técnico, sus características, las referencias de tarifas de otros arrendamientos con características similares, esos son los aspectos sustantivos que definen la determinación de la misma. Además, la tarifa por ese servicio debe cubrir cualquier otro concepto de gasto que se genere, además de la depreciación, electricidad u otros, según sea cada caso. La tarifa debe propiciar un nivel de utilidad, como todo servicio o producto. Atentamente MFP. |
2021-07-15 14:10:21.051211 | juan perez castro el 15.07.2021, 02:10 a.m Inquietud sobre la relación entre precios a productos del sistema MINAL y pago excesivo de utilidades Buenos días Me dirijo a ustedes con el objetivo de llamar su atención sobre los precios excesivos en las empresas del sistema minal y su correspondencia con el pago de utilidades que están teniendo los trabajadores del grupo de la alimentaria. Si este grupo no aporta nada y supuestamente viven de los aportes que realizan sus empresas como es posible que estén cobrando por distribución de utilidades entre 15 mil y 28 mil pesos dependiendo del cargo en un trimestre, de continuar con este ritmo ganarían por este concepto unos 100 mil y 120 mil pesos anuales o sea casi 63 millones de pesos entre todos, téngase en cuenta que no se nota el abastecimiento de estos productos en la población, quiere decir que si existieran productos como en años anteriores el pago seria entonces de más de 30 mil pesos el trimestre y por ende de más de 240 mil al año. Si este es la utilidad de un grupo que no aporta nada, cuanto están ganando las empresas productivas entonces. Como es posible que Prodal por ejemplo un kg de croquetas de cerdo salga a precio mayorista a 65 pesos el kg, el de salchicha de cerdo a 180, y la hamburguesa a 152 y el de croquetas de pescado a 36. No facilitaran estos precios excesivos estos pagos por concepto de utilidades Dirección Institucional de Agroindustria el 28.09.2021 Estimado Juan, estamos a la espera de respuesta del GEIA sobre su queja. Gracias |
2021-07-11 00:55:25.848873 | Lázaro Ramírez el 11.07.2021, 12:55 a.m Buenas noche lew escribi ase unos dias por la razon de las utilidades que no quieren pagar la empresa mixta Miramar sa ,el director del hotel melia habana le entrego un documentó al miembro del sindicado del hotel, el cual no presenta firma de ningun alministrativo ni del propio director, el documento fue echo para taparce las responsabilidades y una ves mas drmuestran que nobke interesan los trabajadores, y cambia por completó la resolución emitida por el Consejo de estado y si no fuera por los trabajadores no pudieran mantener un hotel abierto y si no fuera por todos no contaran con mas de un millon de dolar de sobre cumplimiento en el mes de mayo y junio ni hablar de meses interiores sim mas la firma de todos los trabajadores del melia habana Dirección de Política Financiera el 26.08.2021 COMPAÑERO, ES REPONSABILIDAD DEL DIRECTOR DE LA ENTIDAD DE CONJUNTO CON LA SECCIÓN SINDICAL DAR RESPUESTA A LAS INTERROGANTES QUE REALICEN LOS TRABAJADORES POR EL NO PAGO DE LAS UTILIDADES, ADEMÁS PUEDE PRESENTAR TAMBIEN SU QUEJA AL SINDICATO NACIONAL DEL RAMO . ATENTAMENTE MFP |
2021-07-02 17:14:39.778604 | Lázaro Ramírez el 02.07.2021, 05:14 a.m Buenas tardes me dirijo a ustedes por la duda de todos los trabajadores del melia habana con el tema de la utilidades que no se a proyectado con los trabajadores del melia habana la dirección del mismo, la cual alegan que no pagarán por que al tener dos hoteles cerrados no pagarán ,les pregunto los que estamos trabajado np tememos derecho hemos Estado expuestos a enfermarnos por la covit 19 como a pasado con varios trabajadores ,pueden ellos violar las leyes y tomar decisiones din consultarlo con los trabajadores del melia u seguir repartiéndose las misma como han hecho todos estos años atrás sin pensar en los trabajadores del melia sin mas espero su respuesta Dirección de Política Financiera el 26.08.2021 ESTIMADO LAZARO: EL DIRECTOR DE LA ENTIDAD DE CONJUNTO CON LA SECCIÓN SINDICAL TIENEN QUE EXPLICAR A SUS TRABAJADORES LOS MOTIVOS CONVINCENTES POR LOS QUE NO SE PAGARON LAS UTILIDADES. ADEMAS PUEDEN PRESENTAR AL SINDICATO NACIONAL DEL RAMO LA INCONFORMIDAD POR EL NO PAGO DE LAS UTILIDADES. ATENTAMENTE MFP |
2021-07-01 12:57:30.786661 | Antonio Vera Blanco el 01.07.2021, 12:57 a.m Tengo resolución 323 del 3 mayo 2021 de la jefa de aduana carga internacional. Aún sin devolución por concepto de servicios de aduana ingresados indebidamente. Dicen que son ustedes los que pagan por transferencia bancaria. Dirección de Política de Ingresos el 25.08.2021 Buenas tardes Antonio, sugerimos contactar con la Direccción de Tesorería y Crédito Público de nuestro Ministerio, por el teléfono 78671808 para revisar en que situación se encuentra su devolución. Atentamente MFP. |
2021-06-24 15:28:10.518362 | Juan Carlos el 24.06.2021, 03:28 a.m Mi nombre es Juan Carlos y soy trabajador de la UEB Mirador del Mar que pertenece a la Empresa Islazul Playas del Este. Comunico mi inconformidad referente al pago de las utilidades de este primer trimestre en el año 2021. La administración, el partido y el sindicato de nuestro centro se reunió con los trabajadores para anunciar que las utilidades no se iban a pagar porque otras entidades de nuestra empresa tuvieron dificultades y no cumplieron algunos índices , sin embargo nuestra UEB Mirador del Mar cumple con todos los requisitos, no tuvimos problema con el pago de impuestos, todos los indicadores económicos estan correctamente. Entonces mi inquietud cómo trabajador es la siguiente: Si nos esforzamos dia a día , trabajando duro , cumpliendo con todo para lograr ese sueño de que nos paguen utilidades , por qué tenemos que pagar justos por pecadores ?. Nosotros no tenemos culpa de que en otras entidades no se haga bien el trabajo. Creo que esto es algo que se debe revisar y valorar. Muchas gracias Dirección de Política Financiera el 26.08.2021 COMPAÑERO: Si la empresa a que pertenece su UEB resultó con utilidades y cumple los requisitos que establece la RESOLUCIÓN 124/2021 para tener derecho al pago por la distribución de utilidades a los trabajadores son los siguientes: a) No tener adeudos vencidos con el Fisco al cierre del período que se analiza; y b) no contar con una auditoría en la que el sistema de control interno se califique de deficiente o mal. 2. Cuando la entidad económica recibe la calificación de Adversa o Abstención de Opinión en una auditoría financiera, los trabajadores responsables de las deficiencias detectadas no tienen derecho al pago de las utilidades hasta que se compruebe mediante otra auditoría que se han resuelto dichas deficiencias. Iguales requisitos debe cumplimentar la UEB para tener derecho a pagar a sus trabajadores las utilidades. Atentamente,MFP |
2021-06-21 13:27:01.662375 | Yasmany Lamar Rodríguez el 21.06.2021, 01:27 a.m Mi preocupación se debe a la aplicación de la Resolución 334-2020 relacionada con la Regulación Exceso de Liquidez del 30% sobre los ingresos brutos que se aplica desde el 1 de enero de 2021. Señalar que dicha resolución cumplía una función en el primer mes de la unificación monetaria y cambiaria , ya que los inventarios de mercancías para la venta al cierre de diciembre se valoraron a razón de 1 CUC = 1 CUP y realmente existía un exceso de liquidez entre el precio de venta y el costo de la mercancía. En el mes de febrero en que se empezaron a recibir las mercancías de los proveedores a los nuevos precios en moneda nacional y se fueron agotando los inventarios del cierre del año 2020, en la relación precio de venta – costo de mercancías dejó de existir exceso de liquidez, disminuyendo los márgenes comerciales. Esta Resolución 334-2020 se ha mantenido hasta la fecha provocando una efctación económica que a repercutido negativamente en las utilidades, además de financiera provocando flujos de caja negativos que impiden cumplir con todas las obligaciones de pago. Dirección de Política de Ingresos el 25.08.2021 Buenas tardes: En estos momentos nos encontramos evaluando el impacto de esta resolución en entidades que hemos identificado que pueden requerir una actualización en la aplicación de la extracción del exceso del liquidez, entre ellas Palmares. En cuanto culminemos el análisis se adoptarán las medidas que correspodan. Para establecer una operatoria diferente a la regulada con carácter general debe emitire una norma juridica por este Ministerio. Atentamente MFP. |
