Consultas Año  2017 [394]

Mercedes el 29.12.2017, 03:11 a.m

Buenas, por favor de ser posible necesito que se me envien las siguientes resoluciones: Resolución v188/98 del Ministerio de Finazas y Precios, Resolución 410/11 y la Rersolución 38/ 31 de enero de 2013. Gracias de antemano

Yanet el 29.12.2017, 11:33 a.m

Qué resolución ampara el precio de la cerveza windmill, importada

Dirección Institucional de Turismo, Comercio y Servicios el 23.02.2018, 10:24 a.m

Estimado Usuario, los precios en CUC de las cervezas importadas, se aprueban por los jefes máximos de las entidades que la comercializan (CADENAS DE TIENDAS), acorde a los establecido en la Res No. 531/2015 de este Ministerio. Las únicas cervezas importadas que tienen precios aprobados por el Ministerio de Finanzas y Precios mediante la Resolución No. 195/2016, son: Brahman, Presidente y Heineken.Gracias

Yanet el 29.12.2017, 11:33 a.m

Qué resolución ampara el precio de la cerveza windmill, importada

Dirección Institucional de Turismo, Comercio y Servicios el 23.02.2018, 10:11 a.m

Estimado Usuario,los precios en CUC de las cervezas importadas, se aprueban por los jefes máximos de las entidades que la comercializan (CADENAS DE TIENDAS), acorde a los establecido en la Res No. 531/2015 de este Ministerio. Las únicas cervezas importadas que tienen precios aprobados por la el Ministerio de Finanzas y Precios mediante la Resolución No. 195/2016, son: Brahman, Presidente y Heineken.Gracias

Rene Gonzalez Rodriguez el 28.12.2017, 10:18 a.m

Nesecito por favor la ultima resolucion del clasificador de cuentas.. Feliz Año Nuevo y Muchas Gracias !!!

José Antonio Téllez Medina el 27.12.2017, 02:57 a.m

Qué legislación regula las tarifas que una empresa importadora debe cobrar a un cliente nacional por el servicio de contratación y gestión de Proyectos durante el proceso inversionista?

Dirección Gral. de Atención Institucional el 07.06.2018, 09:48 a.m

La regulación que establece el cobro del servicio de contratación de proyectos para procesos inversionistas es Estimado Usuario, la Instrucción No. 7 del 2005 del MFP que en el 2do párrafo del apartado Quinto hace referencia a que la parte contratante, en este caso el inversionista o cliente ( según responsabilidades descritas en el Decreto 327/2016), en su relación con personas jurídicas o naturales extranjeras, empresas de capital mixto y Asociaciones Económicas Internacionales se aplicaran tarifas convenidas por acuerdo entre las partes teniendo en cuenta las tarifas del área de competencia. Gracias por consultarnos

osnielys taylor el 21.12.2017, 10:31 a.m

Hola,mi nombre es osnielys taylor ci 82120909023 y llevo 4 anos fuera de cuba tengo residencia en suecia y por cuestiones de trabajo aquí en suecia necesito demostrar que no tengo ninguna deuda con el estado cubano antes de yo venir para suecia yo trabaja como cuenta propista en el oficio de reparación de equipos electrodoméstico , gracias de atemanos . feliz navidad

Asesoria Juridica CECMED el 20.12.2017, 10:37 a.m

Estamos necesitados de la Resolucion No. 235/2015 y su anexo, como podriamos obtenerlo? Gracias.

Greys el 19.12.2017, 10:38 a.m

Quisiera acceder a toda la legislación vigente sobre la aplicación del PRECONS II. ¿No está publicada en esta página? ¿este sistema es aplicable a las formas de gestión no estatal?.

Dirección de Política de Ingresos el 16.02.2018, 10:59 a.m

Estimado Usuario.Las regulaciones del PRECONS II se emplean como referentes en la contratación de servicios constructivos a las formas de gestión no estatal. En estos casos se deben apegar al contrato, y en el mismo emplear como referente los términos del PRECONS II. No hay una disposición que obligue a su empleo en términos absolutos.Gracias

olga lidia martin el 18.12.2017, 04:26 a.m

definicion de repuestos criticos

Dirección Institucional de Industria el 09.02.2018, 12:36 a.m

Estimado usuario,por favor debe esclarecer su consulta , Gracias

marcos el 18.12.2017, 03:03 a.m

necesitamos saber si la resolución 474 del 2002 esta vigente, gracias

Dirección Jurídica el 12.02.2018, 04:22 a.m

Estimado Usuario,se le comunica que la Resolución No. 474 de 2002, de este Ministerio, se encuentra vigente. Gracias

Dayma el 18.12.2017, 11:08 a.m

Resolución 170 de 2016

Gabriela el 15.12.2017, 05:15 a.m

Me gustaría conocer sobre la Resolución 503/2014, Esta resolución deroga a la Resolución 44/2006 y esta a su vez modifica a la Resolución 138/2000. Tengo necesidad de consultarla y no aparece en la Gaceta Oficial, me podrían ayudar, por favor.

Dirección Jurídica el 23.01.2018, 10:39 a.m

Estimado usuario, a vuelta de correo le enviamos la Resolución solicitada,gracias por consultarnos

Frank el 15.12.2017, 04:56 a.m

Cuales son los servicios que puede prestar y en que moneda, el Registro de Constructores, Contratistas, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba.

Dirección de Política de Ingresos el 09.02.2018, 12:57 a.m

Estimado usuario, debe remitirse al Ministerio de la Construcción(MICONS) , Gracias

Roberto Mederos Soto el 15.12.2017, 03:32 a.m

Necesito saber si la Norma No. 8 (MODIFICADA) NORMAS DE TOLERANCIAS O DESVIACIONES PERMISIBLES del antiguo comite estatal dev finanzas mantiene su actualidad?si no es asi, qué la sustituyo y si me la opudieran enviar. Roberto Cimex

vmederos el 15.12.2017, 02:46 a.m

Favor de enviar instruccion 7 de 2005 sobre Metodología del Ministerio de Finanzas y Precios utilizada por la Oficina Técnica para la formación de precios de las Tarifas de Servicios de Proyección, Ingeniera, Investigaciones Ingenieras aplicadas a la Construcción y otros Servicios Técnicos

Argelio Tamayo el 15.12.2017, 01:10 a.m

Quisiera obtener la resolución 233/2004 del MFP sobre el cobro de pasajeros

Dirección Jurídica el 12.02.2018, 04:19 a.m

Estimado Usuario,con relación a la solicitud realizada, se le comunica que no es posible acceder a la misma, en tanto la Resolución descrita regula aspectos internos de este Ministerio, y tampoco fue posible identificarla por el contenido descrito por usted (cobro de pasajeros); por lo que se le significa que precise la numeración y fecha correctas o amplíe la descripción del contenido de la misma, a los efectos que pueda ser identificada. Gracias

eudy el 15.12.2017, 09:25 a.m

Hola: De acuerdo a su respuesta como la tarjeta es de la empresa y no personal debemos inferir que el trabajador pierde ese dinero, que según el resuelvo 9 de la resolución 267/2014 del ministerio de finanzas y precios se le debió anticipar en efectivo. ¿La empresa puede transferir ese dinero a una cuenta de cuc personal? ¿La empresa puede anticipar la cuc+cup en efectivo como establece la resolución 267/2014? Recordar que hablamos del esquema mixto cuc + cup En ningún lugar de la resolución 267/2014 se habla de tarjeta, no he podido encontrar la indicación que obliga a las empresas a ir hacia la tarjeta. ¿Cómo la empresa le devuelve al trabajador ese dinero que está en la tarjeta de la empresa y que razones ajenas a la voluntad del trabajador no se pudo ejecutar y legalmente le pertenece?. Si RESOLUCION CONJUNTA No. 1/98 del Ministerio de Economía y Planificación y Ministerio de Finanzas y Precios del 30 de marzo de 1998 no se ha derogado y plantea lo siguiente RESOLVEMOS PRIMERO: Las Empresas Estatales y las sociedades privadas cubanas, incluyendo las que aparecen registradas en otros países, no podrán efectuar el pago de dietas en moneda libremente convertible dentro del territorio nacional bajo ninguna de sus modalidades: efectivo, vouchers o cheques de viajeros u otros medios de pago en divisas; y por consiguiente están obligadas a ajustarse en cuanto a las condiciones de otorgamiento de las dietas en moneda nacional que establece la Resolución conjunta de los ministerios de Economía y Planificación y de Finanzas y Precios de 22 de enero de 1997, y del Procedimiento que se adjunta a la presente Resolución, formando parte de la misma. ¿Cómo es posible que la resolución 267/2014 del ministerio de finanzas y precios autorice las dietas en divisas y la antes mencionada resolución conjunta la prohíbe? Aclarar que la resolución conjunta 1/98 hace referencia a una resolución que ya fue derogada por RESOLUCIÓN CONJUNTA No. 01/2014 MFP-MEP en el R e s o l v e m o s: PRIMERO: Derogar las resoluciones conjuntas No. 1, de fecha 22 de enero de 1997, y No. 2, de fecha 9 de agosto de 2000, ambas emitidas por los ministros de Economía y Planificación y Finanzas y Precios.

Dirección de Política Financiera el 22.02.2018, 10:54 a.m

El consultante debe aclarar su duda, no obstante respondemos a lo planteado: el resuelvo 9 de la Res No. 267/2014, plantea "justificar mediante comprobantes, el importe que se entrega en efectivo para hospedaje. En los casos que el hospedaje se realice en instalaciones no administradas por entidades estatales, el justificante debe contener los siguientes datos (se detallan). O sea con relación al hospedaje siempre hay que presentar el justificante del gasto sea pagado con tarjeta o con efectivo, lo no utilizado de los montos autorizados hay que devolverlos. El trabajador no justifica el gasto de alimentación. Las entidades que están autorizadas a otorgar las dietas en CUC por el MEP, son las que aplican lo establecido en el resuelvo 3 de esta Resolución, si la entidad no está autorizada aplica lo establecido en el resuelvo 2. Debe conocer que los gastos por el pago de las dietas a los trabajadores no implica un incremento de los presupuestos aprobados a las entidades. La empresa es la que determina a partir de lo autorizado como realiza el pago de la dieta a los trabajadores. En los resuelvos 4 y 7, se da la posibilidad de que las entidades estatales y las sociedades mercantiles de capital ciento por ciento cubano contraten los servicios de alimentación y alojamiento u hospedaje utilizando los instrumentos de pago vigente y uno de ellos es la tarjeta. El dinero que se entrega al trabajador para dieta no le pertenece legalmente es de la entidad que lo tiene consignado en su presupuesto, el trabajador no justifica el gasto de alimentación por lo que si no consume todo lo otorgado por día de viaje se quea con ese remanente, pero si tiene que justificar el gasto de alojamiento y por tanto lo no utilizado lo devuelve a la entidad. La empresa no puede transferir ningún dinero a una cuenta de cuc personal. La Res Conjunta No. 1-1998 MEP-MFP, está derogada y salió publicada en la Gaceta Oficial Extraordinaria No. 32 del 15 de julio de 2014, de conjunto con las nuevas normas aprobadas para las dietas. Gracias

Henry el 14.12.2017, 09:10 a.m

Muy buenas noches, Me encantaría saber que tipo de negocio mixto, o empresa por cuenta propia puedo iniciar en la provincia de Santiago de Cuba. Cuales son los requisitos a seguir, que documentos necesito. Si son tan amables me encantaria que me enviaran una guia al respecto. Cordialmente, Henry

Dirección de Tesorería y Crédito Público el 09.02.2018, 11:21 a.m

Estimado Usuario, ud. debe dirigir su consulta al Ministerio del Comercio Exterior ( MINCEX)

Roberto Mederos Soto el 14.12.2017, 01:33 a.m

Necesitamos saber si se mantiene vigente la norma 8 "NORMAS DE TOLERANCIAS O DESVIACIONES PERMISIBLES" de 1988 del antiguo Comité Estatal de Precios, Dirección de Inspección? si esta derogada, qué la sustituye? Atentamente, S/Roberto

Dirección Jurídica el 22.02.2018, 11:21 a.m

Estimado Usuario,con relación a la consulta realizada se le comunica que la Resolución No. 158 de 2011, dispuso la derogación de las normas emitidas por el extinto Comité Estatal de Precios.Gracias

Maria Elena el 14.12.2017, 11:17 a.m

Al pago de las becas e nel sector artistico se les descuenta el 5% y esto se declara cuando se haga la declaración e impuestos.

Dirección Jurídica el 16.02.2018, 11:03 a.m

Estimado Usuario.Los financiamientos de becas otorgados por el MINCULT, la AHS, no están gravados con impuestos.Gracias

Yordani el 14.12.2017, 10:55 a.m

Hola necesito que me envíen la resolución no. 341 del 2017... Gracias y saludos

Liset Veitía Mederos el 13.12.2017, 03:58 a.m

Buenas tardes, no tengo interés en que la consulta sea publicada aunque pudieran hacerlo si lo consideran pertinente. Mi duda es la siguiente: Si una empresa está multada, uso los términos que utilizaron con mi esposo, ¿Se le afecta al trabajador el salario básico? Si la respuesta fuera negativa, por favor, explíquenme cómo debe procederse en una empresa multada en relación con el salario de los trabajadores. Gracias

Dirección Jurídica el 09.02.2018, 11:48 a.m

Estimado Usuario, Ud. debe dirigirse al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS).Gracias

Raikov Santana el 13.12.2017, 01:43 a.m

Hola: Soy un profesional de la Construcción especificamente trabajo en la elaboración de presupuestos, quisiera hacer la consulta sobre la Resolución No.368-2010. ¿Existe una actualización de los precios de materiales de la construcción para el mercado mayorista? Por favor necesito una referencia de precios de materiales de la construcción lo más actual posible para realizar un presupuesto fiel a los momentos que estamos viviendo.

Dirección Gral. de Atención Institucional el 07.06.2018, 09:38 a.m

Estimado Usuario,La Resolución No.368/2010 quedó derogada a partir de la aprobación de regulaciones de mayor jerarquía como es el Decreto 300 de fecha 25 de mayo de 2012 y la Resolución 38/13 del MFP las que dieron lugar al proceso de descentralización de facultades, aprobándose para el MICONS la Resolución No.310/ 2013 que faculta a los jefes máximos de las empresas y a otras entidades con personalidad jurídica propia, subordinadas al Ministerio de la Construcción, que producen y/o prestan servicios técnico-productivos especializados, para aprobar sus precios mayoristas y tarifas en pesos cubanos (CUP) y su componente en pesos convertibles (CUC), exceptuando aquellos cuya aprobación esté centralizada en el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros o en el MFP. Gracias por consultarnos

juana formoso lópez el 12.12.2017, 08:20 a.m

buen dia como puedo adquirir o copiar las res. no. 1 conjuntas MEP-MFP relacionadas con las fichas de precios, pues no acabo de poder tenerlas ni por la gaceta oficial salen, asi como otras q son normas complementarias comunes de alta importancia.

Dirección Jurídica el 12.02.2018, 04:11 a.m

Estimado usuario , le enviamos a su correo la resolución solicitada, gracias por consultarnos

Pablo Bernabe Diaz Arteaga el 11.12.2017, 01:28 a.m

Necesitamos actualizarnos en materia de precios para los equipos medicos producidos en nuestra entidad que se corresponda con nuestras realidades. Actualmente la guia que disponemos es de la Resolucion 240/2012 del MFP para el MIC y actualmente pertenecemos a OSDE BIOCUBAFARMA. Carecemos de las herramientas para ejecutar los estudios de costos. Esperando de su atencion queda suyo, Pablo.

Dirección Gral. de Atención Institucional el 07.11.2018, 09:52 a.m

Se efectuó reunión con Pablo Director Económico de BioCubaFarma y Alejandro especialista principal que atiende los precios en el OSDE, abordando los temas de la consulta, la reunión se efectuó con la dirección de la empresa y con el compañero que presentó la duda al MFP dejando esclarecida los instrumentos que existe en el OSDE para valorar la construcción y evaluación de los equipos y medios producidos.

pablo el 11.12.2017, 01:28 a.m

Buenas tardes, deseo consultar si un extranjero puede obtener una licencia de arrendamiento de una casa en Cuba para alquilar a turistas extranjeros. En caso de ser viable cuales son los requisitos. Muchas gracias por su atencion

Dirección de Política de Ingresos el 16.02.2018, 11:05 a.m

Estimado Usuario,lo primero es que sea legalmente propietario de una vivienda en Cuba y lo otro ser residente permanente en el país para que pueda obtener una autorización para ejercer esa actividad. Para más detalles sobre los trámites a realizar usted debe contactar con la Dirección Municipal de Trabajo y Seguridad Social del municipio donde está ubicada la casa.Gracias

Luis Enrique Aguilar Espinosa el 11.12.2017, 12:40 a.m

Saludos, necesito saber como mandar el contrato para tener acceso a la WEB de ustedes.

Kamila Mercenario el 10.12.2017, 01:11 a.m

Me gustaría tener más información acerca de las finanzas y economías de Cuba, como lo son: indices de pobreza, desempleo, inflación, gasto publico, corrupción, etc,

Dirección de Política Financiera el 09.02.2018, 01:02 a.m

Estimado Usuario, Ud. debe dirigir su consulta a la Oficina Nacional de Estadísticas (ONEI), gracias

Madisleidy Avila Reyna el 09.12.2017, 02:09 a.m

Necesito la legislación vigente el cuanto a la tasación de Bienes que interesan sean liquidados tanto en el Caudal Hereditario como en la Liquidación de la Comunidad Matrimonial de bienes

Alex el 05.12.2017, 04:02 a.m

Sobre el pago del Impuesto de Ingresos personales tengo la siguiente duda: En el caso de que un trabajador no reciba su salario (menor a 2 500 pesos) de forma integra por alguna violación administrativa y reclame y se decida el pago retroactivo de lo dejado de percibir, y el total de eso sea superior a 5000 pesos, ¿Tiene el trabajador que pagar el Impuesto sobre ingresos personales en ese mes? NOTA: Recalco que los ingresos mensuales del trabajador están por debajo de 2500 pesos.

Dirección de Política de Ingresos el 16.02.2018, 11:09 a.m

Estimado Usuario,La norma establece que si en el mes iguala o supera los 2500 pesos debe cumplir con la legislación y pagar los tributos que dicha Resolución establece.Gracias

FRANK NOCHE el 02.12.2017, 11:45 a.m

Por favor si pudieran hacerme llegar Resolución que rige entrega de uniformes a trabajadores, para saber índice a descontar, gracias de antemano por su atención

Dirección Jurídica el 12.02.2018, 04:02 a.m

Estimado usuario , le enviamos la resolución solicitada, gracias por consultarnos

Beatriz el 30.11.2017, 09:57 a.m

Necesito me envíen a mi cuenta de correo dentro de sus posibilidades las Resoluciones 169/2012, P 33/2004, P 51/2004, pues las necesito por el tema de un contrato y no las tengo. le doy las gracias anticipadamente

Ivan el 29.11.2017, 08:27 a.m

Buenos dias. Soy trabajador de una sucursal extranjera radicada en cuba contratado por acorec y quisiera que me esclareciera cual es el procedimiento a seguir en relacion al pago de los impuestos sobre ingresos personales a partir de la suspencion del pago de los servicios recibidos de empresas cubanas a la sucursal y de las gratificaciones como resultado del no cumplimiento de la obligacion de pago por las empresas importadoras cubanas de las cartas de creditos vencidas, renegociadas y vencidas despues renegociadas desde Junio de 2016, lo que trajo consigo que a partir de octubre de 2017 se suspendiera el pago de gratificaciones y realizando un ajuste en la jornada de laboral con la agencia empleadora, en este caso mi pregunta seria ¿Tendria que pagar los impuestos en este ultimo trimestre del año?, ¿Como se refleja esto en la declaracion jurada?.

