Gaceta Oficial N° 8: Sobre la aplicación del impuesto por la ociosidad de las tierras agrícolas y forestales durante el 2023.


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La Gaceta Oficial No. 8 Extraordinaria de 6 de febrero de 2023 publica la Resolución 14/2023 del Ministerio de Finanzas y Precios que ratifica la aplicación del Impuesto por la Ociosidad de tierras Agrícolas y Forestales en los mismos términos y condiciones que se venía aplicando según lo dispuesto en la Ley 113 “Del Sistema Tributario”, la Resolución 15 del 2018 y la ley 157 “Del Presupuesto del Estado para el año 2023”.

A partir del año 2023, los aportes que se generen por este concepto, se ceden a los presupuestos municipales, por lo que deberán ingresarse por quienes corresponda al párrafo 071042  “Impuesto por la ociosidad de tierras agrícolas y forestales” del vigente Clasificador de Recursos Financieros del Presupuesto del Estado.

Para consultar esta Norma Complementaria puede acceder al apartado Publicaciones de este sitio web o descargarla aquí.


MINISTERIO DE FINANZAS Y PRECIOS

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28.06.2020

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