2021-06-17 16:34:02.062823 | Alberto el 17.06.2021, 04:34 a.m Buenas tardes, me dirijo a ustedes para denunciar una injusticia cometida en la empresa Transgaviota, UEB Ciego - Camagüey. Está vinculada al pago de las utilidades correspondientes al 1er trimestre. Resulta que al término de este período de tiempo se ingresaron más de 13 millones de pesos de utilidades. Estamos claros del monto que se puede entregar a los trabajadores, hasta el 30% de lo que le corresponde a la empresa, pero el Director General en la Casa Matriz manifestó que el tenía la potestad para decidir que porciento sería, en efecto, entregado. En un Consejo de Dirección éste mismo Director General hizo pública una cifra, bien alta por cierto, de lo que se entregaría, estamos hablando de más de 20 mil pesos, por trabajador. En otra ocasión se publicó un documento con otra cifra y haciendo los cálculos por las escalas salariales de cada trabajador, ya era menos de la mitad de lo promerido. Finalmente pagaron sólo un salario escala a los trabajadores, estimulando a la administración y no a los que producen. Me pregunto, si hay que estimular a los trabajadores que están vinculados directamente a la producción, si no existe un límite de dinero a pagar, si hay que incentivar el sentido de pertenencia en los trabajadores; por qué sucede que a nivel de empresas, a nivel de base, hacen todo lo contrario a las indicaciones dadas por las principales autoridades de la nación? ¿Por qué una persona decide, unilateralmente, qué hacer con el dinero de tantos otros que trabajaron arduamente para recibir su fruto? Soy una persona educada en los preceptos de la Revolución y creo fielmente en la dirección de la misma, pero alguien está aplicando la demagogia a su favor. La dirección de la Revolución comunica públicamente una cosa a los trabajadores y las direcciones de las empresas hacen totalmente lo opuesto. Tengo evidencias de lo que aquí manifiesto. Atentamente espero su respuesta. Dirección de Política Financiera el 26.08.2021 Compañero: LA DIRECCIÓN DE SU ENTIDAD DE CONJUNTO CON LA SECCIÓN SINDICAL ESTAN EN LA OBLIGACIÓN DE EXPLICAR A SUS TRABAJDORES LOS MOTIVOS REALES POR LOS QUE NO SE PAGÓ LAS UTILIDADES. lAS DISPOSICIONES JURÍDICAS SE CUMPLEN DE NO QUEDAR SATISFECHO CON LA EXPLICACIÓN DADA POR EL DIRECTOR DE SU ENTIDAD PRESENTE SU RECLAMACIÓN AL SINDICATO NACIONAL DEL RAMO. GRACIAS POR SU COMUNICACIÓN QUE SERA EVALUADA. ATENTAMENTE MFP |
2021-06-12 13:10:39.750995 | OVB el 12.06.2021, 01:10 a.m ¿Por qué varía el precio de la carne de res vendida por los campesinos a la población cubana ? Es que acaso una vaca come hierva diferente a la otra estamos hablando de un alimento que es muy nutritivo si , pero eso no justifica el desorden que hay armado en torno al tema unos la venden a 100 otros a 80 otros a 60 cup pero lo cierto es q dicho precio es altamente variable por alguna razón paga siempre el pueblo trabajador q ante el gran déficit de alimentos se las arregla y sigue echando pa alante no será posible fijar dicho precio de tal manera q sea acequible al pueblo pues en la resolución publicada en la Gaceta oficial de la republica si establece un precio fijo y muy diferente a este pues la que más paga dicha empresa es a 40.02 pesos el kg estaríamos hablando de unos 20 la libra hasta cuándo seguirán ensuciando e ignorando las palabras de nuestro presidente cuando nos repite día a día q eliminemos las trabas ,la burocracia ,el sociolismo y q construyamos una cuba más equitativa y justa para todos , creo q le corresponden muy mal aquellos que sin más desmoraliza agobian e indignan a un pueblo q ya con el bloqueo q sufre desde hace más de 60 años y con cada mala desicion q toma el dirigente de la base el paga el mal trabajo de personas las cuales este estado les paga un salario decoroso solo para velar por el cumplimiento de todo lo q está dispuesto por nuestras leyes .Creo en verdad q le correspondemos muy mal señores sin más .. ¡ Viva Cuba Libre ! Patria o muerte Venceremos Dirección Institucional de Agroindustria el 28.09.2021 Estimado compañero, usted tiene toda la razon, como todo lo que comienza debe tener acierto y errores, esperemos que en breve se organice. saludos, |
2021-05-31 10:59:09.856132 | Alejandro Casas el 31.05.2021, 10:59 a.m Quisiera saber si nos pueden ayudar, porque en la UEB Complejo Cubanacan de La Corporación Cimex de Villa Clara no pagaron las utilidades porque 2 tiendas de 30 de la UEB salieron mal en una auditoría. Es injusto que no se nos pague cuando mi unidad salió bien en la auditoría. Dirección de Política Financiera el 26.08.2021 Compañero: La resolución 124/2021 estblece entre los requisitos para tener derecho al pago de las utilidades NO contar con la auditoría calificada de deficiente. Gracias por su consulta. Atentamente MFP |
2021-05-22 13:48:34.40058 | Leandro Arnold Pérez Marrero el 22.05.2021, 01:48 a.m Considero muy beneficiosos las modificaciones a las tarifas de peaje explicadas por la Ministra de Finanzas y Precios en la Mesa Redonda del día 10-2-2021. Sin embargo, en mi criterio, en el caso de los conductores de vehículos privados lo justo sería hacer esa rebaja a todo el que emplee regularmente esa vía sin necesidad de atenerse al lugar de residencia. Muchos viajan en sus medios particulares de transporte de Matanzas a Varadero, Santa Marta o Cárdenas, en funciones de trabajo. No es común que los residentes en Varadero vayan a trabajar a Matanzas, lo común es que los matanceros viajen a Varadero en funciones de trabajo. Conozco a un residente en Cárdenas que viaja en su auto regularmente al Aeropuerto de Varadero donde trabaja. ¿Podrá seguir haciéndolo? ¿Por qué no pensar en la venta de un paquete mensual o con otro período con la correspondiente bonificación? No haría falta identificar donde vive la persona, lo comprará aquel que viaja regularmente, pues a quién no viaja con regularidad no le resultaría ventajoso. A mi juicio, sería más justo y menos engorroso. Seguramente el que transita esporádicamente por esa vía no lo comprará, porque no le resultaría económico. Cierto que en nuestro caso la Ley 113 establece que la tasa de peaje se paga por cada vez que el vehículo circule por el tramo gravado; pero la ley no es inamovible, de hecho el Decreto-Ley No.21-2020 en el contexto de la Tarea Ordenamiento introduce modificaciones a esta ley, incluyendo las tasas de peaje. Según he podido conocer, hay países, sobre todo europeos, en que se aplican tarifas especiales a usuarios habituales de la vía, en algunos lugares se paga una cantidad específica por el derecho a usar la vía durante un período de tiempo determinado que puede ir desde un fin de semana, una semana, un mes… hasta un año, identificándose el vehículo con una pegatina en el parabrisas. ¿No pudiéramos nosotros emplear con un criterio de justicia estas experiencias? Dirección de Política de Ingresos el 25.08.2021 Agradecemos sus comentarios sobre la aplicación de la tasa de peaje. Sobre ello le recordamos que desde la Ley Tributaria este tributo se aplica con las siguientes flexibilidades: se exime de su pago a los conductores de vehículos estatales con matrícula de identificación oficial; carros fúnebres; vehículos con régimen especial de circulación, entendiéndose como tales las ambulancias, vehículos de escolta, patrulleros y motocicletas de la Policía Nacional Revolucionaria; y vehículos destinados a la extinción de incendios; y vehículos con matrícula del Ministerio del Interior y de las Fuerzas Armadas Revolucionarias. En adición a ello, se otorga una exención a los conductores de vehículos vinculados a procesos inversionistas y constructivos relacionados