Dirección de Política de Ingresos el 19.02.2018, 03:15 a.m

Estimado Usuario,si no obtuvo ingresos en el cuarto trimestre del año por los conceptos que prevée la Resolución No. 181 de 2013 del MFP, solo tiene que declarar y liquidar el impuesto del año fiscal 2017 por los ingresos recibidos desde el primer trimestre al tercero, Debe tener bien clara su situación fiscal pues puede ser fiscalizado. Solo usted puede mantenerse al día en el pago de sus tributos y de conformidad con los ingresos reales recibidos.Gracias

Yosmany Velazco el 27.11.2017, 10:23 a.m

Para el caso de una entidad estatal que decide alquilar parte de un local a otra entidad estatal; por qué resolución podemos guiarnos para establecer la tarifa a cobrar y en qué moneda?. Saludos.

Dirección de Política De Precios el 07.03.2018, 11:32 a.m

Buenas Yosmany para el alquiler de locales debe tener en cuenta la Resolución No. 397/2014. gracias por consultarnos

Alejandro Herrera Rodríguez el 24.11.2017, 03:52 a.m

Buenas tardes, Necesito que me envíne a mi cuenta de correo si es posible la Resolución 169/2012 que debe tratar sobre la tarifa a cobrar por el alquiler de equipos de transporte; ya que en mi condicón de asesor jurídico tengo en mi poder un contrato de la ETEP Habana, la cual me enuncia esa resolución y discrepo sobre la vigencia de dicha norma. Si me puden ayudar a través de este medio estaría muy agradecido.

Rene el 24.11.2017, 02:04 a.m

Necesito una guia para llenar la planilla de la declaracion jurada de la ONAT (Artista Independiente)

Webmaster el 09.03.2018, 02:19 a.m

Estimado Usuario, Ud. debe dirigir su consulta al sitio www.onat.gob.cu/, gracias por consultarnos

Raiderf el 24.11.2017, 10:42 a.m

Necesidad de obtener Instrucción Nº 7 / 2005. Anexo Nº 1 o también obtener la metodolgía de formación de tarifas de los servicios de proyectos de ingeniería.

Guillermo el 24.11.2017, 10:30 a.m

PRECIOS INTERNACIONALES, ACTUALIZADOS DE LOS PRINCIPALES RENGLONES DE LOS PRODUCTOS AGROPECUARIOS

Roberto Rodríguez Serrano el 23.11.2017, 01:15 a.m

Buenas tardes estimados colegas, le escribe el Asesor Jurídico de la UAS Comunicaciones, con el objetivo de que me apoyen en la obtención de la siguiente legislación; Estoy dictaminando un contrato que se pretende renovar con la Empresa Cubana del GAS S.A, el que en su clausulado como forma de pago tiene establecido el cobro en USD, debido a que sólo posee cuenta en dicha moneda amparados en la Resolución 265 del 6 de junio de 2014, la cual necesito obtener copia y conocer, puesto que no operamos en USD. Atentamente y en espera de respuestas. Lic. Roberto Rodríguez Serrano. MINJUS 45527

Dirección Jurídica el 23.01.2018, 10:27 a.m

Estimado Usuario, a vuelta de correo enviamos la Resolución solicitada, gracias por consultarnos

Amparo Zuluet a Torres el 23.11.2017, 11:04 a.m

1. Se le pueden entregar a los trabajadores necesitados cubiertas de techo recuperadas de una inversion para remodelacion sin costo. 2. De ser negativa la respuesta cono deberia efectuarse el cobro? Gracias

Dirección Jurídica el 09.02.2018, 03:43 a.m

Estimado Usuario, su consulta no se corresponde con el encargo Estatal del MFP, gracias

carlos aspuru el 22.11.2017, 04:58 a.m

requiero la resolucion conjunta No. P-172 MFP/MEP sobre las tarifas de cubacontrol

Lic. Luis Esteban Pedraza Veitía el 22.11.2017, 01:47 a.m

Buenos tardes, un placer saludarle. Necesito saber, por favor, si está vigente la Resolución V-141, emitida el 14 de agosto de 1998, en el Ministerio de Finanzas y Precios; de estar derogada, qué norma la derogó y si se emitió otra que regule ese particular. A la espera de su respuesta, Cordialmente. Lic. Luis Esteban Pedraza Veitía Especialista A Normas y Técnicas Comerciales Dirección de Regulación del Mercado y Mercadotecnia Ministerio del Comercio Interior Teléfono: 78670056

Ana Maria LLorente Campos el 22.11.2017, 10:37 a.m

Buenos dias necesito la Resolucion del MFP donde se comunica el cambio de precios del combustible automotor del 20-1-15 y la Res. 50/17 referida a los precios del combustible. saludos Ana Ma

Dirección Jurídica el 22.02.2018, 11:36 a.m

La Resolución No. 50 de 2017, a la que hace referencia, no coincide con el contenido descrito, se trata de una Resolución que regula aspectos internos de este Ministerio. Gracias

Yordani. el 22.11.2017, 10:33 a.m

Necesitamos obtener la Resolución No. 29 de 2015 del Ministerio de Finananzas Y Precios. Saludos.

antonio barciela peña el 21.11.2017, 07:22 a.m

En la resolución No.20 del 2014 del Ministerio de Finanzas y Precios se establece la metodología para la formación de precios, al estudiarla vemos al final en el Resuelvo SEGUNDO que se derogan las resoluciones anteriores pero en el resuelvo TERCERO se plantea que la resolución entra en vigor en el momento de la unificación monetaria. En la resolución aparece lo siguiente: ……………………………………………………………………………………………SEGUNDO: Se derogan las resoluciones No. 21, de fecha 11 de agosto de 1999, No. 117, de fecha 24 de abril de 2000, No. 222, de fecha 24 de julio de 2000, la Instrucción No. 16, de fecha 10 de mayo de 2000, dictadas por el Ministro de Finanzas y Precios, así como la Resolución No. 249, de fecha 27 de agosto de 2010, todas dictadas por la que resuelve. TERCERO: La presente Resolución entra en vigor al momento en que se establezca la unificación monetaria. PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba. ARCHÍVESE el original en la Dirección Jurídica de este Ministerio. Dada en La Habana, a los 22 días del mes de enero de 2014. Lina Olinda Pedraza Rodríguez Ministra de Finanzas y Precios Cual es la resolucion Vigente que norma la formacion de precios para la exportación de servicios Gracias

Dirección de Política De Precios el 07.03.2018, 11:43 a.m

Buenas Antonio, como usted había mencionado en su duda, la Resolución 20/2014 tiene vigor a partir de la Unificación Monetaria, como todavía no estamos en ese escenario continuan vigente las Resoluciones que usted mencionaba, tener en cuenta que la resolución que esta vigente para la formación de son las resoluciones 21/99 y Resolución Conjunta 1/2005 MEP-MFP. Al tanto de cualquier aclaración, saludos.

arnaldo el 21.11.2017, 12:22 a.m

cual es la resolución que norma el pago de estadias en los puertos cubanos?????

Webmaster el 09.03.2018, 02:24 a.m

Estimado Usuario,Ud. debe dirigir su consulta al Sitio, www.aduana.gob.cu/ gracias por consultarnos

Lenka Hernández Almora el 21.11.2017, 09:45 a.m

Buenos días, solicito los documentos necesarios para el trabajo en caja, puntualmente manual de procedimientos, técnicas y nuevas resoluciones dictadas para el trabajo en la misma. También si puedo recibir alguna orientación respecto a la carrera universitaria de contabilidad estaría agradecida, atentamente,

fernando romeu caignet el 20.11.2017, 06:11 a.m

por favor soy asesor jurídico necesito las tarifas de servicios de la construcción o PRECONS. gracias.

Lic. Luis Esteban Pedraza Veitía el 20.11.2017, 02:14 a.m

Soy Especialista A, Normas y Técnicas comerciales de la Dirección de Regulación del Mercado y Mercadotecnia, del Ministerio del Comewrcio Interior. Por favor necesito me faciliten la Resolución No. 340, de fecha 27 de agosto de 2013, del Ministerio de Finanzas y Precios y me informen si está vigente la Resolución 141, emitida el 14 de agosto de 1998, del Ministerio de Fiananzas y Precio. A la espera de su respuesta, le saludo cordialmente.

Juan Carrazana Vinajera el 15.11.2017, 01:35 a.m

Buenas tardes, Las empresas de suministros agropecuario de Gelma, Ministerio de la Agricultura, reciben cemento para fines de reparación y mantenimientos constructivos de las instalaciones de empresas y bases productivas del MMINAG. Ese cemento se recibe al 50 % del precio minorista a población vigente y, por favor, necesitamos saber el marco regulatorio regulatorio que debe amparar la venta a dichas entidades. Agradecidos de antemano, saludos cordiales, Juan.

Dirección Gral. de Atención Institucional el 26.01.2018, 03:45 a.m

Estimado usuario, Los precios mayoristas del cemento con destino a entidades agropecuarias, que se comercializan a través de las empresas del Gelma, se aprobaron centralmente por el MFP, mediante la resolución No. 236 de 2015, como parte de la aplicación de una actualización a los precios de los insumos de las producciones agropecuarias, la venta minorista es similar al fijado en las tiendas minoristas de comercio, especializadas en materiales de la construcción, ejemplo: 130 pesos un saco de 50 kg de cemento. El impuesto por la venta que pagan las empresas de Gelma por la venta de este producto es de un 45 %, fijado en la propia Resolución No. 236 de 2015. Con destino a las inversiones aprobadas en el Plan de la Economía, las empresas estatales adquieren este producto a 8 pesos el saco. Gracias por consultarnos

isleidy el 13.11.2017, 09:54 a.m

buenos dias soy estudiante de la UCLV Marta Abreu de quinto ano de ingeneria quimica estoy realizando mi tesis en el proceso de obtencion de glucosa necesito saber cuanto ha sido la exportacion de este producto en los ultimos 5 anos y el costo.

Mercedes Pons Herrero el 09.11.2017, 11:23 a.m

Buenos dias, por favor estoy localizando la Resolución No. 441/2013 sobre el "Procedimiento general para la evaluación de la conveniencia económica de la sustitución de importaciones y para estimular las exportaciones" de ese Ministerio, si la tuvieran fueran tan amables de remitirmela a mi correo aqui en la UNECA. Gracias, disculpen las molestias, Atentamente, Lic. Mercedes Pons Herrero Especialista Dirección Asistencia Tecnica UNECA

ROSITA el 06.11.2017, 04:11 a.m

Solicito que me ilustren sobre lugares en los cuales pudiera pasar un curso de capacitación de contabilidad básica, trabajo en el área de la contratación y me gustaría comprender desde ese punto de vista.

Juan Carrazana Vinajera el 03.11.2017, 02:57 a.m

Hola, Se necesita conocer la base regulatoria para la formación del precio mayoristas y minoristas del cemento con destino a reparaciones y mantenimiento de las instalaciones de las bases productivas y entidades subordinadas al Ministerio de la Agricultura que comercializa ECOCEM a Gelma; así como, el aporte a realizar por este concepto.

Dirección Institucional de Agroindustria el 26.01.2018, 03:48 a.m

Estimado usuario. Los precios mayoristas del cemento con destino a entidades agropecuarias, que se comercializan a través de las empresas del Gelma, se aprobaron centralmente por el MFP, mediante la resolución No. 236 de 2015, como parte de la aplicación de una actualización a los precios de los insumos de las producciones agropecuarias, la venta minorista es similar al fijado en las tiendas minoristas de comercio, especializadas en materiales de la construcción, ejemplo: 130 pesos un saco de 50 kg de cemento. El impuesto por la venta que pagan las empresas de Gelma por la venta de este producto es de un 45 %, fijado en la propia Resolución No. 236 de 2015. Con destino a las inversiones aprobadas en el Plan de la Economía, las empresas estatales adquieren este producto a 8 pesos el saco. Gracias por consultarnos

Carmen Silverio Reyes el 03.11.2017, 02:13 a.m

La consulta que quiero hacer es sobre el Decreto Ley 343 del 2016 publicado en la Gaceta Oficial Extraordinaria No. 16 del 11 de abril del 2017. En ninguna de las resoluciones que aparecen en dicho decreto, la 112/2017 del Ministerio de Finanzas y Precios y la 52/2017 del Ministerio de Justicia, resulta evidente que se contemple la adjudicación por divorcio, de la misma manera que se hace referencia a los casos de donación hasta el cuarto grado de consaguinidad. Sin embargo, en aclaraciones sobre dichas modificaciones publicadas en nuestros órganos de prensa, de acuerdo a la intervención del compañero Vladimir Regueiro Ale, director de Política de Ingresos del Ministerio de Finanzas y Precios , decía: “Aclaró que en los casos de la transmisión de viviendas por donación entre parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad, de la adjudicación por herencia, liquidación de divorcio y liquidación de bienes, se mantiene el precio legal como base del cálculo del impuesto." (1) (2) Quisiera que por favor, me aclarara este aspecto, puesto que en un caso de divorcio en la adjudicación de la casa, se utiliza el valor referencial que aparece en los anexos de la Resolución 112 para el impuesto a pagar, no el precio legal de la vivienda que aparece en la propiedad de la misma, siendo la beneficiada con la adjudicación la anterior copropietaria, por lo cual ya había tenido participación en el pago de la vivienda. Agradeciéndole su atención, Carmen Silverio Reyes (1) www.granma.cu/cuba/2017-04-11/sobre-las-nuevas-normas-juridicas-de-la-vivienda (2) http://www.acn.cu/cuba/25961-busca-cuba-frenar-actos-ilicitos-en-compraventas-y-donaciones

Dirección de Política de Ingresos el 26.11.2017, 12:37 a.m

Saludos Carmen. Le ratificamos que de conformidad con la legislación tributaria vigente, tal como fue actualizada mediante el Decreto Ley 343, los valores referenciales de las viviendas no son de aplicación en la trasmisión de estos bienes en actos de liquidación de la comunidad matrimonial de bienes. Si usted ha identificado alguna violación de lo establecido, puede tramitar la reclamación correspondiente ante la institución que realizó el trámite. Para una evaluación más detallada dedl caso que interese usted puede acudir a la ONAT, de preferencia, la de su municipio de residencia.

Pedro el 03.11.2017, 11:24 a.m

Me gustaria preguntar por dos cuestiones relativas a la contabilidad por cuenta propia 1. Como son los asientos de diario de las cuentas 470 Préstamos Bancarios a Corto Plazo y 520 Préstamos Bancarios a Largo Plazo o si es similar 470-479 PRÉSTAMOS RECIBIDOS Y OTRAS OPERACIONES CREDITICIAS P/PAGAR del nomenclador emplesarial. 2. En el Balance de situaciónen los Psivos, Pasivos Circulantes en el renglón Tasas, Impuestos y Contribuciones por Pagar a que impuestos hace referencia y con que cuentas se relaciona

Dirección de Política Contable el 26.11.2017, 12:46 a.m

Compañero Pedro: Los asientos son iguales, la cuenta 470 Préstamos Recibidos se acredita por los préstamos recibidos y se debita por las liquidaciones totales o parciales de los préstamos. La contabilidad de los TCP como indica la Resolución del 2010 en la NCTCP No.1 se define que "la Contabilidad de estas actividades se organiza de manera simplificada en valores devengados estrechamente relacionados con las transacciones en efectivo y utilizan el costo histórico como base de medición". por lo tanto en el Estado de Situación se contabilizarían los Impuestos, Tasas y Contribuciones por Pagar al final del ejercicio económico.

Raul Atá Villegas el 02.11.2017, 11:07 a.m

RESOLUCION 37 SOBRE ACTIVOS FIJOS

Dayamí el 31.10.2017, 03:47 a.m

Buenas tardes, quisiera saber la cifra de vendedores de discos que actualmente operan con licencia en nuestro país. Es de mi interés investigativo. Muchas gracias y espero su pronta respuesta.

yamileidis garcía gutierrez el 31.10.2017, 11:21 a.m

Resolución No.27 MFP

Dirección de Política De Precios el 26.11.2017, 03:06 a.m

Saludos Yamileidis. Le sugerimos especificar el año de la resolución sobre la cual hace referencia, para colaborarle en su solicitud.

Yadian el 27.10.2017, 01:13 a.m

Buenas tardes Le pedimos, si no fiera mucha molestia, nos facilitaran el Anexo de la Resolución V-237 de fecha 3 de octubre del año 1996 Agradecemos de antemano su colaboración

Esnel Janero Fraga el 27.10.2017, 08:40 a.m

Necesito la Resolucion que en los meses de Abril y mayo de 2015 que exonerò a las empresas comercializadoras y productoras a pagar los impuestos por concepto de ventas mayoristas. Tales empresas pertenecientes al sistema de agropecuarias no cañeras que reciben las materias primas sin subsidio. Yo tengo la Resolucion 39/2015 que exonera de este pago en los meses de enero, febrero y marzo, y la Resolucion 1062/2015 que exonera de este pago desde el 1ro de junio de ese mismo año, pero el periodo abril y mayo no la tengo. Por favor atenderme este problema para un informe a la ONAT que estamos realizando. Cordial saludos

venezuela@dmep09.co.cu el 25.10.2017, 04:26 a.m

tengo necesidad de saber las relaciones económicas de tipo especial existente en nuestro paiis

Dirección de Política Contable el 26.11.2017, 03:04 a.m

Compañero: Necesitamos nos precise a que se refiere.

Ania el 25.10.2017, 11:22 a.m

Resolución 701 del 22 de septiembre de 2015

zoe rodriguez el 25.10.2017, 10:34 a.m

necesito publiquen la resolucion 276 de 2016 de MFP

Alexander Gonzales Marchena el 25.10.2017, 10:32 a.m

resoluciones emitidas

livan el 24.10.2017, 06:42 a.m

busco resulución 277 del 2014 sobre tarifas electricas al sector no residencial

Dirección de Política De Precios el 26.01.2018, 11:17 a.m

Saludos Livan. Se adjunta la Resolución 277/2014.

