| 2024 |
BEN-0329-24 Exime del pago del Impuesto Aduanero, hasta el 31 de diciembre de 2025, a los actores económicos que importen mercancías con destino a procesos productivos o para su aseguramiento a esas producciones, prorrogada ésta por la Resolución 21, de 11 de noviembre de 2024, hasta que las condiciones económicas lo demanden. En su Anexo está la lista de mercancías exentas del pago del Impuesto. |
| 2024 |
BEN-0330-24 Otorga una bonificación en el pago del Impuesto Aduanero del cincuenta por ciento (50%), hasta el 31 de diciembre de 2025, por la importación de mercancías con destino a procesos productivos agropecuarios y alimentarios o el aseguramiento a esas producciones, a entidades del Grupo AZCUBA y el Ministerio de Industria, prorrogada ésta por la Resolución 23, de 3 de febrero de 2026. En su Anexo está la lista de mercancías exentas del pago del Impuesto. |
| 2024 |
BEN-0331-24 Otorga una bonificación en el pago del Impuesto Aduanero del cincuenta por ciento (50%), hasta el 31 de diciembre de 2025, por la importación de mercancías con destino a procesos productivos agropecuarios y alimentarios o el aseguramiento a esas producciones, a entidades del sistema del Ministerio de la Industria Alimentaria, prorrogada ésta por la Resolución 23, de 3 de febrero de 2026. En sus anexos, del 1 al 12, está la lista de mercancías exentas del pago del Impuesto. |
| 2024 |
BEN-0332-24 Exime del pago del Impuesto Aduanero, hasta el 31 de diciembre de 2025, a las empresas importadoras que se relacionan en el Anexo 38, por la importación de mercancías con destino a procesos productivos agropecuarios y alimentarios o el aseguramiento a esas producciones, en el sistema del Ministerio de la Agricultura, prorrogada ésta por la Resolución 24, de 3 de febrero de 2026. En sus anexos, del 1 al 37, está la lista de mercancías exentas del pago del Impuesto. |
| 2024 |
BEN-0328-24 Bonificar el pago del Impuesto Aduanero a las importaciones de materias primas, insumos y bienes intermedios, con destino a procesos productivos, con especial enfoque hacia la producción de alimentos y la producción agropecuaria, consistente en la reducción de su tipo impositivo en un cincuenta por ciento (50 %). La bonificación se instrumenta puntualmente, a partir de la autorización emitida por este Ministerio, previa solicitud del referido beneficio. |
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