con obras en las zonas de desarrollo turístico a las cuales se accede por vías con peaje, durante el término en que los mismos se ejecuten. Asimismo se conceden bonificaciones a los conductores que paguen por adelantado de acuerdo al valor invertido en la adquisición de las tarjetas de peaje, en la cuantía de un 5% y 10%. Además se bonifica el pago de la Tasa por Peaje en un setenta por ciento (70 %), a los conductores de vehículos residentes en los pueblos "La Conchita" y "Boca de Camarioca", ubicados en el municipio de Cárdenas, de la provincia de Matanzas, por cada ocasión en que circulen por el tramo de la autopista Matanzas-Varadero, que comprende desde el kilómetro 0 hasta el kilómetro 30. Una vez emitidas las normas que implementaron el ordenamiento monetario y financiero en el país y en atención a los criterios de la población se emitió la Resolución 29/2021 que establece una bonificación del 70% para el pago de esta tasa a los conductores de vehículos residentes en Santa Marta y Varadero, a los transportistas profesionales del sector estatal y no estatal residentes en los municipios de Cárdenas y Matanzas dedicados al transporte de pasajeros, así como el transporte de carga de destinadas a entidades estatales que comercializan al consumo social y a la población, por cada ocasión que circulen por el tramo Matanzas-Varadero y a la empresa de transporte a trabajadores por el servicio de transporte del personal en los polos turísticos. Atentamente MFP. |
2021-05-20 09:26:54.867159 | Rodrigo Alejandro el 20.05.2021, 09:26 a.m A partir de la disponibilidaden el mes de mayo del producto arroz, se expide a la población la venta liberada de 1 LB arroz por consumidor a 10 pesos, en el Municipio de 10 de Octubre, Bodega la Primera de Princesa, ubicada en Princesa e- San Luis y Delicias . En estos momentos se esta vendiendo a la población el arroz en saco del 15 % de partidura, que según ficha y Resolución 346-2020, Gaceta No.71 MFP, es a 7 pesos, por tener más partidura ( menor calidad) y no ser importado. Nos están cobradon a cada consumidor tres pesos por encima. Es necesario que se verifique que el precio se correponda con el producto que se esta vendiendo a la Población pues en otros establecimiento no tiene ese nivel de partidura. atentamente, Rodrigo Alejandro. Dirección Institucional de Agroindustria el 28.09.2021 Estimado compañero: le traslado su queja a la DPFP para que le ofrezca la respuesta correspondinete. Gracias |
2021-05-17 16:15:48.455087 | leimen el 17.05.2021, 04:15 a.m Buenas tardes quisiera hacer una consulta acerca de la resolucion 124-2021 en cuanto al pago anticipado de las utilidades en el caso del anexo 1 en el numeral no.15 cuando se deducen los gastos planificados y no ejecutados quisiera saber si se tienen en cuenta los no ejecutados del trimestre anterior ,los cuales ya deduje y no fue posible la distribucion, y en el caso del articulo no.50 ¨Si durante el ejercicio fiscal o al final de este, se muestra un exceso de los pagos a cuenta, se procede por la entidad a restituir el monto en exceso y el pago se reanuda una vez que se crean las utilidades que lo permitan¨ ,quisiera saber a que se refiere y donde esta el procedimiento en caso de que esto ocurra Dirección de Política Financiera el 26.08.2021 Cada trimestre, se deducen los gastos no ejecutados que la entidad planificó para obtener mayor eficiencia en sus resultados, no se refiere a cualquier gasto. El artículo 50 refiere a que la empresa que resulte con pédida o exceso en los pagos a cuenta no puede distribuir hasta tanto se restituya esa diferencia ya que se paga de forma anticipada la utilidad a crear. Atentamente MFP |
2021-05-14 08:47:12.174714 | Pedro el 14.05.2021, 08:47 a.m Buenas ,mediante la misma expreso inconformidad con el actual precio y la calidad del pan de bola de corteza suave vendido por la Cadena Cubana del Pan el cual a simple vista esta elaborado con un alto contenido de harina de maíz, que no solo es desagradable a la vista la presencia de partículas de maíz, sino que sus características organolépticas están por debajo del estándar en cuanto a olor, color, sabor y textura. ¿Cómo es posible que tengan la indecencia de mantener el mismo precio 1.50 pesos CUP-U cómo si estuviese elaborado con harina de trigo de alta calidad? ¿Hasta cuándo está falta de respeto? Todo esto en municipio Ciro Redondo provincia Ciego de Ávila Dirección Institucional de Agroindustria el 28.09.2021 Estimado Pedro, hemos solicitado al GEIA que a partir de sus criterios revise el precio y le de respuesta. Gracias |
2021-05-06 18:43:00.387465 | Daysi Berdero Rodriguez el 06.05.2021, 06:43 a.m 6 de mayo del 2021 Año 62 del Triunfo de la Revolución A quien pueda interesar comunico la siguiente queja e inconformidad sobre la incorrecta aplicación de lo indicado para este proceso de reordenamiento monetario y cambiario en el país donde las empresas estatales socialistas juegan un papel fundamental para incrementar los niveles de producción que tanto necesita nuestro país y de esa forma impulsar el crecimiento de nuestra sufrida desgastada economía que ha sido víctima del bloqueo del imperio por más de 60 años. Pero si a eso le agregamos la chapucería empresarial que nos invade a diario que solo logra desalentar y desestimular a los trabajadores que se ven afectados por las malas prácticas empresariales. Hago esta introducción para introducirme en lo que quiero informar soy una trabajadora del sector tabacalero el cual según se ha informado pese a las restricciones del bloqueo y la situación epidemiológica de la covit-19 en todo el mundo que ha provocado bajos niveles de comercialización garantiza capacidad de entrada de divisas a nuestro país y como se entiende que a unos meses de implementar en nuestro país el reordenamiento monetario que trajo consigo medidas de ajustes en los salarios de los trabajadores nosotros seguimos percibiendo bajos ingresos salariales. Para poner ejemplo en mi centro laboral no se paga por escala salarial los indirectos a la producción perciben salarios por encima de todos los directos a la producción y por si fuera poco el sobrecumplimiento de las normas de los directos a la producción se reparte entre todos los indirecto dígame si esto estimula a elevar los niveles productivos En diferentes mesas redonda Murillo Jorge planteo que las utilidades deben ser repartidas entre todos los trabajadores, pero para eso hay que actuar con transparencia realizar un documento donde se establece las formas de repartición de las utilidades, pero esto debe ser discutida con la masa de trabajadores en asamblea de afiliados de la CTC y esto es lo menos que se ha hecho en mi centro de trabajo casi llega el mes de ejecutar la repartición de estas utilidades y nadie sabe cómo se va hacer. Todo esto a través de diferentes quejas le hemos hecho llegar nuestra inconformidad, a nuestra empresa a la cual nos subordinamos es la empresa Lazaron Peña Tabacuba de Artemisa y no dan una respuesta que convenza al trabajador. Ya estamos cansados de hablar y hablar y no se nos resuelve nuestra situación es por eso que me dirijo a ustedes apelando a que alguien nos escuche, pero de verdad no para salir dl paso En el plano personal he venido realizando diferentes quejas a todos los niveles fui sancionada en mi centro de trabajo por defender mis derechos laborales buscaron la forma para aplicarme una sanción la que estoy cumpliendo disciplinadamente, pero no por eso voy a dejar de exigir mis derechos laborales lamentablemente no cuento con una sección sindical que funcione correctamente ni un órgano de justicia laboral preparado consiente de su papel en centro de trabajo y mis quejas no han tenido toda la respuesta que yo hubiese querido puesto que mi última queja no he recibido respuesta. Insisto nuevamente si les llegara interesar este caso por favor no comuniquen su visita por que siempre se filtran y se hace de todo para camuflajear todo lo mal que hacen. Mi centro de trabajo es la UEB de acopio y beneficio de tabaco ubicada en Ceiba del Agua, Municipio Caimito, Provincia Artemisa Trabajadora: Daysi Berdero Rodríguez Dirección Institucional de Agroindustria el 28.09.2021 Daisi, hemos traslado su queja a la OSDE Tabacuba, esperamos su respuesta. Nos mantienes al tanto. |