Arturo R Vazquez Evora el 20.10.2017, 04:54 a.m

como puedo saber cual es mi RC-04A, soy cuentapropista

Webmaster el 09.03.2018, 02:35 a.m

Estimado Usuario. Ud. debe dirigir su consulta al Sitio www.onat.gob.cu/. Gracias por consultarnos

Tania M. Viera R. el 20.10.2017, 01:21 a.m

Buenas tardes! Me remito a ustedes para consultar acerca de cómo se debe proceder en una unidad presupuestada para realizar el aporte de los ingresos de la entidad a la cuenta del organismo, si estos fueran en cuc o si se debe aportar directamente al presupuesto del estado en cuc. Cuál es la resolución a la que debemos remitirnos. Muchas gracias de antemano

Dirección de Política de Ingresos el 26.11.2017, 12:29 a.m

Las unidades presupuestadas operan con recursos que les asigna el Presupuesto del Estado, por ello, todos sus ingresos deben ser aportados al Fisco, incluso el resultado positivo de aquellas que operan con un tratamiento especial. No se establecen distinciones para aquellos ingresos que en CUC pudieran obtener las unidades presupuestadas. El procedimiento es el mismo para ingresos de una u otra moneda. La unidad presupuestada a través de un modelo CR, realiza el pago en la institución bancaria con destino al Presupuesto del Estado. Si se trata de unidades presupuestadas puras, aporta por los párrafos 130010, 130011 ó 130012, según su nivel de subordinación (nacional, provincial o municipal respectivamente. Si es una unidad presupuestada con tratamiento especial, realiza los aportes a través de los párrafos 130020, 130021, 130022.

Inocencio Raúl Sánchez Machado el 20.10.2017, 12:30 a.m

Solicito información actualizada acerca de las modalidades en Cuba de aplicación de las tasas por peaje y por radicación de anuncios comerciales Agradezco su cortés respuesta

Dirección de Política de Ingresos el 19.02.2018, 03:19 a.m

Estimado Usuario,le sugerimos dirigirse a la ONAT donde tiene su domicilio fiscal y pedirle a los funcionarios de Atención al Contribuyente que lo oriente de acuerdo a su situación real, no obstante en la Ley No. 113 de 2012 se regula todo lo concerniente a esta Tasa. Gracias

Alfredo Vera el 20.10.2017, 11:47 a.m

A partir de que monto de salario se descuenta el 5 por ciento a los trabajadores de Orgenismos o Empresas Estatales

Dirección de Política de Ingresos el 19.02.2018, 03:24 a.m

Estimado Usuario.Si lo que usted se refiere es la Aplicación de la Resolución No. 261 de 2017 del MFP, para el sector empresarial cubano, será: 5% para la Contribución Especial a la Seguridad Social cuando los ingreso mensuales superan los 500CUP y para el Impuesto sobre los ingresos personales cuando los ingresos mensuales son a partir de 2500CUP. Deben cumplirse además requisitos cualitativos que la mencionada Resolución dispone: que dentro de estos ingresos existe al menso uno de lso tres conceptos siguientes: pago por el perfeccionameinto empresarial, pago por sresultados o pago por la distribución de utilidades.Gracias

Jorge Aspilcueta el 20.10.2017, 07:47 a.m

Estimados Senioras y Seniores, me llamo Jorge Aspilcueta, tengo 49 anios de edad, nacido en Perù y de nacionalidad alemana. Mi esposa es cubana y me encuentro en estes momentos tramitando la residencia permanente para poder vivir en Cuba. Soy de profesión consultor de procesos y proyectos y trabajo actualmente para una empresa alemana. Paralelamente estoy culminando un aprendizaje aqui en Alemania para ser "Guia turistico", hablo 6 idiomas (alemán, inglés, italiano, francés, portugues y espaniol). Mi deseo e intención es trabajar allá en Cuba y vincularme profesionalmente como guia de turistas. La adquisición de turistas lo haria una empresa en alemania y yo en Cuba - siendo guia - esperaria a los turistas en el aeropuerto y haria todo el tour. La ruta y el recorrido (oriente sur) están ya concretados por mi parte. A esto vienen mis preguntas: Necesito una licencia para ser guia de turistas? siendo asi a que entidad tengo que dirigirme allá en Cuba para obtener la acreditación y que posibilidades existen para hacer mis propósitos realidad. O es indispensable trabajar con una agencia de turismo nacional o abrir una empresa de turismo? que alternativas existen? De antemano le agradezco muchísimo por la información. Muy atentamente Jorge Aspilcueta

Javiher el 19.10.2017, 09:00 a.m

Recibí en propiedad una vivienda vinculada: 1. ¿Débo pagar algún impuesto? 2.¿Qué modelo debo llenar? 3.¿Dónde deberé pagarlo? 4.¿Qué plazo tengo para efectuar el pago del impuesto? Saludos

Dirección de Política de Ingresos el 19.02.2018, 03:31 a.m

Estimado Usuario.Usted debe pagar el Impuesto osbre Transmisión de Bienes y Herencias, toda vez qaue su patrimonio se ha incrementado conla adquisición de esta vivienda. El modelo para elpago del tributo es el DJ-05 que puede descargar de la página WEB de la ONAT, o adquirirlo en la ONAT de su municipio. Deberá pagar el 4% del valor legal del inmueble, según consta en la Resolución mediante la cual le trasnfieren la propiedad. Usted cuenta con un término de 30 días naturales partir d ela notioficación de la mencionada resolución para efectuar el pago del tributo en la sucursal bancaria de su municipio. Todo lo explicado está dispuesto en la Ley No. 113 del Sistema Tributario., a partir del Artículo 196 y siguientes.Gracias

julio el 18.10.2017, 03:45 a.m

Resolucion 11 del 2005

Dirección Jurídica el 12.02.2018, 03:56 a.m

Estimado Usuiario,se le comunica que la Resolución No. 11 de 2005, regula aspectos internos de este Ministerio en materia laboral, por lo que no es posible acceder a su solicitud. Se le recomienda revisar la correcta numeración de la Resolución que necesita, o describa su contenido, con el objetivo de que pueda ser identificada la norma que necesita y sea atendida su solicitud. Gracias

osmelio Rodriguez La O el 17.10.2017, 04:45 a.m

Resoluciones del ultimo trimestre del año 2017

Manuel Puerta La Rosa el 17.10.2017, 10:33 a.m

Necesito conocer lo establecido para la elaboración de las fichas de costo en general y si es posible en la industria de confecciones. Gracias.

Dirección de Política De Precios el 26.11.2017, 12:43 a.m

Saludos Manuel. Para la elaboración de la Ficha de Precios o Tarifas se debe consultar la Metodología General para la formación de Precios (Resolución 21/1999) ,la Instrucción 16/2000 y la Resolución Conjunta MEP-MFP 1/2005 con sus modificaciones en el 2013 y 2016. En el caso de las Empresas que pertenecen al Grupo Empresarial de la Industria Ligera, deben consultar la Resolución 362/2014 que faculta a los jefes máximos a aprobar de las empresas a aprobar los precios que no estén centralizados por el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, el Ministerio de Finanzas y Precios o el OSDE.

Roberto Pérez Pupo el 16.10.2017, 06:06 a.m

Necesito por favor las resoluciones 830 y 842 del 2017. saludos

keyla soria román el 16.10.2017, 05:04 a.m

resoluciones referentes a los inventarios y procedimientos con los faltantes, sobrantes, mermas y roturas vigentes

eduardo merino lamothe el 16.10.2017, 02:27 a.m

Necesito conocer si la Resolución No. 347/13 del MFP se encuentra vigente, en caso negativo conocer entonces que resolución regula las compensaciones entre personas juridicas, Gracias

Roberto Torres el 13.10.2017, 01:39 a.m

Mi hija cursa el 4to año de la Liv¡cenciatura en Contabailidad, en la Facultad de Economia y le han indicado consultar las Resioluciones de ese organismo No. 386/10 y 353/13. Pudieran enviarmelas via correo? Gracias y Slds

Carlos Leyva Hidalgo el 12.10.2017, 02:01 a.m

Temas relacionados con las mermas de productos cárnicos en nevera de congelación, si existe alguna norma que rija temperaturas, días, etc.

Yuniet de la Caridad Diaz Enrich el 11.10.2017, 07:21 a.m

Estimados Sres/as: Mi nombre es Yuniet de la Caridad Díaz Enrich y mi nº Pasaporte es I482215 y estoy residiendo en España. Para el acceso al sistema sanitario español me piden el certificado de rentas de mi país de origen (Cuba). No estoy registrado en la ONAT por lo que entiendo que no puedan emitir dicho certificado. Ruego me lo envíen si es posible al correo electrónica arriba indicado, y si no fuera posible me envíen una comunicación donde se indique que no estoy registrado. Agradeciendo de antemano su disponibilidad, me despido aguardando su respuesta.

Ana María el 10.10.2017, 07:20 a.m

DJ-08 2017 Descuentos de gastos permitidos por actividad

Diliana Leyva Cisneros el 09.10.2017, 05:49 a.m

Buenos días, soy profesora de precios y necesito actualizarme con respecto a las resoluciones vigentes en el pais para la formación de precios... Por favor, si pueden enviarmela a mi correo, se lo agradecería muchísimo... Saludos cordiales, Diliana Leyva Cisneros

Yasser J. Delgado Linares el 09.10.2017, 03:30 a.m

Legislación relacionada con el pago de estipendio de alimentación de 15 cup a trabajadores por sustitución del comedor obrero por indicaciones del MEP en las provincias de Artemisa y Mayabeque

Flavia el 09.10.2017, 01:59 a.m

Por necesidad de mi trabajo necesito tener acceso a los decretos Ley, decrtos, resoluciones, indicaciones e instrucciones con relación a los Sistemas de Precios, Contabilidad y todo lo que tengan que ver con Economía.

Eddy Luis Calzadilla Osorio el 09.10.2017, 01:57 a.m

Quisiera saber cuáles son los documentos y/o resoluciones que regulan el uso de las tarjetas pre pagadas de combustible.

Eddy Luis Calzadilla Osorio el 09.10.2017, 01:56 a.m

Quisiera saber cuáles son los documentos y/o resoluciones que regulan el uso de las tarjetas pre pagadas de combustible.

elvis rol el 09.10.2017, 10:09 a.m

Quisiera saber de que forma pudiera obtener las Resoluciones 446/2002 y 226/2013 en su formato digital

Gustavo García Capote el 06.10.2017, 11:19 a.m

Hola, atiendo el proceso de Fcaturación en ETECSA, y ultimamente hemos tenido varios clientes (segmento jurídico) que desean que nuestra factura les llegue acuñada y firmada por un representante de la Empresa, pues así le es exigido por los auditores. Tengo entendido que los grandes prestadores de servicio de nuestro país (Electricidad, Agua, Gas y Telecomunicaciones) no deben cumplir el acápite de firma de factura indicado en la resolución de Factura comercial, emitida por este ministerio, pues refiere productos y estos son servicios, en fin, que documento, resolución, o algo nos puede amparar para que nuestros clientes no queden insatisfechos y se cumpla lo establecido. El último cliente que se acercó fue la Empresa PETROEMPLEO, en Mayabeque planteando esta exigencia. Nuestras facturas viajan por correo certificado a nuestor clientes, o estos pactan su recogida en nuestras oficinas donde tienen el contrato,

Dirección de Política Contable el 16.03.2018, 02:39 a.m

Gustavo buen día, deben cumplir con las instrucción que le adjunto, cualquier otra aclaración puede realizarla con la dirección nacional de su entidad.Gracias por consultarnos

Ignacio Fco G. el 06.10.2017, 10:26 a.m

Trabajo en una CPA, tengo una conexión muy lenta a la red y necesito la resolución 698 y 770 de este año emitidas a raiz de las afectaciones del huracán Irma, tengo la 645 pero estas otras las necesito de igual manera. Si es posible enviármelas. saludos. gracias

Gilberto el 04.10.2017, 09:13 a.m

Resolucion 20/2010 del ministerio de finanzas y precios

Rodrigo Gomez el 03.10.2017, 03:04 a.m

Hola buena tarde soy Rodrigo Gomez de la empresa I-Cover, nos dedicamos a hacer verificaciones laborales, quisiera saber donde podría mandar un e-mail para saber si una persona trabajo con ustedes como analizta Financiero en 2016. Nostros nos encontramos en México. Muchas Gracias por la atención prestada.

Webmaster el 10.05.2018, 11:40 a.m

Estimado , Usuario no podemos brindarle información sobre un trabajador, por esta via, gracias por consultarnos y saludos

Roberto el 03.10.2017, 02:55 a.m

REITERO LA PREGUNTA FORMULADA....HACE UNOS DIAS, NECESITO POR FAVOR, QUE SI NO ES POR ESTA VIA, ME REFIERAN A DONDE DEBO ENVIARLA... " Desde hace días en algunos lugares rentas de viviendas en el municipio Plaza ha subido, duplicado los impuestos en cuc --- ? y se necesita conocer a que obedece y donde se emite esta decisión? Quedo al tanto. saludos. Roberto Perez

dailyn el 03.10.2017, 02:36 a.m

Quisiera saber el número de resolución donde dice que las tarjetas SNC-2-25 ya no se deben poner los dias.

Dirección de Política Contable el 16.03.2018, 02:37 a.m

Dailyn la metodología para el llenado de este modelo lo establece el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. Gracias por consultarnos

Noel el 03.10.2017, 11:36 a.m

Soy Abogado de un Bufete Colectivo y asesoro a una Empresa Estatal, esta es beneficiaria de un proyecto de desarrollo para la actividad forestal, es decir, no es representante del proyecto. Desde el proyecto se nos ha enviado medios informáticos y otros útiles y bienes para desarrollar el proyecto. En la Empresa se quiere contabilizar los bienes y yo he alertado que los materiales proveniente de proyectos mientras este se esté ejecutando no se contabilizan como inventarios por el beneficiario hasta tanto culmine y se decida si estos medios quedan en manos del citado beneficiario ya que estos medios son propiedad del proyecto y no del beneficiario. Que cuando culmine el proyecto, si este decide que el beneficiario se quede con los medios, entonces, en ese momento, si se contabilizan como donaciones provenientes de proyectos. Quisiera que me confirmaran si mi asesoría es correcta y, realmente como se controla y se asienta los bienes de un proyecto por sus beneficiarios mientras se ejecuta el mismo y como se procede cuando este culmine. Saludos afectuosos.

Dirección de Política Contable el 26.11.2017, 12:55 a.m

Compañero Noel: Su asesoría es correcta hasta tanto no se culmine el proyecto y se determine que la entidad se quede con estos no pueden formar parte de su contabilidad. Para contralar estos activos y útiles en el período en el cual se está ejecutando el proyecto se habilitarán cuentas memorandum y una vez terminado el proyecto y se decida que los medios y útiles se quedan en la entidad, esta procede a contabilizarlos como una Donación Recibida.

Noel el 03.10.2017, 11:32 a.m

Soy Abogado de un Bufete Colectivo y asesoro a una Empresa Estatal, esta es beneficiaria de un proyecto de desarrollo para la actividad forestal, es decir, no es representante del proyecto. Desde el proyecto se nos ha enviado medios informáticos y otros útiles y bienes para desarrollar el proyecto. En la Empresa se quiere contabilizar los bienes y yo he alertado que los materiales proveniente de proyectos mientras este se esté ejecutando no se contabilizan como inventarios por el beneficiario hasta tanto culmine y se decida si estos medios quedan en manos del citado beneficiario ya que estos medios son propiedad del proyecto y no del beneficiario. Que cuando culmine el proyecto, si este decide que el beneficiario se quede con los medios, entonces, en ese momento, si se contabilizan como donaciones provenientes de proyectos. Quisiera que me confirmaran si mi asesoría es correcta y, realmente como se controla y se asienta los bienes de un proyecto por sus beneficiarios mientras se ejecuta el mismo y como se procede cuando este culmine. Saludos afectuosos.

Dirección de Política Contable el 23.03.2018, 09:21 a.m

Compañero Noel: Su asesoría es correcta hasta tanto no se culmine el proyecto y se determine que la entidad se quede con estos no pueden formar parte de su contabilidad. Para contralar estos activos y útiles en el período en el cual se está ejecutando el proyecto se habilitarán cuentas memorandum y una vez terminado el proyecto y se decida que los medios y útiles se quedan en la entidad, esta procede a contabilizarlos como una Donación Recibida. Gracias por consultarnos

Andrés el 02.10.2017, 12:23 a.m

Solicito para mi trabajo en la Empresa Provincial de Transporte de mi provincia la Resolución 830 del MFP, emitida recientemente con fecha 29 de Septiembre del actual. Saludos y Gracias

Yosmany Veklazco el 30.09.2017, 01:26 a.m

La duda se refiere a un TCP que desarrolla una actividad del régimen simplificado, pero necesita auxiliarse de un trabajador contratado: segun las ultimas regulaciones debe pagar el impuesto por utilización de la fuerza de trabajo por ese trabajador que tiene; pero la pregunta en cuestión es si al contratar ese trabajador y tener que pagar otro tributo entonces perderia el regimen simplificado y pasaria al general?.

Dirección de Política de Ingresos el 19.02.2018, 03:45 a.m

Estimado contribuyente si solo tiene un empleado no pierde su derecho a permanecer en el régimen simplificado de Tributación.Gracias

Sandra Hampe el 30.09.2017, 12:49 a.m

Estoy buscando la Instruccion 110 emitida por el Comité Estatal de precios, desconozco en que año, es la que trata sobre los precios de venta de las barreduras Saludos Sandra

Dirección Gral. de Atención Institucional el 26.01.2018, 03:39 a.m

El precio de venta de barreduras es de 60 pesos por tonelada, establecido en la Resolución P- 38 de 2006 del MFP.

Juan Carlos el 30.09.2017, 11:00 a.m

Estimados, me pudieran enviar la Resolucion No. 343 de 2013, pues no me aparece en la Gaceta Oficial, gracias. Es necesario obtenerla para nuestro trabajo en BioCubaFarma

Naivy el 28.09.2017, 04:13 a.m

Por favor, yo necesito encontrar la Resolución No. 60 que trata sobre el Control Interno en las Entidades. ¿Como la puedo obtener?

leopoldo fernandez el 28.09.2017, 02:32 a.m

por favor necesito conocer la resolucion del ministerio que establece todo lo relacionado con el menaje de casa de los colaboradores cubanos en el exterior.

Dirección de Política de Ingresos el 19.02.2018, 03:48 a.m

Estimado Usuario.La Resolución No. 43 de 1998 de este MInisterio establece lo relacionado con el mejane de casa, incluyendo el tratameinto a colaboradores. La Resolución No. 48 de 2010 establece el tratameinto arancelario para las importaciones que realizan los colaboradores y en ella se ratifica lo referente al menaje de casa.Gracias

Octavio Baez el 28.09.2017, 02:22 a.m

Buenas. He enviado correos desde mi correo @enet.cu a "Consultas CHA" , "Consultas ONAT" y no me responden. ¿Están funcionando estas consultas?. Gracias, Octavio.

Roberto el 28.09.2017, 02:17 a.m

Atte la pagina de la ONAT, SITIOS DE INTERÉS, Y EL LA PARTE DE TRIBUTOS, ARANCELES Y OTRAS no esta disponible esa pagina a la vista del internauta..... saludos. Roberto

Roberto el 28.09.2017, 02:13 a.m

Atte...Estoy solicitando, por favor el documento( resolución u otro) donde se regulan los cambios de impuestos para arrendadores, me comentan que en municipio Plaza ya se esta dando a conocer para comenzar en octubre de este año 2017.... Saludos.... Roberto P.

Roberto el 28.09.2017, 02:09 a.m

Atte Me comentan que en un area de Plaza le esta llegando a los arrendadores de viviendas los nuevos impuestos que comienzan en octubre de este mismo año.... ? Donde se explica y regula esta decisión? , pues no leo nada en la prensa........? como conozco los cambios? Gracias, Saludos.. Roberto Perez

Dirección de Política de Ingresos el 19.02.2018, 04:00 a.m

Estimado contribuyente, hasta ahora no se han emitido nuevas regulaciones que cambien la legislación vigente y el tratamiento que la ONAT de su municipio le está dando, esas falsas actualizaciones por personal con dudoso conocimiento de nuevas regulaciones pueden inducirla a un error en su tributación, por favor informese con la ONAT de su Municipio y tenga la confianza que antes de hacer cualquier cambio nuestro Ministerio y las instituciones que correspondan harán una exhaustiva labor de preparación a los contribuyentes y la población en general, donde desde luego estará la prensa del país. Gracias

Roberto el 28.09.2017, 02:09 a.m

Atte Me comentan que en un area de Plaza le esta llegando a los arrendadores de viviendas los nuevos impuestos que comienzan en octubre de este mismo año.... ? Donde se explica y regula esta decisión? , pues no leo nada en la prensa........? como conozco los cambios? Gracias, Saludos.. Roberto Perez

Dirección Gral. de Política Fiscal el 16.04.2018, 10:01 a.m

Estimado contribuyente, hasta la fecha no se han realizado cambios que incluyan la modificación de lo establecido en la Resolución No. 20 de 2016, para los arrendadores de viviendas, tenga usted la certeza que cuando esto se lleve a efecto se le informara oportunamente en la Gaceta Oficial de la República y a través de las acciones de comunicación pertinentes. No obstante, le sugerimos contactar con la ONAT de su municipio, para esclarecer esta situación, toda vez que el Consejo de la Administración de cada municipio está facultado para realizar modificaciones de las cuotas tributarias, conforme a lo establecido en la ley No. 113 del Sistema Tributario.Gracias por consultarnos

Frank el 27.09.2017, 12:47 a.m

¿Existe resolución o documento rector sobre como proceder con las rebajas de precios?

Dirección Institucional de Turismo, Comercio y Servicios el 23.02.2018, 10:31 a.m

Estimado Usuario, Le enviamos Resolución Solicitada, Resolución No. 428/2017, que establece las facultades y los términos para las rebajas de precios en CUC.Gracias por consultarnos

liev el 26.09.2017, 04:25 a.m

Para intrumentar un contrato en moneda nacional a un cliente nen especifico, necesitamos via correo la Resolucion conbjunta 1 del 2016 del ministerio de economia y planificaciojn y el ministerio de finanzas y precios. Saludos

Orlando Laiz Averhoff el 26.09.2017, 07:01 a.m

Necesito conocer si existe alguna Resolucion sobre las dietas o viaticos que permiten realizar labores fuera y dentro de la ciudad, la cual permite llevar a cabo los trabajos con apoyo financiero que no afecta el salario.

Roberto el 25.09.2017, 05:11 a.m

NO PUBLICAR ESTE ES COPIA DE LA REFLEXION ENVIADA AL MITRAB Y QUE ELLOS PLANTEA FUE REEVIADA A LA ONAT….Y ES CONTINUACION O MAS EXPLICITA DE OTRA ENVIADA POR ESTA VIA…. GRACIAS. Atte. Por estar al tanto del contenido sobre el tema que le expresare, agradezco la oportunidad para ofrecer estos criterios que deseo compartir. El tema de la Renta de Habitaciones y espacios requiere de ciertas consideraciones que el Estado y en especial Dirección de Trabajo, Onat y C.E.P otros deben compartir. Está claro y es coherente que hay, y de hecho se estableció para la venta de viviendas una diferencia de precios y los impuestos a grabar a los que compran y venden atendiendo a la ubicación geográfica y de paso a la cantidad de habitaciones del inmueble objeto de compra – venta. Parecido a este proceder se necesita lograr implementar para la renta de habitaciones, por ser coherente en todas sus partes... por cuanto es igual el precio de impuestos en cualquier lugar, algo que lleva a una desleal competencia y hoy los lugares más demandados son HV. PLAZA, PLAYA Y CENTRO HABANA...TRINIDAD, VIÑALES Y VARADERO....los cuales venden sus hab al precio que deseen por la alta demanda, y los precios están entre $100 $80 y $50 y al final pagan lo mismo a la ONAT del que alquila en Regla, Guanabacoa, la Lisa y Marianao o Boyero...... Santa Clara, Cienfuegos y el resto del país. TODOS PAGAN $35 CUC POR HABITACION QUE RENTEN...esta decisión es totalmente imperfecta ya que la periferia y otros territorios están fuera de competencia, pues una hab en el centro de los privilegiados se vende en 35 cuc diario y con eso paga el mes, lo cual no es posible fuera de esas áreas que se están regalando las habitaciones y por demás des comercializando el producto cubano, ingresando menos el estado…que de equiparar esta diferencia subiría el precio del producto turístico sin lugar a dudas, pues cualquier país de la región vende las hab privadas mucho más cara que en Cuba. La decisión actual lleva a que el estado gane menos, pocos ganen mucho y la mayoría vende a bajos precios y casi regalando el producto cubano que tanto cuesta comercializarlo en el exterior. El razonamiento debe ser que los impuestos por mayor demanda suban, seguirán rentando los turistas y hay una parte que tomara la periferia a menor precio y así habrá un equilibrio de distribución de visitantes más equitativo. Otro tema que casi nunca se habla son los que RENTAN HABITACIONES, y no tienen licencia y son apoyados por algunos con licencias algo que ocurre en los edificios al menos mi experiencia es conocida en áreas alrededor del Hotel Capri y a la Entrada del Hotel nacional, algo que des comercializa y burla a los que rentan, también están los que han cambiado de licencia en Divisa y se han pasado a moneda nacional manteniendo la renta a extranjeros, algo que constituyen violaciones que atentan con la seguridad del país. Muchas gracias. Un cordial Saludo. Roberto Pérez….

Roberto el 25.09.2017, 05:06 a.m

SUGERENCIAS.....Recientemente y teniendo en cuenta que se estudian aplicar nuevas medidas en la regulaciones envié al MITRAB las consideraciones sobre los impuestos que se le gravan a la renta de habitaciones y espacios, explicando la desleal y autorizada competencia que se origina, pues todos pagan lo mismo por la renta de una hab en cualquier espacio del país, ejemplo una hab en el centro de la Ciudad de la Habana, como HV, PLAZA, PLAYA, o TRINIDAD, VIÑALES , mientras en otros espacios periféricos de la Habana como Habana del Este, paga lo mismo y los precios casi hay que regalar la habitación, mientras en los señalados con una noche pagan la ONAT del mes de $35 cuc expliqué este detalle y me sugirieron que además de reenviar mis consideraciones podía contactarlos por esta vía con la ONAT......Tengo un ejemplo...Una habitación en Carlos III ( Salvador Allende) y Ayesteran , se vende en $13 cuc la noche con capacidad para 4 personas, yo pregunto. ? Es posible lograr que un cliente se traslade a el Reparto Guiteras con este precio y lugar? es imposible, ahora si fuera otro el IMPUESTO para este espacio, no venderían a este precio, hay clientes para todos, el estado ganaría más, no se regala el producto turístico cubano y todo marcharía distinto, tengo diversidad de ejemplos para que se comprenda de que se trata y expuse mi correo….Gracias

Leandra Alvarez el 25.09.2017, 01:56 a.m

¿Necesito saber qué hacer cuando he pagado dos veces el impuesto > correspondiente a un mismo mes? > La situación es la siguiente, ya había realizado el pago correspondiente al > mes de abril y por equivocación pagué el correspondiente al mes de mayo > reportando nuevamente el mes de abril, eso quiere decir que he pagado abril > en dos ocasiones, necesito saber que tengo que hacer para que me devuelvan > el dinero.

Dirección de Política de Ingresos el 19.02.2018, 04:03 a.m

Usted debe dirigirse a la ONAT de su municipio para presentar una solicitud de devolución de ingresos indebidos. Allí se le explicará el procedimiento.Gracias

LICENCIADO GEIDIER LÓPEZ PÉREZ el 25.09.2017, 11:47 a.m

SOLICITO RESOLUCION ACTUALIZADA QUE ESTABLECE LAS TARIFAS OFICIALES PARA EL TRANSPORTE DE CARGA GENERAL EN CAMIONES, CON SUS ANEXOS. SALUDOS CORDIALES

Octavio Baez el 24.09.2017, 01:21 a.m

En la página de la ONAT el link al Portal de la ONAT va a la misma página. ¿La ONAT no tiene Portal? ¿Me pueden enviar un correo de la ONAT al cual hacer una pregunta sobre impuestos?. Gracias por adelantado. Octavio.

Octavio Baez el 24.09.2017, 01:17 a.m

Le había escrito correo, ver mas abajo, a "Consultas CHA" , "Consultas ONAT" pero me informa "error correo no existe". Por favor remitan, con copia a octaviobh@gmail.com lo siguiente: Buenos días. Me han comentado que si un contrato de arrendamiento con medicos que estén haciendo tesis o especialidades aquí, debidamente avalados por el MINSAP y ya notarizado el contrato, entonces la ONAT rebaja los impuestos, tanto la cuota mensual fija como el % de la renta. ¿Esto es así? ¿O es solamente un rumor? Y de ser posible ¿qué documentos debe aportar el médico a través del MINSAP? ¿Hay un formato preestablecido para el contrato? Les pregunto por correo porque me veo limitado, estoy operado de próstata, y por eso es que el apto. en alquiler solamente puedo alquilarlo para "largas estancias", o en otras palabras, no para el turismo de "entra y sale". Muchas gracias por adelantado, Octavio.

Dirección de Informatización el 09.02.2018, 12:30 a.m

Estimado usuario, por favor debe esclarecer cuál es su consulta

Martha Maria Garcia Suarez el 22.09.2017, 11:30 a.m

Por favor Necesito la Resolucion P-24 del 25 de Abril del 2006 del Ministerio de Finanzas y Precios Muchas Gracias Martha Maria

Yusniel el 22.09.2017, 11:24 a.m

En la confeccion de uan ficha de costo , al mirar las Norma Patron para revisar los producto que van a cotener la ficha viene expuesto la Norma Bruta y la Norma Neta y mi gran duda es cual es la que se utiliza , yo trabajo en una unidad de Salud. Por favor si pudiran manden la rspusta a la direccion de correo que aprece. Gracias Esperando su Acostumbrada Atención

Dirección de Política De Precios el 20.03.2018, 01:53 a.m

Buenas Yusniel. Para poder responder su consulta con mayor claridad, debemos saber a que se refiere usted con los términos Norma Bruta y Norma Neta.Saludos.

Julio Enrique Pérez Collado el 21.09.2017, 06:51 a.m

Quisiera saber que resoluciones tienen que ver con la venta a trabajadores de productos alimenticios y de aseo adquiridos en CUC por la empresa, ya que todos me dicen que es el mismo precio de adquisición más el 5% de recargo y se cobra en moneda nacional CUP, creo que es risible el valor que adquieren los productos si aplicamos eso. Muchas gracias

Dirección de Política De Precios el 26.01.2018, 12:36 a.m

Saludos Julio. Para las entidades autorizadas a vender módulos de aseo, se aplica la Resolución 474/2002, la cual se adjunta.

el 21.09.2017, 03:28 a.m

Buenas Tardes.. Soy un auditor de la Unión Eléctrica, me gustaría me aclararan una duda, sobre el control contable de algunos recursos almacenados. La situación es que en una revisión a una entidad observamos que existían piezas de repuesto, que se utilizan fundamentalmente según objeto social de la entidad para prestar servicios de mantenimiento y reparación a los activos de otras entidades, es preciso aclarar que esta es la actividad fundamental de la entidad a la que hago referencia. Por lo cual esta entidad posee estas piezas de repuesto en la cuenta Materias Primas y Materiales, lo cual crea la duda a nuestra dirección ya que según las características de los recursos clasifican como piezas de Repuesto (Cta 185) y al ser utilizadas como materiales para prestar servicios a terceros podría ser Materias Primas y Materiales (Cta 183). Me gustaría nos aclaren si está a su alcance. En espera de su respuesta… Harold García García

Dirección de Política Financiera el 09.02.2018, 12:34 a.m

Estimado usuario,por favor debe esclarecer su consulta , Gracias

el 21.09.2017, 03:20 a.m

Buenas tardes, soy un auditor que laboro en la Unión Eléctrica, y necesito aclarar unas dudas en cuanto a donde se encuentra hoy legislado o que tratamiento se debe dar, a los recursos retirados que se recuperan como proceso de desmantelamiento u otra acción de (por ejemplo) un activo fijo, o un mantenimiento general, que como destino final después de su valoración por especialistas se quiera recuperar estos recursos. En espera de su aclaración… Harold García García

Dirección de Política Contable el 26.11.2017, 12:56 a.m

Compañero: Debe consultar con su OACE el procedimiento de desmantelamiento de partes y piezas recuperadas y recuperables que tienen establecidos.

alaindes el 20.09.2017, 01:33 a.m

Cómo podría obtener la carta circular 8 del 16 de junio de 1988.

Dirección de Política Contable el 26.11.2017, 01:03 a.m

Compañero Alaindes: Las cartas Circulares se dejaron sin efecto por la carta conjunta de las direcciones de Normas Contables y de Contabilidad Gubernamental de este Ministerio del 22 de noviembre del 2004

Mario Felix Torres Alonso el 20.09.2017, 01:15 a.m

Como obtener las resoluciones 011 y 012/2007

Dirección Jurídica el 19.01.2018, 04:02 a.m

Estimado usuario, se le envían las resoluciones solicitadas, informándole además que en ambas se dispuso su Publicación en la Gaceta Oficial de la República, para su general conocimiento, por lo que puede obtener este tipo de normas a través de su página web (www.gacetaoficial.gob.cu). gracias

Susana B. Riaño Ríos el 18.09.2017, 12:43 a.m

Solicito acceso al sitio web para realizar consultas y recibir información relacionada con la legislación emitida por ese OACE.

Natividad Maria Gonzalez Vazquez el 17.09.2017, 07:09 a.m

POR FAVOR EN NOMBRE DE MILES DE CUBANOS PEDIMOS KE QUITEN LOS ARANCELES PARA ENTRAR ALIMENTOS Y MEDICINAS A NUESTRAS FAMILIAS DAMNIFICADAS

BORIS el 17.09.2017, 07:03 a.m

Somos muchos los cubanos que vivimos en el exterior y queremos ayudar a nuestras familias y amigos en este momento tan difícil por el que pasa el pueblo de Cuba. Estoy segura que la mayoría, para no ser absoluta, quiere que la Aduana sea flexible y razone la propuesta que muchos estamos planteando. Necesitamos que nos exoneren de pagar impuestos por llevar a nuestra gente todo lo que necesiten. Todos estamos sufriendo al ver como Cuba quedó destruida con el paso del Huracán y no hay nada que comer en las tiendas, lo poco que tenían en casa ya se lo han comido porque tampoco hay electricidad. Por favor, solo queremos ayudar, aportar lo que podamos pero sin tener que pagar porque tampoco somos millonarios y cada cosita que compramos donde vivimos nos cuesta, además que tenemos que pagar por nuestros equipajes. Espero que nuestras propuestas sean leídas, analizadas, razonadas y determinen una solución positiva para el bien del pueblo de Cuba, confío en ustedes y espero nos ayuden, solo quitar los aranceles de los alimentos, muchas gracias y espero respuesta, un caluroso abrazo a todos.....

arnoldo Hernandez Marrero el 15.09.2017, 09:27 a.m

Necesito resolucion 645 del 2017 ministerio finanzas y precios

liset el 14.09.2017, 04:52 a.m

Resolución 138/2017

Maribel el 07.09.2017, 08:09 a.m

Hola. Por favor necesito saber cómo puedo obtener un certificado de usted acerca de lo siguiente. Yo soy cubana pero también ciudadana Suecia. Yo estuve en Cuba desde enero hasta junio del 2016 en casa de mi familia y necesito presentar un certificado de usted como que yo no tengo ningún negocio reconocido en Cuba, para presentar aquí por las deudas de estudios que tengo. Ellos necesitan saber que yo no gane dinero estando en Cuba.. Por favor necque Soto saber quién me puede hacer este documento ahora yo estoy en Suecia y me es difícil viajar. Gracias. Matibel

Leonor el 05.09.2017, 10:19 a.m

Soy especialista comercial de ICID- COMBIOMED, Empresa de Tecnología Médica Digital perteneciente a Biocubafarma. Nesecito asesoramiento en el tema del subsido a exportaciones de productos. Me urge saber cómo es el procedimiento y cómo es que se conforma el expediente para ello.