2021-05-06 12:38:24.61491 | Tomasito Jr el 06.05.2021, 12:38 a.m saludos afectivos, he visto practicamente todas las mesas redondas de la tarea ordenamiento y leo regularmente la prensa digital, mirando los comentarios, sobre el cobro de las utilidades del sector empresarial en cubadebate el dia de hoy, realizado por algunos compañeros, (creo que algun especialista lo revise), me ratifica que no se cumplieron las espectativas de muchos, trabajadores cercanos y la mia. Es un tema a mi forma de ver para revisar, porque no constituye un incentivo el aumento de la produccion como mejora salarial, se debe cuidar la diferencia con el sector presupuestado y otros aspectos, pero diferencia debe existir sin ser abismal. Se me ocurrio esccribir a esta pagina,no como denuncia si no inquietud, para no usar la prensa en este sentido, tampoco se me ocurrio otra via ,hubise preferido un intercambio,haber participado en una conferencia o evento,con los resultados practicos de esta tarea, pero no me toca y para eso existe otro personal.Pero al escribirle lo hago con ejemplo concreto. Gracias por su tiempo. Dirección de Política Financiera el 26.08.2021 Estimado Tomas: Agradecido con su comentario que será evaluado. Atentamente MFP |
2021-04-06 09:52:24.252035 | taimi hechavarria torres el 06.04.2021, 09:52 a.m Buenos días, necesitamos aclaraciones sobre la distribución de las utilidades creadas, donde necesitamos aclarar si la distribución de las utilidades se realiza en las UEB independientemente de los resultados de la empresa, o sea si la UEB puede distribuir sus utilidades a pesar de que su empresa tenga perdidas. Además también hay dudas sobre el modelo que aparece en la resolución 375 para llegar al monto que se distribuye a los trabajadores: porque por ejemplo esta UEB tiene 24600MP de utilidades, al descontarle el 35% del estado, el 50% que dice el modelo que es para inversión, más un 5% de la reserva de la empresa, queda un 10% de las utilidaes y de ese entonces hasta un 30% es lo que se puede distribuir a los trabajadores, o sea un 30% del 10% que te queda de las utilidades, de esa forma nunca se cogerá ni un salario completo y eso que el azúcar es la única que da tantas utilidades en un trimestre. Pero para agrabar más la situación en AZCUBA, por ejemplo en mi provincia, la empresa es la que va a decidir y distribuir el monto, de 12 unidades que tiene solo 5 tienen utilidades, y despues de realizar todos los descuentos, que por cierto hay varias unidades que no han descargado todos los gastos diferidos y ya nosotros los descargamos todos, que por ahí salimos afectados, le quedan para distribuir 4000.0MP y le va a reapartir a cada UEB el % que representan sus utilidades en la utilidad total de la empresa. Por favor necesitamos aclarar todo antes del 20 de abril. Dirección Institucional de Agroindustria el 28.09.2021 Estimada, hemos permanecido al tanto de la distribución de utilidades en AZCUBA, espero se haya solventado tus dudas. Gracias |
2021-04-04 07:38:53.520379 | Nolberto Cruz Cruz el 04.04.2021, 07:38 a.m Tengo una inquietud y quisiera que me ayudarán a esclerecer con el envío o publicación de los indicadores o elementos que se tienen en cuenta para fijar los precios a productos alimenticios tanto del sistema productivo industrial como el de la agricultura incluyendo el utilizado para fijar el precio de venta de cárnicos de la raza animal ovino caprino y de cerdo pues concidero útil para poder entender los precios que se fijan a estos productos, como por ejemplo de mis dudas es el referido al precio fijado recientemente a la carne ovino caprino, animal que su cria y ceba la concidero de bajó costó por depender en su mayoría de pastos y forrajes y no de productos importados, otros productos del sistema industrial como los embutidos que predomina en su materia prima la arina como alimento en subconjunto al cárnico y la diferencia existente por tipo en los condimentos para su copcion y luego para la clasificación del tipo de producto como por ejemplo la jamonada o la llamada mortadella y el chorizo llevan materias prima semejantes y condimentos diferente y los precios tienen una relación amplía entré si y de venta. Apesar de que no a salido ninguna información reciente referente a la carne de cerdo también sería útil para éste tipo de producto cárnico pues si aquí la materia prima para la cría y ceba es fundamentalmente importada su precio estaría muy por encima de la fijada a la de ovino caprino y cuando la alimentación es netamente nacional como sería sus cálculos para determinar el precio de venta a la población. Dirección Institucional de Agroindustria el 28.09.2021 Estimado Nolberto, respeto su opinión pero no siempre los precios se deben formar por los costos. Con la tarea ordenamiento han cambiado los conceptos, espero que ayuden a mas produccion. |
2021-03-25 18:02:28.97975 | Julio iglesias el 25.03.2021, 06:02 a.m Estoy viendo que siguen las mismas denuncias viejas cuando hay otras varios dias atras que he hecho y no salen publicadas, creo que la mia es importante porque con los altos precios de las multas que se estan imponiendo le dan la posibilidad a los inspectores de poder extorcionar y lucrar intimidando a los trabajadores por cuenta propia con multas exesivas para que estos caiga en el juego del soborno por tal de no ser sancionado, ya en el caso que expongo previendo eso no tenia nada que pudieran encontrar y aun asì a la vista de no intentar sobornar por una violacion sin razon procedieron a multar con 18000 pesos un establecimiento sin derechos ni razón Dirección de Multas el 07.04.2021 Compañero Julio Iglesias, revisando los adjuntos donde muestra el decreto, artículo e inciso aplicado le podemos confirmar que estos estan correctos con relación al importe que establece el decreto, no podemos dar fé de que las personas multadas no hayan cometido la infracción, ni que haya existido el ánimo de un soborno; no obstante estas personas que trabajan en el comercio si no han cometido una violación no tienen porque dejarse multar, ni dejarse intimidar como ud. plantea. Si no es ético por un inspector actuar desmedidamente para obtener un beneficio como ud. plantea, tampoco consideramos ético que un ciudadano trabajador por cuenta propia o trabajador del comercio se deje multar sin haber cometido una violación o permita que lo soborne pudiendo denunciar y acudir a las autoridades como la fiscalía, etc. Tramitamos la información que ud. ofrece a la Dirección Provincial de Supervisión para que realice las indagaciones correspondientes a este caso y nos de respuesta. Atentamente MFP. |
2021-03-24 16:28:37.149475 | Eduardo Pacheco el 24.03.2021, 04:28 a.m Por favor me preocupa la agricultura con los nuevos precios se que se a hecho un estudio minucioso por parte del estado pero al oír hoy por la mañana a nuestro viceministro hablar sobre los mismo me da la impresión que no están tomando en cuenta la falta de todo a lo que nos enfrentamos los productores a la hora de producir sin insumos no puede haber rendimiento y la aplicación de los altos precios alsa de salarios y la escasez de todo nos está conduciendo a una quiebra inminente será posible que nuestros dirigentes no se den cuenta ,por Ej como tú le vas a exigir a un atleta rendimiento si no lo alimenta y lo atiende como debe ser ,dos más dos es cuatro .no se está insentivando a que se produzca a que sembremos más nos están obligando a sembrar menos para gastar menos y no incrementar tanto la mano de obra ante la falta de todo lo que requerimos para coger buenas producciones de tal manera no se puede enfrentar dichos precios el tema de la corriente ,estamos claro de la situación del país y se debe valorar la situación de nosotros ese 25 o 28 porciento es insignificante quien aplicó esos precios con el mayor respeto no sabe nada ni tiene idea de lo que vivimos aquí al lado del surco nos suben los productos una ves y los insumos nos lo aumenta 5 y 6 veces el litro de aceite de un peso a 50 ,el petróleo de 2 a 14 la corriente 20 veces por encima de lo que estaba .quiero dejar constancia que hay desacierto descontento en nuestros campesinos hay que tomar medidas rápido la población va a sufrir una escasez muy grande no se van a poder cubrir todas las Arias no vamos a poder con los altos costos que nos generan los cultivos ante la falta de insumos y manos de obra cara al no haber rendimiento estamos quebrados me párese que no estamos en condiciones de enfrentar este ordenamiento sin insumos que respalden una buena producción .sino se arregla la corriente rápido hay cultivos que se van a dejar de sembrar por el consumo de corriente hay cultivos que sin fertilizantes se manejan al menos con agua pero con el kw tan alto nos obligan a sembrar algo que ni tome ni coma y en poca aria al menos para sustentar la familia me preocupa la escasez que nos espera no se duerman que la escasez va Aser grande sin más un campesino muy pero muy preocupado si no nos ayudan se acabará la agricultura y tanta gente no pueden estar equivocada miren las intervenciones de las visitas que hicieron en las provincias antes que la población siga sufriendo una escasez que se multiplicara ala altura de los insumos espero no ser el único preocupado para Aser reflexionar a nuestros dirigentes Dirección Institucional de Agroindustria el 28.09.2021 Estimado eduardo, espero que nhaya recibido os beneficiosn de las reabajs de precios. Gracia |
2021-03-22 10:14:14.146245 | leysbel Iglesias el 22.03.2021, 10:14 a.m Hola, me gustaría saber el hipoclorito en que categoría de necesidad entra ? Teníamos entendido que los artículos de primera necesidad NO subirían los precios. Si en estos momentos el uso del hipoclorito es tan importante como el del jabón; porque subirle el precio? Dirección de Política De Precios el 13.08.2021 Buena Leysbel El precio del hipoclorito se incrementó porque la materia prima subio de precio y ese incremento se traslada al precio mayorista y minorista. Como política trazada con el Ordenamiento no deben incrementarse los productos subsidiados. Atentamente, Ministerio de Finanzas y Precios |
2021-03-14 22:47:05.17517 | Lorenzo Virgilio Alarcón Pérez el 14.03.2021, 10:47 a.m Esta es la segunda vez que escribo y no he recibido respuesta, realmente no sé si es la regla no responder; tampoco he tenido solución al problema que planteé. De nuevo lo expongo y espero la sensibilidad requerida para mi situación que no es solo mía, sino fundamentalmente de mi nieta, la cual es una paciente celíaca que padece como es sabido una enfermedad crónica de la infancia y recibe una dieta subsidiada de varios alimentos, he tenido problemas con los alimentos que sirve Acopio que no son subsidiados e incluso una vez me vendieron calabaza por la dieta a $2,80 y en ese mismo lugar se expendía a la población a $2,10; me pareció una ba; he hablado con el que atiende esta rama y el Intendente en el municipio de Las Tunas y todo ha sido infructuoso, pues además dicen que existe una Resolución Ministerial de la Ministra de Finanzas y Precios que fijó ese precio y que no se puede violar. Por favor necesito comprensión y sensibilidad para con mi nieta, pues además del precio elevado de los productos que oferta Acopio, son en ocasiones de mala calidad, es la celiaquía una enfermedad que si se transgrede la alimentación puede causarle cáncer digestivo e incluso la muerte. Dirección Institucional de Agroindustria el 28.09.2021 Estimado Alarcon, no conocia el tema. Te paso la resolucion No, 348/20 que fija los precios para las dietas y su queja se la traslado al Grupo Acopio para que me responda y la Dirección que atiende a las provincias con el mimos objetivo. Gracias. 8 GACETA OFICIAL 10 de diciembre de 2020 CUARTO: Los consejos provinciales coordinan con l os consejos de Administración municipales la realización de las acciones de regulación y control de precios que se requieran para la aplicación de estos de manera coherente a nivel de provincia. QUINTO: Los precios minoristas máximos que se aprueban mediante la presente Resolución se corresponden con los de primera calidad, de acuerdo con las regulaciones vigentes; para formar los de segunda calidad, se aplica un descuento del quince por ciento (15%) del precio de primera calidad; el precio de los productos con calidades fuera de norma se fija con un diez por ciento (10%) inferior al de la segunda calidad. DISPOSICIONES FINALES PRIMERA: Derogar la Resolución 506, dictada por quien resuelve, del 30 de diciembre de 2019. SEGUNDA: La presente Resolución entra en vigor a partir del 1 de enero de 2021. PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba. ARCHÍVESE el original en la Dirección Jurídica de este Ministerio. DADA en La Habana, a los 25 días del mes de noviembre de 2020. Meisi Bolaños Weiss Ministra de Finanzas y Precios ANEXO ÚNICO PRECIOS MINORISTAS MÁXIMOS DE LOS PRODUCTOS AGROPECUARIOS PARA LA VENTA NORMADA CON DESTINO A DIETAS MÉDICAS Y CONTROLADA EN ESTABLECIMIENTOS ESTATALES PRODUCTOS1 CUP/LIBRA CON DESTINO A DIETAS MÉDICAS Malanga xanthosoma 5.40 Malanga colocasia 3.30 Plátano vianda 3.70 Plátano burro 2.00 Plátano fruta 2.50 Guayaba 6.00 Fruta bomba 4.00 Calabaza 2.80 Boniato 2.00 CONSUMO POBLACIÓN Papa 3.00 1 Estos precios tienen incorporados los márgenes comerciales correspondientes |
2021-03-13 17:30:10.743754 | El productor el 13.03.2021, 05:30 a.m Buenas tardes. Soy trabajador de una Asociación Cubana que gestiona proyectos de colaboración internacionales para el sector agrícola cubano y me dirijo a ustedes con una gran preocupación por el precio que le está poniendo la empresa GELMA a los recursos que se reciben por medio de estos proyectos de colaboración, al parecer los directivos de esta entidad no se han leído Gaceta Oficial No. 85 Ordinaria de 1 de diciembre de 2020 del CONSEJO DE ESTADO Decreto-Ley No.16-2020 De la Cooperación Internacional, que plantea en su RESOLUCIÓN No. 267-2020 Artículo 17. Las entidades empresariales importadoras facturan a las entidades beneficiarias de las donaciones los gastos operacionales en Cuba. Artículo 18. Las empresas circuladoras y comercializadoras de los bienes recibidos solo cobran a las entidades beneficiarias de las donaciones los gastos operacionales que correspondan; el valor de los bienes se informa a los efectos de su registro. CAPÍTULO IV PRECIOS Artículo 24. Las empresas importadoras y circuladoras que brindan servicios en la cooperación internacional utilizan las tasas de margen comercial hasta los niveles que tienen aprobadas. Artículo 25. Las empresas importadoras y circuladoras de los bienes recibidos por la cooperación cobran, a las entidades receptoras, los gastos operacionales que le corresponden, según lo establecido para sus operaciones habituales. Si en estos artículos se establece claramente cuáles son los precios por qué motivo esta empresa pretende cobrar el 20 % del valor del bien en cup. Es necesario que las entidades competentes corrijan este error antes de que este afecte el funcionamiento de los proyectos, eso sin mencionar el costo político que tendría cuando muchas de las organizaciones que financian estos proyecte se den cuenta que los recursos se quedan en los almacenes por que los precios que le ponen estas empresas son muy altos, como si estas empresas fueran los dueños de los recursos o peor, que GELMA quiere lucrar con los recursos de los proyectos. Al final los más afectados seremos todos los cubanas, pues estos proyectos están destinados a financiar productores agrícolas que producen para el pueblo cubano. No deseo que se publique este escrito, solo que le den solución. #somos Cuba# Somos Continuidad Dirección Institucional de Agroindustria el 28.09.2021 Estimado, hemos contactado con el Grupo Empresarial GELMA, esperamos sus respuestas. Gracias |