Dirección de Política De Precios el 24.01.2018, 12:32 a.m

Saludos Leonor. El tratamiento a las exportaciones y sustituciones de importación se establece en la Resolución 441/13 del Ministerio de Finanzas y Precios, mediante la cual se disponen los pasos a seguir para todo lo que esté relacionado con Subsidio a la Exportación.Gracias

javier zamora el 05.09.2017, 08:39 a.m

resolucion 143/2015 sobre desastres

Varinia Gonzales el 01.09.2017, 05:58 a.m

Estimado Señor(a), Reciban un cordial saludo. Les escribo desde el International Trade Centre (ITC) en Ginebra, la agencia conjunta de la OMC y la ONU, cuyo propósito es promover el comercio internacional de países en vías de desarrollo. En el marco de la actualización de nuestra herramienta en línea del Market Access Map (www.macmap.org) recurrimos a su colaboración para representar adecuadamente a Cuba. En motivo de este mail es para solicitar su ayuda en la recolección de datos de aranceles de importación correspondientes al año 2017. Revisando la página web del Ministerio de Finanzas y Precio de Cuba, en el menu de la legislación de aranceles, se encuentra las diferentes modificaciones a los aranceles de importación, que hasta el momento vimos que es el mismo al aplicado en el año 2014, Sistema Armonizado 2012 (http://www.mfp.cu/legislacion/aranceles.php). En este sentido quisiéramos saber si la versión del SA y los aranceles aduaneros se mantienen como los presentados en el 2014 (http://www.aduana.gob.cu/index.php/arancel-comercial). De existir alguna modificación a estas tasas por favor sería tan amables de indicárnoslo, aparte de las mostradas en la página web del ministerio. Como debe ser de su conocimiento esta información nos servirá para actualizar nuestra herramienta en línea. Si tiene alguna duda respecto a esta solicitud o nuestra organización, por favor no dude en comunicarse y agradeciendo de antemano su gentil colaboración y respuesta. Saludos cordiales,

Gustavo Mola Fernández el 29.08.2017, 02:38 a.m

Soy Consultor CANEC. Me interesa conocer, si además de la Resolución que establece el precio del suelo en la zona Mariel, existe regulación que establezca el precio o como fijarlo, para terrenos destinados a fines agropecuarios en el resto del país. Nos resultaría útil tener referencia de esecialistas o instituciones dedicadas a este campo. Atentamente,

Gustavo Mola Fernández el 29.08.2017, 02:33 a.m

Saludos. Soy Consultor CANEC.SA. Por el Ministerio de Finanzas se estableció, mediante resolución el precio del suelo para la zona franca Mariel. Existe alguna normativa que regule el precio del suelo en terrenos agrícolas, específicamente para el caso de asociaciones internacionales A qué persona o institución puedo dirigirme en solicitud de un servicio al respecto

Dirección de Patrimonio del Estado el 21.02.2018, 12:56 a.m

Estimado Usuario ,en nuestro Ministerio existe un GTT del Suelo, presidido por el máximo nivel y con la participación de varios OACE que está trabajando en determinar el Valor mínimo del suelo para cada sector de la economía que tengan inversiones con capital extranjero, a fin de elaborar una Resolución que recoja los mismos como se hizo en la ZEDM. Aclaramos que se está trabajando en ello y a su debido tiempo y con la previa aprobación superior se emitirán las Resoluciones correspondientes que regulen el valor mínimo para los diferentes negocios con capital extranjero.Gracias

yanet88 el 29.08.2017, 12:52 a.m

Soy la comercial de una entidad turística y estoy necesitando las resoluciones vigentes para la formación de precios en pesos cubanos convertibles de los tabacos mecanizados para su venta minorista, las cuales no están disponibles en la Dirección Provincial del MFP en Cienfuegos Le agradecería su ayuda y cooperación

Dirección Institucional de Turismo, Comercio y Servicios el 23.02.2018, 10:40 a.m

Estimado Usuario, Le enviamos Resolución Solicitada, Precios en CUC para los Tabacos Habanos (torcidos a mano). gracias por consultarnos

yordanis el 24.08.2017, 04:16 a.m

Buenas tardes necesito la Resolución No. 1100/15, Ministerio Finanza s y Precios, de fecha 24/11/2015 si me la pueden enviar al siguiente e-mail: yordanis@fca26.co.cu, muchas gracias

Milagros el 23.08.2017, 04:04 a.m

buenas tardes: soy asesora jurídica de la Empresa Productora Prefabricado Santiago de Cuba y quisiera si entre sus posibilidades pudieran enviar al correo citado la circular 8 de 2000 y saber si aún está vigente, porque no la he podido encontrar y es necesario para todo lo referido a las tarjetas magnéticas para el combustible. con deseos de que sea atendida mi solicitud lo más pornto posible, saludos

No el 23.08.2017, 10:06 a.m

Resolución No. 21 de 1999 Ministerio Finanzas y Precios Resolución Conjunta No. 1 de 2005 Ministerio Finanzas y Ministerio de Economía

Nápoles el 23.08.2017, 08:27 a.m

Hola necesito material de referencia sobre el cobro de la mora empresas estatales

mayra el 22.08.2017, 12:54 a.m

Buenas tardes, necesito de ,ser posible, me enviasen via email la documentacion legislativa que rige el trabajo por cuenta propia; en especifico el que se realiza dentro de una entidad estatal; los deberes y derechos de las partes. De no ser posible por favor quiciera que me orienten al respecto. Gracias.

Angelo Conde Simone el 21.08.2017, 02:10 a.m

Estimado señores Mi nombre es Angelo Conde Simone, soy estudiante de relaciones internacionales en la Universidad Estadual Paulista. He estado realizando una investigación sobre algunos aspectos de la internacionalización cubana de recursos humanos desde hace casi un año y medio. Para eso, hice uso de varias estadísticas en muchos campos en lo sitio web "ONE" . Ahora, estoy tratando de entender la asociación entre la participación cubana en las guerras independistas y la continua presencia de cubanos en África despues de eso y los números de intercâmbio comercial e inmigratório de la isla, desde los años sesenta hasta nuestros días. ¿Es posible encontrar tales datos organizados por ONE u otra institución nacional? Gracias

Sonia el 20.08.2017, 04:41 a.m

Solicito me envíen los mecanismo s para denunciar una ciudadana Cubana que robo a su Ella continua gracias a esta estafa enriqueciéndose ilícitamente. Si le roba al estado va presa y si le roba a la familia adonde va!. La SRa Ivette Garcia Figueredo con carnet de identidad 72091214298 nos solicito dinero prestado para comprar un apartamento ponerlo en renta y convertirse en miembro de la ONAT, ella ha incumplido con la devolución de ese monto cual es el mecanismo para denunciar. Yo la quiero denunciar aunque no fue a mi a quien robo, pero soy testigo y tengo testigo de todo lo que puedo declarar. Gracias

Sonia el 20.08.2017, 04:31 a.m

He enviado multiples cartas me he presentado a varios lugares. Quiero denunciar el robo de una ciudadana Cubana y me dicen que debo pagar para denunciar a un ladrona Como es posible. Quien debo dirigir mi denuncia. La persona continua impunemente sin limitación a su inmortalidad Ud puede orientarme en este proceso de acusación

Dirección Jurídica el 01.02.2018, 12:35 a.m

Estimado usuario, ud. debe dirigirse a la PNR o la FGR pues su consulta no guarda relación con el encargo Estatal de este Ministerio. Gracias

Andrés Hernández Laborde el 19.08.2017, 10:27 a.m

Buenas Noches. mi intéres está en conocer mediante que via puedo obtener las legislaciones vigentes que aprueban las tarifas establecidas en instituciones estatales para el alquiler de locales a personas naturales y/o jurídicas y las condiciones que lo definen. saludos

Dirección Gral. de Atención Institucional el 26.01.2018, 03:35 a.m

Estimado usuario,La norma jurídica vigente para determinar tarifas de alquiler de locales es la Resolución No. 460 de 2017. Gracias por consultarnos

Emerio Rodriguez del Rey el 17.08.2017, 09:08 a.m

No se si este es el sitio apropiado para hacer una pregunta sobre salario, pero por si afuera, tengo dudas sobre la aplicación de la RES. 261 de 2016 sobre Contribución Especial a la Seguridad Social. En la misma se describen los conceptos por los que se aplica este impuesto sobre el salario cuando aquellos superan los 2500.00 CUP, pero mi duda está basada en que cuando la causa del incremento por encima de 2500 está dado producto de haber solicitado vacaciones para ser cobradas de forma adelantada, ¿por qué se aplica el impuesto de 3% a la demasía de 2500? Gracias anticipadas.

Dirección de Política de Ingresos el 19.02.2018, 04:09 a.m

Estimado Usuario.La aplicación de estos tributos se realiza cuando se cumplen los requisitos previstos de límites de ingresos establecidos, más de 500.00 CUP y a partir de los 2 500.00 CUP mensuales, de forma respectiva para la contribución y el impuesto, y que al menos se reciban ingresos por alguno de los siguientes conceptos: pago por el perfeccionamiento empresarial, pago por rendimientos o distribución de las utilidades empresariales. De cumplirse estos requisitos los tributos se aplican sobre el total de las remuneración cobradas por el trabajador incluidas las vacaciones.Gracias

Nápoles el 16.08.2017, 02:59 a.m

Buenas tardes yo soy trabajador de una empresa estatal y se me ha dado la tarea de confeccionar las factura por mora a dereterminados clientes la mayoria son instituciones presupuestadas mi pregunta es de un caso puntual al cliente que se le facturo en el mes de diciembre de 2016 y realizó el pago en el mes de febrero de 2017 yo le puedo hacer la factura de la mora ahora en este mes de agosto y si de ser posible a que documento legal me puedo remitir para poder mostrarlo en caso que no me quieran firmar la factura

Dirección Gral. de Política Fiscal el 31.05.2018, 11:08 a.m

Estimado Usuario Ud.Revisar decreto de contratación.Gracias por consultarnos

Oscar Romero Bilbatua el 16.08.2017, 09:21 a.m

Necesito firmado un documento C-02 Certificacion Residencia Fiscal de Contribuyente en ingles y la oficina de la Habana Vieja me plantea no poder darlo. Soy Comercial de la empresa Radiocuba sita en Habana y Obispo y me lo solicitan para la firma de un contrato.

Alejandro el 15.08.2017, 10:07 a.m

Hola: NECESITO que me envíen por favor la Resolución No. 446/12 referente a la compraventa de inmuebles. Agradeciendo su atención

Gleider el 11.08.2017, 03:37 a.m

decreto ley 249

Dirección Jurídica el 02.02.2018, 12:52 a.m

Estimado Usuario,con relación a la solicitud realizada se le comunica que el Decreto-Ley No. 249 de 2007, relativo a la Responsabilidad Material, se encuentra Publicado en la Gaceta Oficial de la República, por lo que podrá tener acceso al mismo a través de su página web www.gacetaoficial.gob.cu. Gracias

manuel rivero el 11.08.2017, 12:51 a.m

necesito las resoluciones de precio enmitidas para BRASCUBA para la fijacion de precio a la venta minorista

manuel rivero el 11.08.2017, 12:48 a.m

como puedo saber las resoluciones de precios aprobadas por el ministerio del Provedor BRASCUBA si es posible mandarmelas o en que numero y fecha se publicaron en la gaceta oficial

Dirección de Política De Precios el 26.01.2018, 12:27 a.m

Saludos Manuel. La resolución de Brascuba es la No. 461 de 2017, la cual se adjunta.

adaris el 10.08.2017, 01:03 a.m

enviar la resoluciones 209/2009 fecha 15/7/2009 y resol 4 del año 2012

el 10.08.2017, 07:41 a.m

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David Mestre Vizcaíno el 09.08.2017, 06:20 a.m

Estimados señores/as: Soy David Mestre Vizcaíno, mi NI es 67060632004 y mi pasaporte I888694. Estoy residiendo en España y para ser beneficiario de asistencia sanitaria pública necesito presentar un certificado de Rentas en mi país de origen (Cuba). No estoy retoy registrado en la ONAT, por lo que supongo que no podrán emitir dicho certificado. Ruego me lo envíen, si es posible, al correo electrónico indicado, y de no serlo, me remitan un documento que haga constar que no es posible por no estar registrado.

Joel Sarduy Silveira el 07.08.2017, 01:18 a.m

Estimados Cros. Dirección Jurídica Tengo una duda sobre las resoluciones sobre la contabilidad de los trabajadores por cuenta propia. ¿Por favor, me pudieran enviar las resoluciones referentes a la contabilidad de los trabajadores por cuenta propia? No estoy seguro de los números de las resoluciones: 386/2010, 286/2010 o 286/2012 Muchas gracias. Saludos cordiales. Lic. Joel Sarduy Silveira

Dirección Jurídica el 22.02.2018, 11:26 a.m

Estimado Usuario, Le enviamos Resolución Solicitada, gracias por consultarnos

Fernando el 06.08.2017, 02:04 a.m

Buenos dias, estimados companeros. Me llamo Fernando Valdes Illa Me encuentro en estos momentos en el extranjero estudiando la actividad de restaurantes. Para mi tiene una importancia muy grande en mi vida. Ya que yo quisiera arrendar en septiembre- Octubre un local del estado en la habana para realizar esta actividad. Me preocupa que esta actividad ha sido cerrada temporalmente la entrega de licencias para esta actividad. 1) ?Que tiempo estara suspendiad la entrega de licensias para paladar? 2) ? La lincencia de cafeteria tambien estan suspendidas? Para mi es de vital importancia recibir respuesta a estas 2 preguntas! Muchas Gracias.

Dirección Institucional de Turismo, Comercio y Servicios el 09.02.2018, 11:52 a.m

Estimado Usuario, Ud. debe dirigirse al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS).Gracias

Abraham el 02.08.2017, 11:10 a.m

Hola, soy un estudiante de Derecho y estoy haciendo un trabajo sobre la evasión y elusion fiscal, necesito si es posible estadísticas de la cantidad de personas que han incurrido en esto en la provincia de Cienfuegos o en el país entero. Gracias

Webmaster el 15.03.2018, 12:32 a.m

Estimado Usuario, Ud. debe remitir su consulta al correo consulta @onat.gob.cu, gracias por consultarnos

Frank Sierra el 01.08.2017, 11:29 a.m

Necesoito la resolución para el calculo del VAB

Celio Diaz el 01.08.2017, 08:11 a.m

Mi esposa Maria E Torres Quintana, es TCP en M.N y este mes de julio es el primero a pagar y tenemos una duda que queremos nos aclaren. En el mes tenemos una cantida de dinero recbida por concepto de alquiker de una habitación y ademas otra cantidd debidoa gastos incurridos. ¿Al reportar el 10% para el pago adelantado este se calcula en base al ingreso solamente o a la diferencia deingreso y el gasto . no superando este el 30%? Gracias en adelanto por la respuesta.

Francisco el 31.07.2017, 12:14 a.m

Se puede coger del presupuesto de inversiones para una determinada actividad Ej. prueba de calidad, Aseo, Alimentación, etc. para pagar otra eje. mano de obra. Aunque no se pase del presupuesto General de la Obra.

Dirección Jurídica el 09.02.2018, 03:39 a.m

Estimado Usuario Ud. debe dirigirse al MEP Ministerio de Economia y Planificación, gracias

Ariel Sánchez Tabares el 31.07.2017, 10:15 a.m

Por favor necesito de ser posible ayuda de ustedes: Soy realizador de audiovisual y pertenezco a la Asosiación Cubana de Comunicadores Sociales (ACCS), por lo que estoy inscripto en la ONAT de mi municipio como contribuyente. Mi preocupación es saber COMO CALCULAR o definir la cantidad de dinero que debo pagar al cierre del año como resultado de mis ingresos personales. En espera de ustedes, Ariel Mis datos personales son: Nombre y Apellidos: Ariel Sánchez Tabares Dirección: Jesús Arguelles 11 Altos % Rafael Martínez y Línea Rpto Casa de Piedra Municipio Las Tunas Provincnia Las Tunas. Teléfono: 31346968 Correo: asanchez@elecltu.une.cu

Dirección de Política de Ingresos el 19.02.2018, 12:49 a.m

Estimado contribuyente, el modelo de Declaración Jurada que usted debe llenar trae consigo un instructivo que orienta los datos y operaciones que usted tiene que consignar para llegar a la liquidación y pago del tributo. Desde la distancia y teniendo en cuenta lo harto complejo que resultan estas materias seria poco práctico este asesoramiento por lo que le recomendamos que se acerque a la ONAT de su domicilio fiscal y pregunte por los funcionarios de atención al contribuyente y ellos esclareceran sus dudas. De no resultar suficiente usted puede contratar los servicios de un Tenedor de libro de su elección para que le lleve la contabilidad.Gracias

Ing. Alfredo A. Pérez Suárez el 28.07.2017, 03:45 a.m

Necesito conocer cuáles son las tarifas horarias de mano de obra para los diferentes grupos salariales que están autorizados aplicar en las cooperativas no agropecuarias de construcción a la hora de confeccinar sus presupuestos de oferta para los trabajos de construcción y/o mantenimiento de obras, así como la (o las) resolución(es) que amparan las mismas. Trabajo en una empresa cxonstructora y nos resulta de vital importancia tener dominio de dicha información para cualquier consulta al respecto. Agradeciendo de antemano su atención quedo a la espera de su respuesta

Dirección de Política De Precios el 26.01.2018, 12:25 a.m

Saludos Alfredo. Cuando una entidad estatal contrata a una CNA de la Construcción, los precios o tarifas se acuerdan entre las partes (entre la entidad estatal y la CNA) no pueden exceder del límite de Presupuesto que esté aprobado para la entidad estatal en ese concepto, en cuyos casos las referencias utilizadas son las que se definan en el PRECONS II. Se debe tener presente que las CNA se rigen por lo dispuesto en el Apartado Decimo Segundo de la Resolución 124/16, que establece los procedimientos contables, financieros, de precios a las Cooperativas no Agropecuarias (CNA) se define que los precios se determinan por oferta y demanda, por lo que para la conformación de sus bases de precios a aplicar, la CNA puede tomar como referencias las normas que emita el MICONS u otras que estén aprobadas por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. Lo significativo radica en que la entidad estatal no puede pagar por encima de lo previsto en su Presupuesto, sustentado en el PRECONS II.

zoe rodriguez el 28.07.2017, 03:11 a.m

buenas tardes estoy buscando la resulcucion 117/2000 de este ministerio por favor; me la pueden hacer llegar?

Sandra el 24.07.2017, 01:35 a.m

Buenas tardes Quisiera que me informaran en que Resolución esta establecido que el Inversionista nacional es el que paga las bienechurias y el uso del suelo. Ya consulte al MINAG y no me respondieron saludos y quedo al tanto

Dirección de Política de Ingresos el 21.02.2018, 11:51 a.m

Estimado Usuario, su pregunta es de competencia del MINAG y no del MFP.Gracias por consultarnos

Bárbara el 21.07.2017, 02:44 a.m

¿Qué opciones habrá de licitar locales y comprar AFT para los Proyectos de Desarrollo Local? ¿Existe algún mecanismo para los TCP?