2021-03-11 11:08:44.416579 | Juan René Reynaldo el 11.03.2021, 11:08 a.m Más que una denuncia, lo que quiero formular es una queja que nos puede afectar a los trabajadores del colectivo al cual pertenezco, UEB Tecnoazucar Las Tunas, e incluso a la economía de nuestro País. Me quiero referir a los problemas que estamos presentando con el precio mayorista del azúcar crudo a granel para la exportación. A nuestro colectivo los diferentes precios que se nos ha orientado pagar, que creo que ya son 5, está trayendo problemas en la contabilidad y por lo que ha dicho la propia Ministra de ustedes, aún están por definir los precios a aplicar cuando la calidad no sea la máxima. Por tanto, a pocos días de concluir el primer trimestre esto podría provocar dificultades para el pago de utilidades, si que estas existieran. Se nos ha dicho por parte de nuestros superiores, que el precio máximo que aparece en la Resolución 15 se refiere al azúcar ensacada y de ser así, falta definir por ese Ministerio en del azúcar Granel, nuestro principal producto tangible que exportamos. Sobre lo que hemos visto hasta ahora, la intención de establecer un precio por t físicas, que por tanto va a estimular más la cantidad que se produzca que la calidad a que se obtenga, debe afectar nuestro comercio internacional, por tanto mi primer sugerencia es que consulten a Cubazucar en este sentido. Por otra parte, no se ha tenido en cuenta la norma Cubana de requisitos del azúcar crudo, pes esta define tres calidades diferentes y esto debería, de acuerdo con la política de ustedes, conllevar a tres precios para el producto, ya sea por t Base 96 o físicas, pues o es lo mismo producir azúcar buena que mala y la aplicación actual de un solo precio no estimula a elevar la calidad, que es lo que está pidiendo nuestro Partido y Gobierno y exigiendo el Mercado Internacional. Debe tenerse en cuenta que a este producto se aplican penalizaciones por incumplimientos por polisacáridos y en el Color ICUMSA y esto debe ser tenido presente en el precio a que se pague al productor. Cualquier duda o pregunta lo podrán realizar por mi correo, pues estoy interesado en que esto tenga una solución rápida y adecuada. Gracias, Juan rené Reynaldo S´nchez Especialista de Calidad UEB Tecnoazucar Las Tunas. Dirección Institucional de Agroindustria el 28.09.2021 Estimado Juan, hemos trasladado su queja a AZCUBA. Le solicito que nos actualice sobre este asunto que no damos por concluido. Gracias |
2021-03-11 09:24:32.12658 | Juan Rene Reynaldo el 11.03.2021, 09:24 a.m Más quecuna denuncia, lo que quiero plantear es una preocupacion que de no resolverse a tiempo, nos podría afectar en el tema de la estimulacion por utilidades Yo soy trabajador de la UEB Tecnoazucar Las Tunas, donde nuestrl principal producto a comercializar lo constituyecel azucar crudo a granel. Desde que inicio el año hemoscfecibudo Dirección Institucional de Agroindustria el 28.09.2021 Estimado Juan, espero que con la Resolución No. 124/21 se hayan satisfecho todas sus dudas sobre la distribución de utilidades. Gracias |
2021-01-26 13:11:26.920311 | RamonPRodriguez el 26.01.2021, 01:11 a.m El precio del pomo de refresco de 1,5lts a 90.00$¿? Establecimiento catering Aeropuerto Jose Marti terminal 1. Trabajo aqui, por favor no publiquen mis datos. Solo aclarenme si es correcto ese precio.gracias. Dirección Institucional de Turismo, Comercio y Servicios el 09.02.2021 Estimado Ramón: Los precios de venta de los líquidos en las instalaciones aeroportuarias, fueron analizados posterior a decretarse la Tarea Ordenamiento, atendiendo a los reclamos de la población, y los mismos deben ser revaluados nuevamente a partir de las indicaciones emitidas a las autoridades facultadas para establecer precios en esas instalaciones. En ese sentido, se debe disminuir el precio de venta del producto que usted señala en la Terminal No. 1 |
2021-01-14 10:52:04.963486 | Annia el 14.01.2021, 10:52 a.m Buenos días. Me dirijo a ustedes para mostrar mi inconformidad por el tratamiento que se pretende dar a los trabajadores de sucursales extranjeras a raíz de las nuevas resoluciones y decretos producto del Ordenamiento Monetario. 1- Se mezcla gratificación y salario a conveniencia. Hasta ahora la gratificación tiene un régimen en el cual no aplica para la formación de la jubilación, la solicitud de créditos bancarios y tributa por una Ley específica. Con el aumento de salarios dejamos de ganar 415 pesos y tenemos un salario acorde al resto de los profesionales del país, pero se nos toma como mínimo exento el salario y por el cual debemos tributar un 3%, mientras que la suma de la gratificación tributa por una escala progresiva, lo que nos genera un aumento significativo de los impuestos en el momento en que el país está sufriendo una inflación y aumento de precios por el Ordenamiento Monetario. 2- Es injusto y contraproducente pagar el mismo impuesto sobre ingresos personales de dos maneras distintas. Deben mantener las condiciones como al resto de los contribuyentes o considerar la gratificación como salario, y ello nos permitiría tributar como el resto de los trabajadores de la Zona, de las empresas Constructores y todas aquellas que no tengan límite de salario. 3- La ONAT debe reconocer para este sector el gasto del 10% de los ingresos, como al resto de las formas de gestión. 4- La gratificación tiene que contar para la jubilación y para los créditos bancarios, impuestos bastantes altos se tributan por recibirla y está mal que el Estado haga de cuenta que no existe una vez recibidos los tributos correspondientes. 5- Los pagos por concepto de almuerzo, teléfono y gasolina deben ser descontados de la base imponible. 6- Con un salario de 10000 cup mensuales, por las nuevas medidas impositivas un trabajador de este sector tendrá que tributar más del 41% de lo que recibe, ¡es de locos! Un trabajador por cuenta propia, de una cooperativa gana más, posiblemente realice un trabajo con muchas menos responsabilidades y tributa mucho menos. Sin contar que un trabajador del Sistema Empresarial pagará solo el 10%. 7- En España el impuesto promedio del 21.4% y el máximo del 43.5%. En Alemania el impuestos medio es de 39.3%, En Reino Unido de 23.3%, en Francia 27.3%, en Estados Unidos del 24%. ¿Cómo es posible que con un ingreso tan pequeño en Cuba que dista de satisfacer todas las necesidades, se tribute más que en estos países desarrollados? Considero que acorde a la política de revisiones que está llevando el país, cuando algo ha estado sobredimensionado como el precio de la electricidad, los medicamentos, el agua y hasta el helado, se revise y se nos responda de manera oportuna. Al tanto de su respuesta le saluda, Annia Rodríguez. Dirección de Política de Ingresos el 03.02.2021 Los trabajadores de sucursales extranjeras, por las gratificaciones que reciben, pagan el Impuesto sobre los ingresos personales en correspondencia con lo establecido en la Resolución No. 335 de 2020, del Ministerio de Finanzas y Precios. En este caso se aplica el impuesto a dos fuentes de ingresos: a los que recibe por su salario y los ingresos adicionales por concepto de gratificación. Los ingresos salariales se gravan en correspondencia con lo establecido en la Resolución No. 310/2020, en la que se reconoce un mínimo exento de 3260.00 pesos mensuales, por los que no paga el tributo; es decir, solo se gravan los ingresos mensuales que superan esa cuantía. En este caso se aplica una escala con dos tipos impositivos, el 3% y del 5%, para los ingresos que excedan los 3 260.00 pesos y los 9 510.00 pesos respectivamente. Por estos ingresos no se realiza liquidación anual mediante declaración jurada. Por los ingresos recibidos como gratificación debe realizar pagos al cierre de los tres primeros trimestres del año y la liquidación anual del impuesto mediante declaración jurada al cierre de año, aplicando la escala progresiva establecida en la Ley No. 113 del Sistema Tributario. En este caso, para el cálculo del impuesto no se reconoce deducción alguna por concepto de gastos, al tratarse de gratificaciones para cuya obtención no se incurre en gastos. De otra parte, el mínimo exento es considerado en relación con el salario recibido por la relación contractual de trabajo, y no se descuenta en la presentación de la declaración jurada Atentamente MFP. |