Dirección de Política Financiera el 13.04.2018, 09:51 a.m

Estimado Usuario Ud. debe dirigir su consulta al MEP, ese organismo fue el que emitió el Procedimiento para Proyectos de Iniciativa Municipal de Desarrollo Local (PIMDL). El MFP emitió el tratamiento financiero que utilizan las entidades vinculadas a los proyectos, que es la Res No. 187-2011. Gracias por consultarnos

ALejandroe el 21.07.2017, 11:02 a.m

Envie hace varios dias una consulta. ustedes responden por esta misma via

Dirección de Informatización el 21.02.2018, 12:23 a.m

Estimado Usuario, respondemos por esta misma vía, gracias por consultarnos

Enrique del Prado Rodríguez el 21.07.2017, 08:54 a.m

RS/123 de 22 de enero de 2016 sobre aplicación de las tarifas vigentes para el sector estatal a las cooperativas no agropecuarias siempre que los servicios que se ejecuten se destinen al sector estatal.

beatriz alvarez baños el 20.07.2017, 10:39 a.m

Soy diseñadora, y me acogi a la bonificacion del 30% a la que somos beneficiados los artistas y comunicadores sociales, mis preguntas y preocupaciones son: porque tiene que pasar 1 año y 6 meses para dar una respuesta, cuando la ley dice que debe ser respondida en un término de 30 dias? porque mi resolucion tiene fecha de firmada por la entidad MFP el 4 de mayo de 2017 y fui notificada el 19 de julio de 2017? y mi ultima preocupacion es que cuando presente mi solicitud el 28 de enero de 2016 posteriormente fui citada en varias ocaciones por dudas con los papeles y siempre preguntaba sobre si yo reunia los requisitos para solicitar dicha bonificación, se que esta resolución no cabe recurso de apelación ninguno en caso que sea negada la solicitud , como es mi caso, pero si creo que una explicación por el tiempo transcurrido tan largo. yo creo que si esta solicitud pasa por tantas manos antes de su paso final que es el MFP debe esta super filtrado para que despues de tanta espera sea denegada la solicitud muchas gracias

Dirección de Política de Ingresos el 19.02.2018, 12:30 a.m

Estimada contribuyente es cierto que el tiempo transcurrido ha sido mayor que el que hubieramos deseado, sin embargo, de lo que se trata es de un análisis económico y fiscal de sus ingresos, los calculos y sus verificaciones son pasos necesarios que no podemos violentar y que ciertamente han tomado su tiempo. Pero esta bonificación que contribuyente como usted tienen el privilegio de poder solicitar no se concede a todo el mundo sino a los que como usted bien dice estén dentro de los parametros establecido y demuestren un real aumento de su carga financiera. Al conceder estas bonificaciones el Presupuesto del Estado renuncia a dineros que son esenciales para cubrir gastos sociales en beneficio de todos y redistribuir la riqueza del país, muchos servicios públicos ven disminuido sus ingresos y posibilidades de desarrollo cuando se toma una decisión de este tipo, además esto es auditable y debe ser un proceso trasmparente y que deje evidencias verificables de los pasos dados. Estas y otras situaciones como que el universo de contribuyentes que solicita este beneficio son varios cientos lo que sobrepasa las posibilidades reales de nuestro equipo de funcionarios que junto con la ONAT asume junto con esta otras tareas que urgen al país. Cierto que esto es un problema que no justifica la demora, pero despreocupese que tomamos nota y resolvemos el asunto. Por lo que le pedimos disculpas y comprensión por las molestias ocasionadas. Gracias por consultarnos

Dany Columbié Laria el 19.07.2017, 04:53 a.m

Por favor, necesito me ayuden con la legislación relacionda con el trabajo por cuenta propia. Nuestra entidad tiene varios contratos concertados con trabajadores por cuenta propia, y necesitamos, especialmente, conocer el tema de los precios que se aplican acada una de las actividades, y qué organismo emite estos prec ios, sobre todo en la rama de los servicios de programación y reparación en los medios de la informática y las comunicaciones. Gracias Dany

josé torres rodríguez el 19.07.2017, 12:46 a.m

resolución 259/2012

Dirección Jurídica el 19.01.2018, 02:08 a.m

Estimado Usuario, la Resolución solicitada se le ha enviado a su correo. Gracias

Elier el 19.07.2017, 11:31 a.m

Necesito resolucion 310/2013 de MFP

Raulito el 18.07.2017, 03:38 a.m

Saludos, tenemos la siguiente precoupación y estamos necesitados de ayuda al respecto: ¿cual es el tratmiento contable a los gastos de estimulación salarial de los trabajadores de los comedores obreros? ¿se consideran para el cáculo del costo por peso? ¿cual sería el registro si esa misma estimualción a los trabajadores del comedor si ella surge del resultado obtenido por los talleres productivos y no de la propia gestión del comedor? En espera de su atención. Gracias.

Dirección de Contabilidad Gubernamental el 07.03.2018, 09:33 a.m

Raul, buenas tardes,el pago por resultados, de los trabajadores del comedor obrero, se registran en la cuenta Otros Gastos, cuyo uso y contenido expresa: “Se registran en estas cuentas los gastos que no corresponden a las actividades fundamentales de la empresa, ni se consideran gastos financieros, pérdidas, faltantes. Comprenden entre otros, gastos por concepto de: comedores, cafeterías, etc.” Estos gastos se consideran para el cálculo del costo por peso del comedor obrero, pero no debe implicar incremento del precio de los platos a cobrar a los trabajadores, ya que este gasto no se considera para la formación del precio, pues debe asumirse con los ingresos del resto de las actividades de la entidad, además de acuerdo a lo regulado en la Resolución No. 6, resuelvo séptimo, el pago por resultados se financia a partir de las posibilidades económicas y financieras de la empresa y el salario a distribuir responde al cumplimiento de los indicadores directivos y límites. Aunque el VAB se haya generado en los talleres, los trabajadores del comedor obrero también tienen derecho a recibir el pago por resultados y el registro contable es el mismo, ya que sin esos trabajadores, los del taller no podrían trabajar.Gracias por consultarnos

Loyda Borges el 17.07.2017, 11:16 a.m

Antiguamente el SNC-2-25 aparecia en el SIstema Nacional de Contabilidad, con el surgimiento del SC-04-08 no existe la metodología oficial en regulaciones de ese organiso, pues la Res. 13/2007 solo contempla hasta SC-04-07 y quisieramos que nos aclararan pues debemos definir aspectos puntuales en cuanto a la responsabilidad de sus anotaciones. SC- quiere decir sistema contable? Entonces porque no aparece en la Resolución 13/2007 o necesitamos saber si existe alguna otra posterior a la misma sobre este tema. saludos Loyda

Dirección de Política Contable el 16.03.2018, 02:35 a.m

Loyda la metodología para el llenado de este modelo lo establece el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, el área responsable lo define la entidad de acuerdo a las características de la entidad, gracias por consultarnos

Resolución 428/2012 el 17.07.2017, 10:53 a.m

Resolución 428/2012

el 14.07.2017, 11:48 a.m

resolución 478 y 124 del MFP que trata sobre tarifas del trasnporte de carga multimodal y automotor.

Alexander Arzola el 13.07.2017, 02:36 a.m

Hola, un amigo mío tiene una guarapera, me pidió averiguarle lo siguiente Dice que los costos de elaboración del hielo y producir la caña se le han incrementado y quiere saber si hay un tope con el precio, quiere saber si es legal vender el vaso de guarapo de 8 onza a 2.00$ MN. Saludos y gracias.

Dirección Gral. de Atención Institucional el 26.01.2018, 03:31 a.m

Estimado usuario,La aprobación de precio para venta de guarapo está descentralizada, a partir de la emisión por el MFP de la Resolución No. 460 de 2017. Cada provincia según sus particularidades y costos define límite al precio de este producto, gracias consultarnos

el 13.07.2017, 02:34 a.m

Se puede transferir mediante un instrumento de pago el saldo de la provisión para vacaciones correspondiente a trabajadores que se trasladan a otra entidad por una decisión administrativa?. En caso negativo cuál es la norma legal que lo impide. En caso afirmativo, por favor, qué norma lo establece y cuál es el tratamiento contable tanto para la entidad de donde proceden los trabajadores como el correspondiente a la entidad a la que se trasladan. Por anticipado, muchas gracias.

Dirección de Contabilidad Gubernamental el 02.03.2018, 04:05 a.m

Estimado Usuario,Buenas tardes, esta consulta debe tramitarla con su organismo superior explicando la fundamentación ,gracias por consultarnos

gisela cárdenas el 13.07.2017, 02:23 a.m

Solicito documento que exceptue el cobro de los aranceles, como componente del precio, que se le debe aplicar a los productos que se le vendan a ALMES para el desarrollo del turismo.

Ggisela Cárdenas el 13.07.2017, 02:18 a.m

Los aranceles forman parte del precio de los productos que son importados. ¿ A los productos que se le vende a ALMES destinados al desarrollo del turismo, debe exceptuarse el pago de los aranceles? Favor de enviar disposición que se refiera a dicha exepción. Espero su respuesta. Gracias

Dirección de Política De Precios el 26.01.2018, 12:16 a.m

Saludos Gisela. Las empresas Tecnotex, AT Comercial y  Servicios Automotores tienen una exención de aranceles para las inversiones hoteleras que ejecuta ALMEST. Se adjunta Resolución 171/2015.

el 13.07.2017, 02:09 a.m

resolución 473

Eudy el 12.07.2017, 08:23 a.m

Hola la resolución 267/2014 que regula el tema de las dietas de viajes a trabajadores refleja la aplicación de dos esquemas uno en cup y el otro mixto donde la suma de la cup+cuc no puede excederce de 15.50. ¿si la dieta se anticipa por el esquema mixto a la hora de la liquidación como se le devuelve al trabajador el dinero no consumido?.

Dirección de Política Contable el 26.11.2017, 01:04 a.m

Compañero Eudy: La dieta se le anticipa al trabajador por una tarjeta, por lo tanto no media efectivo y la liquidación esta contenida en la propia tarjeta.

Jose Luis Quiroga el 11.07.2017, 04:11 a.m

Por favor necesito conocer la norma que regula el SUBMAYOR DE VACACIONES y su cálculo. El 9.09% no es más que multiplicar por 0.0909 (4 cifras significativas) pero en algunos lugares truncan las cifras a solo 2, menoscabando la exactitud que fija la Ley.

Dirección Jurídica el 02.02.2018, 12:47 a.m

Estimado Usuario, con relación a la solicitud realizada se le comunica que el Submayor de vacaciones se encuentra regulado en la Resolución No. 13 de 2007, de este Ministerio, que fuera Publicada en la Gaceta Oficial de la República, para su general conocimiento, por lo que puede tener acceso a la misma a través de su página web www.gacetaoficial.gob.cu. Gracias

Jorge L. Vázquez Parga el 07.07.2017, 11:44 a.m

Existe alguna disposición jurídica que derogue la Instrucción 48 de fecha 4 de octubre del 2005 del MFP la cual pone en vigor el "PRocedimiento para el cálculo de los precios mayoristas y sus componentes en pesos convertibles máximos de los elementos constructivos de carpintería", dictada con posterioridad a la Resolución 310/13 del MFP modificó esta instrucción en relación a las facultades de aprobación de precios por los directores generales de las entidades.

Dirección Jurídica el 12.02.2018, 03:49 a.m

Estimado Usuario,la Instrucción No. 48 de 2005 se encuentra vigente. Gracias

el 07.07.2017, 11:35 a.m

resolucion 55/2017 del 24 de febrero

el 07.07.2017, 11:33 a.m

por favor necesito que nos ayuden a encontrar la resolucion 55/2017 del 24 de febrero

Dirección de Política De Precios el 24.01.2018, 02:06 a.m

Se le ha enviado la Res 55/2017, gracias por consultarnos

luis nrique Candebat el 06.07.2017, 03:58 a.m

Quisiera saber si un trabajajador Estatal que tambien posea una patente puede pagar la seguridad socia lpor ambas partes y que beneficios tendria.

Dirección de Política de Ingresos el 24.11.2017, 06:26 a.m

Saludos Luis Enrique. En relación a su consulta le explico que el Decreto Ley No. 278 "Del Régimen Especial de Seguridad Social para los Trabajadores por Cuenta Propia", del año 2010, establece quiénes pueden afiliarse al mismo. Así en su Artículo No. 1 dispone que "ARTICULO 1.-Se establece un régimen especial de Seguridad Social dirigido a la protección de los trabajadores por cuenta propia que no son sujetos del régimen general de Seguridad Social o cualquier otro régimen especial." Como puede apreciar no es posible que un trabajador por cuenta propia aporte a la Seguridad Social por esta condición y adicionalmente por ser trabajador estatal, ya que en este último caso está protegido por el Régimen General de Seguridad Social, al cual aporta su entidad con una Contribución y en los casos que corresponde, en atención al nivel de ingresos del trabajador y de los conceptos de pagos obtenidos, el propio trabajador estatal aporta al Contribución especial a ese régimen.

Aroldo Benítez Góngora el 06.07.2017, 03:14 a.m

Pertenezco a la Asociación Nacional de Economistas y Contadores de Cuba y tenemos una duda sobre la Ley 113 del 2012, la Dirección Nacional de la ANEC nos dice que estamos exonerados del pago del impuesto TÍTULO III CAPÍTULO I, SECCIÓN PRIMERA de la imposición al comercio de bienes y servicios, y la ONAT en Holguín nos dice que que si debemos pagarlo, por favor dime si nos pueden ayudar a esclarecer esta duda. De antemano muchas gracias

Dirección de Política Contable el 26.01.2018, 10:55 a.m

Saludos Aroldo. Por su referencia a la Ley Tributaria identificamos que se trata del Impeusto sobre las Ventas. Ciertamente, porla naturaleza de las operacioens que realiza la ANEC no existe regulación complementaria la aley Tributaria que la obligue al pago de este tributo. Sin embargo, le sugerimos contactar con la ONAT de su provincia para esclarecer la situación, y precisar que es este tributo el que se le está exigiendo y no otro de naturaleza similar como es el caso del impuesto osbre lso servicios gastronómicos. este último tributo pudiera estar asociado a las actividades que la ANEC realiza en atención a sus asociados. De cualquier forma, como contribuyente, a usted le asisten los derechos y recursos que la Ley Tributaria contempla para reclamar cualquier actuación de la Administración Tributaria con la que esté inconforme

Jorge E. Meneses Bernal el 06.07.2017, 01:07 a.m

Necesito saber en que gaceta se encuentra la Resolución 58 del 2016 del MFP

Ruben La Fe Gomez el 05.07.2017, 05:06 a.m

necesito por favor como encontar la DPC-177-2005, gracias

Gabriel Alejandro Lorenzo Rojas el 05.07.2017, 02:08 a.m

Buscar la Resolución No.127 emitida por el Ministerio de Finanzas y Precios-MFP- referente al procedimiento para las relaciones financieras en el Ministerio de la Agricultura-MINAG-

Dirección Jurídica el 19.01.2018, 12:33 a.m

Estimado usuario,con relación a la solicitud realizada, en atención al contenido descrito por usted se identificó la Resolución No. 127 de 2015, al no haber sido aportado el año específico de la misma. Gracias

Antonio Gómez Rabelo el 05.07.2017, 01:51 a.m

Les solicito ayuda, pues necesito, me hicieran llegar alguna base regulatoria vigente (procedimiento, normativa, metodología, etc;) sobre el cálculo de los Coeficientes de Gastos Asociados, Gastos Generales y de Administración y Gastos Indirectos, que utilizan las entidades económicas para confeccionar sus fichas de precios. Si no es posible hecerme llegar dicha información me gustaría me informaran dónde se puede obtener la misma pues verdaderamente la necesito para realizar un trabajo de curso que tengo que entregar. Saludos y gracias

Dirección de Política Contable el 26.11.2017, 01:06 a.m

Compañero Antonio: La normativa donde se establecen los coeficientes de Gastos que utilizan las entidades económicas para realizar su ficha de precios estan contenidas en la Resolución No. 20 /2014 del MFP publicada en Gaceta, debemos informarle que esta resolución no entra en vigor hasta que no se produzca la unificación monetaria, pero las Bases están vigentes

Yailin el 04.07.2017, 10:23 a.m

Buenos Días, por favor necesito saber cual es la Resolucion vigente que establece el margen comercial para la venta de cigarrillos en CUC en Cuba.

mariela perez loo el 03.07.2017, 09:43 a.m

decreto 916 de finanzas y precios

Dirección Jurídica el 01.02.2018, 11:57 a.m

Estimado Usuario, con relación a la solicitud realizada, se le aclara que el tipo de instrumento jurídico denominado “Decretos”, son emitidos por el Consejo de Ministros, por lo que en caso de ser de general conocimiento, se dispone su Publicación en la Gaceta Oficial de la República, no obstante la numeración de los decretos recientemente publicados, no llega al que usted ofrece en su descripción. Se le sugiere verificar los datos ofrecidos, y precisar si se trata de un Decreto o una Resolución, que en el caso de esta última, es el instrumento jurídico que emite este Ministerio (precisar número y año o describir claramente su contenido, a los efectos de que pueda ser identificada). Gracias

Enrique Chaves el 30.06.2017, 04:35 a.m

Gracias, Me gustaría saber si una compañía reaseguradora no domiciliada en Cuba puede ofrecer sus servicios en este país libremente o si para ello necesita una autorización de la Superintendencia de Seguros. Se trata de un servicio transfronterizo. En caso de necesitarla, quisiera saber qué procedimiento se debe seguir. Mil gracias, Enrique Chaves

Dirección Jurídica el 09.02.2018, 04:13 a.m

Estimado Usuario,una compañia reaseguradora no domiciliada en Cuba, puede ofrecer sus servicios, sin que sea necesario la autorización de la Superintendencia de Seguros. Saludos, Noemí.

Yailin Romero el 30.06.2017, 03:05 a.m

Buenas Tardes, por favor necesitaría conocer la Regulacion específica que permite a las cadenas de Tiendas en Cuba emplear el margen comercial para la venta de Cigarrillos en CUC. Atentamente y en espera de su respuesta... Yailin Romero

Dirección Institucional de Turismo, Comercio y Servicios el 23.02.2018, 10:51 a.m

Estimado Usuario,cigarros nacionales en CUC: Los precios se aprueban por el Ministerio de Finanzas y Precios y la norma vigente es la 461/2017. Los cigarros importados en CUC: Los precios de aprueban acorde a lo establecido en la Resolución No.531/2015 de este Ministerio.Gracias

Dra. Elba Lorenzo Vázquez el 30.06.2017, 03:04 a.m

Atentamente, Necesito para trabajo de Maestría "Contribución de las normas jurídicas para el control del tabaco en la prevención del tabaquismo" - Resolución 10/2017, que hace referencia a los tipos de impuestos que se aplican al tabaco. -Resolución Marco nro. 38 en relación a los precios del tabaco. Gracias, Dra. Elba Lorenzo Prosalud

Aliet Piña Bonilla el 30.06.2017, 11:22 a.m

Buenos dias quisiera pedir su ayuda para conocer que procedimiento debo realizar para arrendar un espacio en el Jardin Botanico Nacional a un TCP

Gleider el 30.06.2017, 08:47 a.m

resolucion 20

Dirección Jurídica el 12.02.2018, 03:45 a.m

Estimado Usuario, con relación a la consulta realizada, se le solicita que nos informe el año de emisión de la Resolución a la que hace referencia, o el contenido de la misma, a los efectos de su posible identificación, en tanto a las resoluciones poseen una numeración consecutiva anual, por lo que en cada año existe una resolución con similar número.Gracias

yaineris el 29.06.2017, 01:41 a.m

Resolusión 300

Dirección Jurídica el 12.02.2018, 03:43 a.m

Estimado Usuario, con relación a la consulta realizada, se le solicita que nos informe el año de emisión de la Resolución a la que hace referencia, o el contenido de la misma, a los efectos de su posible identificación, en tanto a las resoluciones poseen una numeración consecutiva anual, por lo que en cada año existe una resolución con similar número.Gracias

Manuel Noda Corujo el 29.06.2017, 11:46 a.m

Cuanto es el porciento de Utilidad permitido para los Servicios de Construccion (Precons-II) si lo que contrato a realizar es un Mantenimiento Constructivo y cuanto es si se trata como Construccion y Montaje

Dirección de Política De Precios el 26.01.2018, 12:11 a.m

Saludos Manuel. Para los servicios de mantenimiento y reparación la normativa de utilidad a aplicar en la formación de precios por métodos de gastos es de hasta el 15 % sobre gastos de elaboración en moneda total ó del 10 sobre el costo total de la moneda total en los casos autorizados y de hasta el 10 % para el componente en pesos convertibles (CUC) (rESOLUCIÑON 21/99 Y RESOLUCION CONJUNTA MEP-MFP 2005). Cuando se trate de servicios de construcción, se aplica lo establecido en la Resolución 199/05 del PRECONS II, en cuyos casos se establece para la moneda total de hasta el 20% sobre el gasto de elaboración, deduciendo los presupuestos independientes y los importes de todos los suministros que forman parte del valor de Construcción y Montaje de todos los materiales comprados o de producción propia del Contratista / Ejecutor y del Cliente; y hasta el 10 % sobre el total de costos para el componente en CUC.

Leandro Hernández Santos el 29.06.2017, 06:55 a.m

Estoy recibiendo pago a mis cuenta corriente de TCP en cheque por las diferentes entidades a la cual estoy ejecutendo trabajo de construccción en estos meses estoy haciendo el aporte corresondiente en la onat ero quisiera saber que es lo que se aporta al finalizar el año si es un porciento de el valor de los cheques que me han entrado o si es un porciento de las utilidades recibidas despues de restarle a estos cheques todo el gasto en materia prima y pago de salario a los trabajadores que tengo sub contratados.

Dirección de Política Contable el 26.01.2018, 10:48 a.m

"Saludos Leandro: En atención a su consulta le explico que los contribuyentes reflejan en la declaración jurada los ingresos que hayan recibido. La duda se centra en relación con el momento de considerar que el ingreso se ha obtenido. Al respecto señalamos que el principio reconocido para el registro de los ingresos de las personas naturales, no es el del devengo sino el principio del efectivo. De esta forma solo se computan los ingresos que hayan sido efectivamente obtenidos por el contribuyente. En el caso de los pagos que se realicen mediante instrumento bancario, específicamente cheque, debemos destacar que este no es más que un instrumento de pago, pero en sí mismo no representa ni indica el flujo del efectivo, la mera posesión de un cheque no significa que se haya cobrado. Puede ocurrir, que ese instrumento de pago no pueda ejecutarse por diferentes razones, por carencia de fondo, por caducidad del instrumento bancario, por errores en su confección, o por deterioro o pérdida; sin embargo el derecho al cobro de la venta realizada no se afecta. Por lo tanto, siguiendo el principio del efectivo, en los casos de pagos realizados mediante instrumentos bancarios, los contribuyentes solo deben registra los ingresos cuando ejecutan los mismos, en el caso señalado cuando cobran el cheque. Asumiendo que usted es un trabajador por cuenta propia, mensualmente debepagar el Impuesto osbre lso Servicios, a razón de un 10% de lso ingresos que haya obtenido, por cheques o en efectivo. Al cierre del año, debe liquidar y pagar, mediante la presentación de una declaración jurada, el Impeusto osbre lso ONgresos Persoanles. Para el cálculo de ese tributo, a los ingresos totales obtenidos, le descuenta unpor ciento port concepto de gastos propios en el límite que para su actividad haya establecido este Ministerio. Usted puede conocer ese límite, consultando la resolución No. 20/16 del MFP. No le podemos precisar cuál es porque no conocemos que actividad usted ejerce. Además puede descontar los tributos que haya pagado dudarnte el añom con excepción de las cuotas anticipadas del Impuesto, también descontará el importe de 10 mil pesos, por concepto de mínimo exento. Al resultado de esas deducciones le aplica la escal progresiva, que la Ley Tributaria establece. Le sugerimos dirigirse a la ONAT de su docmicilio fiscal, para cualquier precisión o asesoría técnica en que requiera sobre el pago de los tributos. " gracias por consultarnos

Tamara Marrero el 27.06.2017, 11:03 a.m

Las multas administrativas pueden ser aprobadas mediante Procedimiento de una empresa, basados en un acuerdo de Consejo de Dirección de un OACE? Que norma legal regula los organismos de la administración central del Estado pueden aprobar sistema de multas administrativas?

Dirección de Multas el 24.11.2017, 06:10 a.m

Las multas administrativas constituyen sanciones a infracciones cometidas por personas jurídicas y naturales. Son expresión de la función coactiva que tiene el Estado en su responsabilidad de ordenar el comportamientoi en la sociedad. Constituye una garntía para la población y las entidades que tanto las infracciones como las sanciones , incluidas las multas, correspondienets estén establecidas en normas jurídicas del primer oreden de jerarquía en el ordenamiento jurídico de nuestra sociedad: leyes, decretos leyes y decretos. Los consdejos de Dirección no están facultados par establecer procedimeintos de imposición de multas. Los organismo de la Administración Central del estado, pudieran estar responsabilizados en las referidas normas de establecer procedimeintos para el mejor cumplimiento de lo que en ellas dse dispone. Por ejemplo, la el Decreto No. 326 Reglamento del Código de Trabajo, en su Capítulo XV, Sección Tercera, establece las medidas a aplicar ante infracciones de la legislación de trabajo y de seguridad social.

Roberto el 26.06.2017, 12:05 a.m

Hola, buen dia. Le escribo con la intencion de solicitar su ayuda pues necesito que me envien si la poseen digital la Res. 122 de 2007, pues necesito culminar de dictaminar un contrato y en su web no encuentro la referida. Fraternalmente.

arianna el 22.06.2017, 10:57 a.m

Existe alguna resolución, decreto o procedimiento que establezca como se debe contabilizar los servicios contratados con la Empresa de la Goma (Poligom). Y de ser asi me podría decir cual es?

Dirección de Política Contable el 26.11.2017, 01:10 a.m

Compañera Arianna: los pagos por servicios contratados con la empresa de la Goma,se registran en la contabilidad como los demas servicios, según lo contratado.

Reinier el 22.06.2017, 09:39 a.m

Necesitamos saber si lo expresado en el en el resulevo noveno de la Resolución 261/2016 sobre la contribución especial a la Seguridad Social referente a los jubilidados en el caso de que sea contratados por una entidad y resiban salario por resultado a parte de su chequera si se le aplica el 5% de Impuesto a la Contribución de la Seguridad Social.

Dirección de Política de Ingresos el 19.02.2018, 11:53 a.m

Estimado Usuario,el pluriempleo puede tener lugar dentro de una misma entidad o con empresas diferentes. En el primero de los casos, la entidad practicará las retenciones de los tributos de conformidad con los procedimientos establecidos, verificando que se cumplen los requisitos para su exigencia, en relación con el total de las remuneraciones que realiza a ese trabajador, en función de los contratos de trabajo que tiene suscritos ese trabajador en particular.Gracias

Francisco el 21.06.2017, 04:19 a.m

Necesito saber si tienen algunas normas que regulan los precios de venta de los espejuelos a la población, porque no se si ustedes como Ministerio hicieron alguna Resolución o puede ser una normativa del Ministerio de Salud Pública, le ilustro de algunos números, por ej. A-14-12, A-61-13, pero con esa numeración difícil se encuentre en la Gaceta Oficial. Atentamente, Frank

Dirección Institucional de Turismo, Comercio y Servicios el 25.10.2018, 03:19 a.m

Se adjunta Resoluciones Nos. 268 y 269 del MINSAP, con precios de espejuelos a su correo,Saludos

Alina Alonso Azze el 21.06.2017, 01:59 a.m

Hola buen día, hace varios días escribí y realice consulta relacionan con la puesta en vigor de una norma de su ministerio. Soy asesora jurídica de la Empresa de Seguridad y Protección y por un cliente conocimos la Resolcuión No.150 de fecha 11 de abril de 2017 de su ministerio, que deroga la 580/2015, dicha resolución no nos fue notificada por la Dirección Provincial de Finanzas y Precios de Holguín, y en consulta a esta desconocen tal parecer. Necesito confirmación de si realmente esto es así y la norma mencionada esta en vigor....Saludos y en espera de su pronta respuesta.

Dirección Jurídica el 19.01.2018, 12:29 a.m

Estimado usuario, con relación a la consulta realizada, se le comunica que la Resolución No. 150, de fecha 11 de abril de 2017 (se adjunta), entró en vigor, según dispone la propia norma, a los siete (7) días hábiles posteriores a la fecha de su firma. La referida Resolución, fue comunicada a la totalidad de los Presidentes de los Consejos de la Administración de las Asambleas Provinciales del Poder Popular y de los Directores Provinciales de Finanzas y Precios, en cumplimiento del propio mandato de publicidad de la norma. Gracias

moraimatrujillo1963@gmail.com el 21.06.2017, 09:14 a.m

Por Favor. Estoy tratando de volver a imprimir mi modelo de contribuyente RC-05 NIT 63042803570 DPA5530-0703-6824-1032 Moraima Rosa Trujillo González porque he perdido mi cartera en visita al banco y no lo logro. Puedo ver que disponen del servicio automatizado para bajar otras informaciones y modelos lo cual es bueno porque descongestiona el servicio en oficinas y no lo logro. Si fueran tan amables de indicarme el modo. Espero respuesta Gracias

Dirección de Política de Ingresos el 24.11.2017, 06:21 a.m

Saludos Moraima: El modelo al que hace referencia debe ser habilitado por la ONAT del municipio donde reside, mediante forma de un funcionario y el cuño correspondiente. Por ello usted debe dirigirse a la misma y allí solicitar que se explica su situación y se le imprimirá nuevamente la documentación sin costo ni pago de Impuesto sobre Documentos (Sellos) alguno.

el 20.06.2017, 06:43 a.m

Resolucion No. 20

Dirección de Política Contable el 26.11.2017, 02:52 a.m

Necesitamos nos precise el año de la Resolución 20 a la cual hace referencia.

el 20.06.2017, 06:42 a.m

Resolucion No 20

Dirección Jurídica el 12.02.2018, 03:41 a.m

Estimado Usuario, con relación a la consulta realizada, se le solicita que nos informe el año de emisión de la Resolución a la que hace referencia, o el contenido de la misma, a los efectos de su posible identificación, en tanto a las resoluciones poseen una numeración consecutiva anual, por lo que en cada año existe una resolución con similar número. Gracias

Eduard Carrasco Solís el 20.06.2017, 11:16 a.m

necesitamos el modelo CR 09 y como se debe llenar, gracias

Otilio Santana Alvarez el 20.06.2017, 08:07 a.m

Soy el director de la division Laboratorio de la Empresa de servicios profesionales y tecnicos Perteneciente al Grupo de la Electronica, MINDUS, nosotros prestamos servicios de calibracion en todo el pais, para la alimentacion y alojamiento de los trabajadores tenemos contratos con la Cadena Islazul y Palmares y en base a la resolucion 267/2014 se da 9.50 CUC y 6.00 CUP para un total 15.50 MT en alimentacion Debemos ir a prestar servicios a la Isla de la Juventud alli no existe instalaciones de islzul ni Palmares solo Gran caribe con el cual firmamos contrato. La situacion es que los precios de gran caribe contempa la alimentacion solo en CUC, 15.50 CUC, el dpto de economia de mi empresa me plantea que no puede dar los 15.50 en CUC porque es violatorio de la resolucion 267/2014. La duda: se puede dar la dietas en 15.50 CUC segun el contrato de Gran caribe, ?es violatorio de alguna legislacion?, ?Como proceder? muchas gracias por adelantado

Dirección de Política De Precios el 26.01.2018, 12:06 a.m

Saludos Otilio. La Resolución No. 267/2014 en su Apartado Tercero establece los importes a utilizar por las entidades que han sido autorizadas a otorgar las dietas diarias con componente en pesos convertibles (CUC). Estas empresas autorizadas, son por lo general las que aplicaban el componente antes de la entrada en vigor de la citada norma y otras a las que puntualmente se les ha aprobado. Las entidades estatales cubanas, como norma, deben pagar las dietas en pesos cubanos (CUP). No obstante, en los casos autorizados a pagar en CUC, en que no haya instalación de Palmares o Isla Azul, puede acordarse el pago hasta los límites establecidos en CUC. Esta decisión debe evaluarla la máxima dirección de la entidad , sobre la base de los criterios de racionalidad y eficiencia.gracias

Charly el 16.06.2017, 01:09 a.m

Necesito que me envien la Ley 101 del Ministerio de Finanzas y Precios que no la he encontrado en la Gaceta Oficial de Cuba. Gracias.

Regina Mesa Gonzalez el 15.06.2017, 03:53 a.m

Deseo consultar si existe alguna legislación que regule la entrega del aseo tecnológico a los trabajadores que lo requieren por la labor que realizan y la planificación y entrega de aseo a los trabajadores que laboran en oficinas para la higiene de antes de consumir alimentos y después de utilizar los sanitarios con la finalidad de evitar enfermedades infecciosas. De ser posible y me pudieran orientar sobre los temas de consulta. Gracias por su atención, respetuosamente, Regina

Dirección Jurídica el 06.02.2018, 11:41 a.m

Estimado usuario,con relación a la consulta realizada, se le comunica que la regulación sobre la entrega de aseo o aseo tecnológico a los trabajadores, no forma parte del encargo estatal de este ministerio, por lo que deberá dirigirse a los Ministerio de Economía y Planificación o del Trabajo y Seguridad Social. No obstante se le informa que la Resolución No. 474 de 2002, de este Ministerio, establece el Procedimiento para la formación de precios minoristas de los módulos de aseo y vestuario para mejorar la presencia física del trabajador, uniformes y vestuario de trabajo, la que dispuso su Publicación en la Gaceta Oficial de la República, por lo que podrá tener acceso a la misma a través de su página web www.gacetaoficial.gob.cu. Gracias

Lourdes Martínez Corbillón el 14.06.2017, 11:45 a.m

Quisiera saber donde puedo descargar la Metodología de Formación de Tarifas de los servicios de proyección de Ingeniería.Investigaciones Ingenieras Aplicadas a la Construcción y otros Servicios Técnicos. Tengo entendido que es la Instrucción No 7 del 2005. Quisiera saber si es la que está vigente para conformar los precios de los servicios ténicos y en su efecto, donde descargarla. Gracias.

Edelio N. Salgado Ricardo el 14.06.2017, 09:28 a.m

Por favor, busco en el contador electrónico la Resolución No. 1100 de 2015 y aparacen en ella los nombre de los anexos, sin embargo no puedo abrirlos. Busqué en la Gaceta Oficial edición electrónica y tampoco la encuentro. Favor ayudarme en ese sentido. Muchas gracias anticipadas: Salgado

JAYLEN MC DONALD CLARO el 14.06.2017, 06:05 a.m

CERTIFICADO DE NO HACER LA DECLARACION NI PAGAR IMPUESTOS.

Maité el 13.06.2017, 04:28 a.m

La Instrucción 7/2011 del MEP establece hasta el 15% de pagos anticipados referente a los trabajadores por cuenta propia. Qué Resolución del MFP establece lo referido a pagos anticipados a Cooperativas No Agrpecuarias, existe algún límite porcentual? Saludos

Dirección de Política de Ingresos el 16.02.2018, 12:28 a.m

Estimado Usuario,el Ministerio de Finanzas y Precios no ha normado los porcientos de anticipación de pagos a las formas de gestión no estatal. Siempre se ha insistido en que los pagos a estos contribuyentes deben estar en correspondencia con los presupuestos de cada entidad, ajustarse a la calidad de los servicios recibidos, con criterios de ahorro y racionalidad.Gracias

Alina Alonso Azze el 12.06.2017, 03:40 a.m

Buenas tardes, soy asesora jurídica de la Empresa de Seguridad y Protección, por mediación de un cliente recibimos la Resolución No.150 de fecha 11 de abril de 2017, emitida por la Ministra de este Ministerio, dicha resolución no nos fue notificada oficialmente, y en consulta a la Dirección Provincial de Finanzas y Precios de Holguín desconocen la entrada en vigor de dicho instrumento jurídico, que según lo que legisla entró en vigor a los siete días hábiles posteriores a la fecha de su emisión. Por favor necesito me aclaren este paracer. En espera de su respuesta. Saludos.

Dirección Jurídica el 19.01.2018, 12:18 a.m

Estimado usuario,con relación a la consulta realizada, se le comunica que la Resolución No. 150, de fecha 11 de abril de 2017 (se adjunta), entró en vigor, según dispone la propia norma, a los siete (7) días hábiles posteriores a la fecha de su firma. La referida Resolución, fue comunicada a la totalidad de los Presidentes de los Consejos de la Administración de las Asambleas Provinciales del Poder Popular y de los Directores Provinciales de Finanzas y Precios, en cumplimiento del propio mandato de publicidad de la norma. Gracias

Mario F Williams Samuels el 12.06.2017, 10:47 a.m

Saludos, necesito consulta la Resolución de este MFP; publicada antes con el nro 620, en la cual se¡ refiere al movimiento de las bajas de vehículos destinando entidades del Gobierno para recibir Autos/Camionetas, Ómnibus y otra para Camiones,, etc, etc(DIVEP, Provaris y etc

Dirección de Política Contable el 26.11.2017, 02:53 a.m

Compañero Mario: Necesitamos nos precise a qué se refiere en su consulta

Anabel Cruz el 10.06.2017, 09:59 a.m

Se puede conciderar como cuenta por pagar aquella que se registra sin tener contrato. Cuando en la contabilidad se asientas las prefacturas y conduces se consideran cuentas por pagar

Dirección de Contabilidad Gubernamental el 14.02.2018, 10:47 a.m

Estimado usuario, le adjuntamos la resolución 494/16 Clasificador de cuentas , ver el contenido de la Cuenta 405 Cuentas Por Pagar ,gracias

Yohannia el 09.06.2017, 01:50 a.m

Buenas tardes, por este medio solicito ayuda en la obtención de la resolución 441/2013 la profe Margarita me dijo que la podía encontrar en el sitio pero no está. Muchas gracias de antemano.

osvany redondo rodriguez el 09.06.2017, 12:12 a.m

estimados especialistas quisiera aclarar una situacion del presupuesto ya en mi municipio no se aclara a pesar de la reclamaciones echas , nuestra institucion es salud publica hace dos años que se notifica el presupuesto partiendo de los reales consumidos quiere decir que si los niveles de actividad aumentan no tengo como cubrir el gasto dicha situacion ya esta afectando la salud de moron ya etenido que reprogramar el presupuesto para salario ya este ultimo ha umentado en 68 profecionales que no estaban en 2016 consecuencias que no tenemos presupuesto para cubrir gastos de materia primas ni otros gastos apartir del mes julio, quiciera dentro de la posibilidades me aclararan que conducta tenemos que segir antes esta situcion

Nelson Dueñas Gil el 08.06.2017, 03:57 a.m

Resolución 375 del 2017

juana formoso lópez el 08.06.2017, 07:42 a.m

como elaborar o consultar por esta via la ficha tecnica o ficha de costo de un servicio o producto. o cuales son: reglamentos o decretos o resoluciones q lo documentan

Leovaldo Fraga Domínguez el 07.06.2017, 05:32 a.m

Buenas tardes En la respuesta a una consulta a la ONAT me dicen que revise DPC-039-2017 del MFP sobre el tema de los asientos contables sobre creación y utilización de las provisiones de gastos y de las utilidades provenientes del las Utilidades despues de Impuesto. Sin embargo he consultado el documento en Finanzas al Día y me dice que no existe. Fueran tan amables de enviarmelo por la vía del correo. Atentamente MSc. Leovaldo Fraga

Dirección de Política Contable el 26.01.2018, 10:39 a.m

Compañero Leovaldo: En un fichero le adjuntamos la carta DPC-039-2017 del MFP

Ricardo Gonzalez Revilla el 07.06.2017, 04:31 a.m

Solicito de ser posible me envíen por correo el Manual de Normas de Control Interno que se anexó a la Resolución 13 del 2007 del MFP.