2021-01-14 10:42:11.412011 | Juan Miguel el 14.01.2021, 10:42 a.m Soy trabajador de una sucursal extranjera y tengo dudas en lo que se explicaba en la mesa redonda de ayer (13.01.21) ¿Por qué se dice (según explicaba Yoandra Cruz ViceJefa 1ra de la ONAT ) que si nuestro remuneración lo conforman ,el salario devengado por nuestra agencia empleadora más la gratificación que recibimos(este ultimo tambien es un salario , lo obtenemos trabajando , no se obtiene de la nada)? , ¿Por qué no se considera de igual forma aplicar los impuestos sobre los ingresos personales del 3 y el 5 % más la seguridad social en la gratificación y no aplicarnos la escala progresiva de la ley 113 sin minimos excentos. Solo se nos aplica al 1ero (salario pagado por la agencia empleadora) y se manteniene la escala progresiva en el segundo(gratificación) sin deducción alguna en un momento donde la realidad económica es tan compleja y donde perfectamente se puede comprobar los tributos que aportamos al país . Gracias espero atentamente respuesta. Dirección de Política de Ingresos el 03.02.2021 Los trabajadores de sucursales extranjeras, por las gratificaciones que reciben, pagan el Impuesto sobre los ingresos personales en correspondencia con lo establecido en la Resolución No. 335 de 2020, del Ministerio de Finanzas y Precios. En este caso se aplica el impuesto a dos fuentes de ingresos: a los que recibe por su salario y los ingresos adicionales por concepto de gratificación. Los ingresos salariales se gravan en correspondencia con lo establecido en la Resolución No. 310/2020, en la que se reconoce un mínimo exento de 3260.00 pesos mensuales, por los que no paga el tributo; es decir, solo se gravan los ingresos mensuales que superan esa cuantía. En este caso se aplica una escala con dos tipos impositivos, el 3% y del 5%, para los ingresos que excedan los 3 260.00 pesos y los 9 510.00 pesos respectivamente. Por estos ingresos no se realiza liquidación anual mediante declaración jurada. Por los ingresos recibidos como gratificación debe realizar pagos al cierre de los tres primeros trimestres del año y la liquidación anual del impuesto mediante declaración jurada al cierre de año, aplicando la escala progresiva establecida en la Ley No. 113 del Sistema Tributario. En este caso, para el cálculo del impuesto no se reconoce deducción alguna por concepto de gastos, al tratarse de gratificaciones para cuya obtención no se incurre en gastos. De otra parte, el mínimo exento es considerado en relación con el salario recibido por la relación contractual de trabajo, y no se descuenta en la presentación de la declaración jurada Atentamente MFP. |
2021-01-14 10:25:58.11496 | Yohandert el 14.01.2021, 10:25 a.m Buenos días Los trabajadores de sucursales extranjeras pagan un impuesto injusto. Pido que se revise este tema. Somos trabajadores estatales asalariados como los demás. Con el ordenamiento los salarios de los trabajadores en sucursales extrajeras (sumando salario de ACOREC y Gratificación) y los que no laboran en ellas son muy parecidos , pero el pago de impuesto es muy diferente, pido que se traten las gratificaciones de la misma forma que se trata el salario de ACOREC para el pago de la seguridad social y los impuestos, 5% para seguridad social y la escala progresiva de 3% y 5% para los impuestos. Saludos y gracias por su atención. Dirección de Política de Ingresos el 03.02.2021 Los trabajadores de sucursales extranjeras, por las gratificaciones que reciben, pagan el Impuesto sobre los ingresos personales en correspondencia con lo establecido en la Resolución No. 335 de 2020, del Ministerio de Finanzas y Precios. En este caso se aplica el impuesto a dos fuentes de ingresos: a los que recibe por su salario y los ingresos adicionales por concepto de gratificación. Los ingresos salariales se gravan en correspondencia con lo establecido en la Resolución No. 310/2020, en la que se reconoce un mínimo exento de 3260.00 pesos mensuales, por los que no paga el tributo; es decir, solo se gravan los ingresos mensuales que superan esa cuantía. En este caso se aplica una escala con dos tipos impositivos, el 3% y del 5%, para los ingresos que excedan los 3 260.00 pesos y los 9 510.00 pesos respectivamente. Por estos ingresos no se realiza liquidación anual mediante declaración jurada. Por los ingresos recibidos como gratificación debe realizar pagos al cierre de los tres primeros trimestres del año y la liquidación anual del impuesto mediante declaración jurada al cierre de año, aplicando la escala progresiva establecida en la Ley No. 113 del Sistema Tributario. En este caso, para el cálculo del impuesto no se reconoce deducción alguna por concepto de gastos, al tratarse de gratificaciones para cuya obtención no se incurre en gastos. De otra parte, el mínimo exento es considerado en relación con el salario recibido por la relación contractual de trabajo, y no se descuenta en la presentación de la declaración jurada Atentamente MFP. |
2021-01-14 10:25:27.505014 | Alain Fuentes el 14.01.2021, 10:25 a.m Sobre los impuestos de ingresos personales a personal de sucursales extranjeras. -No estoy de acuerdo con que se apliquen 2 escalas diferentes de pago de impuestos (una escala para salario de ACOREC y otra escala para gratificaciones) y que además no se consideren las gratificaciones como salario. -Mi criterio es que se debe considerar todo como salario, pagar seguridad social sobre las gratificaciones y pagar todos los impuestos sobre ingresos personales por una única escala. -Con las nuevas medidas, somos de los trabajadores asalariados que hemos sido afectados en nuestra capacidad de pago, con lo que se dispuso en la nueva ley de pago de tributos. Dirección de Política de Ingresos el 02.02.2021 los trabajadores de sucursales extranjeras, por las gratificaciones que reciben, pagan el Impuesto sobre los ingresos personales en correspondencia con lo establecido en la Resolución No. 335 de 2020, del Ministerio de Finanzas y Precios. En este caso se aplica el impuesto a dos fuentes de ingresos: a los que recibe por su salario y los ingresos adicionales por concepto de gratificación. Los ingresos salariales se gravan en correspondencia con lo establecido en la Resolución No. 310/2020, en la que se reconoce un mínimo exento de 3260.00 pesos mensuales, por los que no paga el tributo; es decir, solo se gravan los ingresos mensuales que superan esa cuantía. En este caso se aplica una escala con dos tipos impositivos, el 3% y del 5%, para los ingresos que excedan los 3 260.00 pesos y los 9 510.00 pesos respectivamente. Por estos ingresos no se realiza liquidación anual mediante declaración jurada. Por los ingresos recibidos como gratificación debe realizar pagos al cierre de los tres primeros trimestres del año y la liquidación anual del impuesto mediante declaración jurada al cierre de año, aplicando la escala progresiva establecida en la Ley No. 113 del Sistema Tributario. En este caso, para el cálculo del impuesto no se reconoce deducción alguna por concepto de gastos, al tratarse de gratificaciones para cuya obtención no se incurre en gastos. De otra parte, el mínimo exento es considerado en relación con el salario recibido por la relación contractual de trabajo, y no se descuenta en la presentación de la declaración jurada Atentamente MFP. |
2021-01-14 10:07:47.126601 | Hermes el 14.01.2021, 10:07 a.m Soy trabajador de una sucursal extranjera y mis preguntas son las siguientes con respecto al tributo annual de las gratificaciones: 1. ¿Por qué nos eliminaron el mínimo exento? 2. ¿Por qué nos el 10% del gasto deducible? 3. ¿Por qué si somos trabajadores estatales, tenemos la tabla de la escala progresiva? Y si han subido los precios alrededor de 4 veces su valor, ¿por qué no cambiaron en correspondencia los valores de dicha tabla? Dirección de Política de Ingresos el 02.02.2021 los trabajadores de sucursales extranjeras, por las gratificaciones que reciben, pagan el Impuesto sobre los ingresos personales en correspondencia con lo establecido en la Resolución No. 335 de 2020, del Ministerio de Finanzas y Precios. En este caso se aplica el impuesto a dos fuentes de ingresos: a los que recibe por su salario y los ingresos adicionales por concepto de gratificación. Los ingresos salariales se gravan en correspondencia con lo establecido en la Resolución No. 310/2020, en la que se reconoce un mínimo exento de 3260.00 pesos mensuales, por los que no paga el tributo; es decir, solo se gravan los ingresos mensuales que superan esa cuantía. En este caso se aplica una escala con dos tipos impositivos, el 3% y del 5%, para los ingresos que excedan los 3 260.00 pesos y los 9 510.00 pesos respectivamente. Por estos ingresos no se realiza liquidación anual mediante declaración jurada. Por los ingresos recibidos como gratificación debe realizar pagos al cierre de los tres primeros trimestres del año y la liquidación anual del impuesto mediante declaración jurada al cierre de año, aplicando la escala progresiva establecida en la Ley No. 113 del Sistema Tributario. En este caso, para el cálculo del impuesto no se reconoce deducción alguna por concepto de gastos, al tratarse de gratificaciones para cuya obtención no se incurre en gastos. De otra parte, el mínimo exento es considerado en relación con el salario recibido por la relación contractual de trabajo, y no se descuenta en la presentación de la declaración jurada Atentamente MFP. |
2021-01-14 09:01:58.433671 | yunior el 14.01.2021, 09:01 a.m porque en pescavilla en villa clara hay precios tan abusivos? se ha denunciado esta situacion por todos los medios, incluido el NTV y no ha habido pronunciamiento de ningun tipo, ni siquiera tratando de justificar los precios execivos de sus productos. Dirección Institucional de Agroindustria el 28.09.2021 Estimado Yunior, los precios con la Tarea Ordenamineto deben incrementarse. Se contactó con el GEIA y me informan que se reducen un 20% en Villa Clara. Por favor nos puedes contactar otras vez. Gracias |
2021-01-14 08:20:06.629374 | Sorisley Grant el 14.01.2021, 08:20 a.m Quería saber por qué los compañeros de sucursales extranjeras tenemos que tributar tanto dinero a la Onat sin ningún beneficio? Ya la firma paga un monto por la contratación de cada uno de nosotros que antes se multiplicaba por 1, hoy es x 24, lo que implica un gran monto de dinero. Dentro de la escala salarial no somos de los más beneficiados, el costo de la vida ha subido tanto que a penas dará para terminar el mes. La gratificación que recibimos en la gran mayoría de mi empresa no es una gran suma, y encima de eso x ellos tenemos que tributar sin derecho al % exento ni a una cantidad deducible. Sacas la cuenta y es más favorable trabajar en una empresa cubana dónde en muchas ocasiones, por no decir en la gran mayoría es sin presión alguna comparado con las exigencias capitalistas del empleador extranjero. Pienso que el país necesita de estás sucursales extranjeras y más en el momento que vivimos hace años, dónde somos bloqueados y gracias a estás asosiaciones con otros países se hace más llevadera la situación. Si no dan ningún beneficio al trabajador, como podrán sustentar estás negociaciones. Dirección de Política de Ingresos el 02.02.2021 Estimada Sorisley: En el caso de los trabajadores de sucursales extranjeras, por las gratificaciones que reciben, pagan el Impuesto sobre los ingresos personales en correspondencia con lo establecido en la Resolución No. 335 de 2020, del Ministerio de Finanzas y Precios. En este caso se aplica el impuesto a dos fuentes de ingresos: a los que recibe por su salario y los ingresos adicionales por concepto de gratificación. Los ingresos salariales se gravan en correspondencia con lo establecido en la Resolución No. 310/2020, en la que se reconoce un mínimo exento de 3260.00 pesos mensuales, por los que no paga el tributo; es decir, solo se gravan los ingresos mensuales que superan esa cuantía. En este caso se aplica una escala con dos tipos impositivos, el 3% y del 5%, para los ingresos que excedan los 3 260.00 pesos y los 9 510.00 pesos respectivamente. Por estos ingresos no se realiza liquidación anual mediante declaración jurada. Por los ingresos recibidos como gratificación debe realizar pagos al cierre de los tres primeros trimestres del año y la liquidación anual del impuesto mediante declaración jurada al cierre de año, aplicando la escala progresiva establecida en la Ley No. 113 del Sistema Tributario. En este caso, para el cálculo del impuesto no se reconoce deducción alguna por concepto de gastos, al tratarse de gratificaciones para cuya obtención no se incurre en gastos. De otra parte, el mínimo exento es considerado en relación con el salario recibido por la relación contractual de trabajo, y no se descuenta en la presentación de la declaración jurada. Atentamente MFP. |
2021-01-10 19:17:07.280332 | Yunierky el 10.01.2021, 07:17 a.m El tema es sencible pq el cubano necesita la carne de cerdo, y es necesario q se revisen los precios de los alimentos para cerdos q están contratados con la EES, pq los mismos frenan la crianza animal y el descontento de los productores, cuando se analicen los mismos con respecto al precio de venta del animal a 80 kg para el cárnico, dan pérdidas sin incluir los gastos por mano de obra, electricidad y transportación, esperamos que los analicen y bajen los.mismos pq sería la única manera q en este año se pueda poner la carne y los derivados del cerdo en la.mesa del cubano. Un saludo. Dirección Institucional de Agroindustria el 25.08.2021 Estimado Yunierkis, algo tarde obvia comentar medidas que se han adoptado. Como productor si bien los insumos pueden resultarte caro, los precios de venta pueden fijarse en cada provincias de manera que cubran los costos y genere utilidades. |
2021-01-07 18:43:33.370088 | Jose luis el 07.01.2021, 06:43 a.m En el ditu de 114 y 31 no aceptan cuc Dirección Institucional de Turismo, Comercio y Servicios el 08.02.2021 Estimado Jose Luis: Como parte de la Tarea de Ordenamiento, se dispuso que a partir del 1ro de enero del 2021, se mantendrían por un término de 6 meses, una selección de Tiendas, aceptando el CUC como medio de pago para las compras efectudas por la población. En ese sentido, las entidades de Palmares, incluidos los Ditú, que brindan servicio de gastronomía y no son Tiendas , no están incluidas en la selección que se mantendrían aceptando el CUC como medio de pago por las compras efectuadas. |
2021-01-04 19:43:24.58047 | Israel el 04.01.2021, 07:43 a.m El precio del Peaje de Varadero aprobado en la tarea ordenamiento monetario es un abuso y va en contra del libre movimiento establecido en la constitución. Dirección de Política de Ingresos el 02.02.2021 El precio del Peaje en Varadero es totalmente legal, las cuantías cobradas antes del ordenamiento monetario eran irrisorías y su incremento responde a las nuevas condiciones económicas y sociales del país. No obstante se están recogiendo las preocupaciones de la polación sobre este tema para tomar las medidas que correspondan. Atentamente MFP. |
Oreste el 03.12.2021, 05:45 a.m
Buenas tardes.... yo trabajo en el puerto de La Habana.... en el puerto "Andrez González lines" más conocido como el 21 lugar donde a diario se mueven millones de pesos no en moneda sino en comida para el pueblo.... trabajamos día a día sin descanso dia y noche y nunca en todo este tiempo hemos cobrado unas utilidades... no sabemos que es eso.... en fin, no tengo el derecho que dicen por el televisor que debo tener.... en el puerto somos unos perros
Dirección de Política Financiera el 16.08.2022
Estimado, La Dirección de la empresa de conjunto con la sección sindical estan en la obligación de explicar a sus trabajadores la causa del no pago de las utilidades, pq conocemos del esfuerzo y sacrificio que realizan los trabajadores del puerto para descargar los suministros alimentario dirigidos al pueblo. Saludos