Yaidel Rodríguez Castro el 07.06.2017, 11:57 a.m

Saludos, soy periodista de la Emisora Municipal Radio Cabaniguán de Jobabo, Las Tunas... acá estamos haciendo un trabajo sobre los precios en el comercio y la gastronomía durante días festivos, me dieron el texto de la resolución 43 de 2015 del MFP pero necesito saber el número de edición de la gaceta en que fue publicado y que otras resoluciones de finanzas y precios están vigentes sobre ese tema.

Yaidel Rodríguez el 07.06.2017, 11:54 a.m

Saludos, soy periodista de la Emisora Municipal Radio Cabaniguán de Jobabo, Las Tunas... acá estamos haciendo un trabajo sobre los precios en el comercio y la gastronomía durante días festivos, me dieron el texto de la resolución 43 de 2015 del MFP pero necesito saber el número de edición de la gaceta en que fue publicado y que otras resoluciones de finanzas y precios están vigentes sobre ese tema.

Dirección de Política De Precios el 24.01.2018, 12:21 a.m

Saludos Yaidel. La Resolución No. 43 de 2015 está derogada por la Resolución No. 851 de 2016.Gracias

ivonne el 07.06.2017, 09:04 a.m

Por favor qué documentos debe presentar un nuevo punto de venta que tendrá organopónico ademas, podrian enviarnso las planillas y documentos a llenar, donde se pagan lso impuestos y si es necesario todo esto antes de comenzar, estamso en al mejro disposición, pero no tenemso al información. muchas gracias ivonne

Dirección Jurídica el 09.02.2018, 12:18 a.m

Estimado Usuario, Ud. debe dirigirse al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS).Gracias

Fidel Castillo Fernandez el 06.06.2017, 01:27 a.m

Por favor necesito aclarar solamente que resolución regula lo referente a la devolución por parte de finanzas dentro del subsidio por diferencia de precios del pan normado de 80g lo que se debe de aportar de este pan que la Resolución 10/2017 establece que es el 20% y en la 206/2016 que regula lo referente a los subsidios no encuentro nada que me aclare esta duda. perdonen las molestias ocasionadas pues recibo auditoria de la ONAT y necesito aclarar esta duda disculpen nuevamente la molestia y espero atentamente su respuesta.

Dirección de Política Financiera el 15.03.2018, 02:21 a.m

"La Res No. 206/2016 establece el mecanismo de entrega de recursos presupuestarios a las entidades empresariales, las UBPC, las CPA y CCS a través de los OACE, CAP, OSDE y entidades nacionales, esta Resolución no está relacionada con la devolución de ingresos y es por ello que usted no encuentra aclaración a su duda. Por otra parte la Res No. 10/2017 establece los tipos impositivos a aplicar por la comercialización minorista de los productos alimenticios, bebidas alcohólicas, cigarros, tabacos, fósforos y productos industriales que circulan las empresas de los grupos empresariales Comercializador de Alimentos y Comercializador de Productos Industriales, por las entidades de la Unión de Empresas Combinado Avícola Nacional, así como las producciones de las industrias nacionales y locales, no se establece nada relacionado con la devolución de ingresos, aquí es conveniente aclararle que el tipo impositivo representa lo que la entidad debe aportar al Presupuesto del Estado por la actividad que realiza. Cuando una entidad aporta más de lo que le corresponde presenta en la ONAT la solicitud de devolución de ingresos indebidos, que está regulado en la Res No. 62/2018 (la más actualizada)".Gracias por consultarnos

Marydalia Carrillo el 06.06.2017, 12:10 a.m

Buenas, quiero que me ayuden a aclarar ua duda que tengo respecto al tema en cuestion. Trabajo en una Empleadora para las Empresas mixtas del pais en el sector del turismo, el problema esta en que etsa entidad es una UEB del OSDE Cubanacan S.A y Cubanacan nos plantea que ellos como S.A no tiene que aportar los salarios no reclamsdos de los trabajadores que eso genera un ingreso, y que la empleadora al ser subordinadas a ellos debe hacer lo mismo. La duda viene a que como sabemos la miad de salario de los trabajadores de las Mixtas sale del presupuesto del estado, que se hace con el salario se pica a la mitad para aportar? o se aporta completo?

Dirección de Política de Ingresos el 24.11.2017, 06:15 a.m

Saludos Marydalia: La Resolución No. 492/16 del MFP establece en su Resuelvo PRIMERO: Disponer el ingreso al Presupuesto del Estado, por las entidades empresariales y unidades presupuestadas, subordinadas a los órganos y organismos de la Administración Central del Estado, a las organizaciones superiores de Dirección Empresarial, organizaciones, asociaciones y otras entidades vinculadas al Presupuesto del Estado, de las cantidades no pagadas a los interesados y acumuladas, por los conceptos siguientes: a) salarios y subsidios dejados de satisfacer por las administraciones, que no se reclamen por los trabajadores en el término de ciento ochenta (180) días. El aporte al Presupuesto del Estado, por los conceptos a que se refiere el Apartado anterior, se efectúa dentro de los diez (10) primeros días hábiles del mes siguiente a aquel en que el interesado haya perdido su derecho al cobro, por el párrafo 106042 “Otros Ingresos no Tributarios” del vigente Clasificador de Recursos Financieros del Presupuesto del Estado.

eddy gamboa cuba el 06.06.2017, 11:26 a.m

Saludos ¿A partir de qué fecha el MEP asume la política de desarrollo local en Cuba, lo instituye y oficializa y comienza a aplicarse esta práctica desde su mirada, asesoría...? No publicar, enviar a mi corrreo

Dirección Gral. de Atención Territorial el 09.02.2018, 03:36 a.m

Estimado usuario Ud. debe dirigir su consulta al Ministerio de Economía y Planificación (MEP), gracias

Lázaro el 05.06.2017, 12:25 a.m

Buenos días, antes que nada muy buena la página web. Mi pregunta: - ¿Los días feriados acumulan tiempo y vacaciones? Saludos.

Dirección de Política Financiera el 09.02.2018, 12:17 a.m

Estimado Usuario, Ud. debe dirigirse al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS).Gracias

WILLIAN PEÑA el 03.06.2017, 10:54 a.m

EN UN ACTO DE COMPRA VENTA EL INMUEBLE ESTÁ TASADO EN UN VALOR POR DEBAJO DEL REFERENCIAL POR QUE CUANDO SE REALIZO LAS CONDICIONES DEL MISMO NO ERAN LAS MEJORES, EN ESTOS MOMENTOS EXISTE UNA ORDEN DE CONTRUCCION PARA REPONER TOALMENTE LA VIVIENDA COMO SE PROCEDE EN CUANTO AL VALOR. SIACTUALMENTE LO QUE QUEDA DE LA VIVIENDA EN PRACTICMENTE LAS RUINAS Y LA NUEVA ESTA EN LA SIMENTACIÓN. ¿QUE PRECIO SERIA EL REFERNCIAL MINIMO O EL QUE DERIBE DE UNA NUEVA VALORACION DEL INMUEBLE?

Dirección de Política de Ingresos el 16.02.2018, 12:17 a.m

Estimado Usuario, Los valores referencial para el pago del Impuesto osbre Transmisión de Bienes y Herencias y del Impuesto osbre lso Ingresos Personales están establecidos en la Resolución No. 113 del 2017 del MFP.Gracias

mirella el 01.06.2017, 03:44 a.m

En el pago por resultado si mi empresa cumple con todos los indicadores pero se deteriora la realacion gastos /ingresos, como procede hacer el calculo de dicho salario en este caso???

Dirección de Contabilidad Gubernamental el 09.02.2018, 12:14 a.m

Estimado Usuario, Ud. debe dirigirse al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS).Gracias

José Rodriguez el 01.06.2017, 02:22 a.m

Necesito la Resolución 38 del 2013 donde se trata el aspecto de la aprobación de las Fichas de costo por la Diercción del centro.

Vivian Reigosa el 01.06.2017, 09:12 a.m

Buenos días, la consulta en concreto es: 1. el pago que se realiza a un trabajador durante su participación en un curso es el resultado del promedio de los 6 últimos meses trabajados. ¿Esto se considera salario o garantía salarial? 2.¿El trabajador en este caso tiene la obligación de tributar por ingresos personales durante el período del curso si percibe por el tratamiento antes mencionado >2500 pesos? Muchas gracias

Dirección de Política de Ingresos el 24.11.2017, 06:12 a.m

Saludos Vivian. Con idenpendencia de la clasificación de esas remuneracioens como salario o garantía salarial, su importe estará gravado con el Impuesto sobre los Ingresos Personales y con la Contribución Especial a la Seguridad social, siempre que se cumplan los requisitos cuantitativos y cualitativos dispuestos en la Resolución No. 261/16 del Ministerio de Finaznas y Precios. En el caso de la Contribución, haber obtenido más de 500 pesos mensuales y en el caso del impuesto, haber obtenido ingresos mensuales a partir de 2500 pesos. Cualitativamente, en esos límites de ingresos debe haber obtenido al menos uno de los siguientes conceptos, pago adicional del perfeccionamiento, pago por la distribución de utilidades o el pago por resultados. Si se dan estos requisitos, todos los conceptos por los que sea remunerada en función de su relación laboral serán objeto de los tributos mencionados. Solamente se excluyen de conformidad con lo establecido en los artículos 18 f) y 300 a) de la Ley No. 113 “Del Sistema Tributario”, los ingresos provenientes de las jubilaciones, pensiones y demás prestaciones de la asistencia y la seguridad social”, situación que no se enmarca en lo por usted descrito en la consulta. hemos asumido que usted es trabajadora del sistema empresarial cubano.

Miguel el 31.05.2017, 12:23 a.m

Buenos días Soy Miguel de la Fuente, natural del estado español. Resido en Barcelona como estudiante de Ciencias Políticas y Derecho. En el mes de septiembre previsiblemente viajare a la República de Cuba, y estoy muy interesado en el Derecho Fiscal Cubano, conocer de primera mano el sistema impositivo fruto de la Revolución Cubana y como afecta esta concepción a la imposición de los diferentes estratos. Querría saber que documentación puedo consultar y si sería posible algún encuentro con alguna persona interesada en compartir la experiencia en materia fiscal. Espero su respuesta Un saludo Att., Miguel de la Fuente

el 31.05.2017, 07:19 a.m

Buenos días: Soy un trabajador que el 16 de diciembre de 2015 dejé de hacer supuestamente una tarea que me encomendaron....Por esta razón el 5 de enero de 2016 se me notificó una sanción de amonestación pública que reclamé a fondo pero no tuvo lugar, debido a las circunstancias que tuve porque fue a solo un mes y pico de empezar a trabajar, cuando comenzaba mi adiestramiento como ingeniero eléctrico y el ambiente en que me encontraba no me favorecía.....En el año 2016 tuve una actitud muy buena porque gracias a Dios alguien en mi empresa me escuchó y me cambiaron de unidad básica en el mes de febrero y pasé prácticamente 90 porciento del año allá.........Ahora el próximo mes van a hacer la dsitribución del llamado mes 13 y me informaron que según la resolución 138 de este año no me toca.......Quisiera esclarecerme si existe la posibilidad de que me paguen ese dinero legalmente teniendo en cuenta que el hecho q provocó mi sanción en en el 2016 ocurrió el 16 de diciembre de 2015........Muchas gracias de antemano y por favor escriban a mi correo leudis@eleclh.une.cu

Antonio Llerena Santiveri el 30.05.2017, 06:39 a.m

La Resolución 261/16 del MFP, regula en su art. 3 sobre la aplicación de los ingresos personales cuando se obtengan ingresos por al menos uno de los conceptos relacionados en su apartado primero. Posteriormente la Resolución 138/17 del MPF (Distribución de Utilidades) en su artículo 41 inciso c) dice que forma parte de cálculo para el pago de la Contribución especial. (en ningun momento se especifica que tambien forma base sobre la aplicación de los impuestos personales como aparecía regulado en la Resolución que esta deroga, la Resolución 155/16 en su artículo 3, punto 6. En resumen se toma o no la cuantía de distribución de utilidades para pago sobre los ingresos personales?, Gracias

Dirección de Política de Ingresos el 16.02.2018, 12:13 a.m

Estimado Usuario.Los pagos recibidos por un trabajador por concepto de utilidades distribuidas, sí se consideran para el pago del Impuesto sobre los Ingresos Personales.Gracias

José Luis Capote Fernández el 30.05.2017, 03:13 a.m

Trabajo en Geocuba y soy jefe de un departamento de desarrollo de software. Frecuentemente tenemos que preparar contratos y varios clientes nos solicitan las resoluciones que fundamentan el precio del producto. Para determinados destinos, como la defensa, este precio lo fundamentamos utilizando la ficha de costo pero para otros el precio debe establecerse de mutuo acuerdo con el cliente. Todos estamos de acuerdo en eso, sólo que no encontramos una resolución, decreto o ley que nos ampare a establecer el pago por acuerdo y que podamos referenciar en el marco legal del contrato. Atentamente y a su disposición, Dr. José Luis Capote Fernández

Dirección Institucional de Turismo, Comercio y Servicios el 23.02.2018, 11:02 a.m

Estimado Usuario, la Resolución No. V-66/98: Establece la formación de precios y tarifas de programas, servicios de programación de sistemas automatizados mediante técnicas computacionales y otros productos y servicios informáticos. Gracias

Leizzi el 30.05.2017, 08:54 a.m

las atrjetas SNC-225 su llenado es responsabilidad de área económica o de capital humano?

Dirección de Política Contable el 16.03.2018, 02:32 a.m

Leizzi la metodología para el llenado de este modelo la establece el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, el área responsable lo define la entidad de acuerdo a las características de la entidad.Gracias por consultarnos

ines el 29.05.2017, 05:49 a.m

somos una ong y recibimos de un asociado una donacion de un producto para ser vendido a los asociados y mejorar las finanzas de la asociación, que tratamiento contable le damos?

Dirección de Política Contable el 26.11.2017, 02:56 a.m

Compañera Ines: Deben consultar con su organo de relación.

Juan Solano el 29.05.2017, 05:40 a.m

Muy buenos días. He tratado de buscar los presupuesto y las ejecuciones presupuestales de los años 2013 al 2016 y no visto enlaces que me permitan obtener esta información. De esta manera, amablemente solicito algún tipo e ayuda de donde puedo conseguir esta información ( Es para temas académicos) Muchas gracias

Dirección de Política Contable el 09.02.2018, 01:09 a.m

Estimado Usuario, Ud. debe dirigir su consulta a la Oficina Nacional de Estadísticas (ONEI), gracias

Osmara Ortiz Núñez el 25.05.2017, 04:50 a.m

En nuestra asamblea de balance uno de nuestros afiliados manifestó que la Dirección de evaluación de Proyecto requiere de ingenieros que apoyen estos procesos. Nuestra sociedad ( Sociedad de Ingenieros mecánicos , eléctricos e industriales), les solicita más información sobre esto. Tenemos un potencial de afiliados que pueden estar interesados en participar de estos trabajos. saludos. Cordiales. Osmara,.

el 25.05.2017, 02:53 a.m

funciones del mfp

Dirección de Informatización el 14.02.2018, 03:00 a.m

Estimado Usuario, Ud. puede acceder a las Funciones del MFP an la POrtada de nuestra página Web, gracias

el 25.05.2017, 02:52 a.m

funciones del mfp

Dirección de Informatización el 14.02.2018, 02:57 a.m

Estimado Usuario, Ud. puede acceder a las Funciones del MFP en nuestra página Web.Gracias

Carlos Alberto el 25.05.2017, 12:33 a.m

Me gustaria me pudieran enviar la Instruccion 7 del año 2005 que no me aparece en el sitio de la gaceta oficial.

sandra el 25.05.2017, 09:37 a.m

Buenos días Quisiera recibir la Reolución que establece los principios de contabilidad generalmente aceptados que se encuentra vigente actualmente. saludos y gracias

Dirección de Política Contable el 26.11.2017, 02:59 a.m

Compañera Sandra: En el año 2005 se comenzó el proceso de armonización de las Normas Cubanas de Contabilidad con las Normas Internacionales de Información Financieras y se promulga la Resolución No. 235 y se dispone que el registro contable sea sobre la base de las Normas Cubanas de Información Financieras

Yoandys el 24.05.2017, 05:58 a.m

Buenos dias, necesito de ser posible nos faciliten la Resolucion 201 del año 2010, del Ministerio de Finanzas y Precios, a nuestra direccion Electronica: yoandyha@universalpr.cinet.cu

yosiel el 24.05.2017, 09:15 a.m

solicitud de enviar las resoluciones a medida que vayan saliendo

José el 23.05.2017, 04:13 a.m

Buenas tardes: Agradecería conocer si existe alguna legislación vigente, referente a los descuentos por pronto pago, en las relaciones de cobros y pagos entre las entidades juridicas en Cuba. Una vez más gracias y saludos, José

Sandra931012 el 23.05.2017, 03:24 a.m

Por favor, pueden enviarme la instrucción 7/2005 del Ministerio de Finanzas y Precios al siguiente correo: sandra.garcia@eavc.azcuba.cu y hacerme saber si dicha instrucción todavía está vigente o ya se derogó. En caso de haberse derogado: Cuál es la vigente?

el 23.05.2017, 11:55 a.m

Hola necesito la Resolución No. 136/2008 del MFP, saludos Raúl

Sandra931012 el 22.05.2017, 05:26 a.m

Si pudieran enviarme a mi correo electrónico sandra.garcia@eavc.azcuba.cu la Instrucción 7/2005 del MFP y por favor me gustaría saber si ya se derogó, o todavía está vigente? Si se derogó cuál es la vigente en esa materia. Gracias.

Alberto Alvarez Suárez el 22.05.2017, 10:43 a.m

Favor de enviarnos la resoslucion No. 55 del Ministerio de Finanzas y Precios del año 2017 Gracias,

Heriberto A. Gonzalez el 22.05.2017, 09:11 a.m

Acceder a diccionario u otra via de obtener conceptos, metodologias y proformassobre: 1.- Instrumentos Bancarios 2.- respaldo con garantias soberanas 3.-prestamos de gobiernos, (tipos)

Dirección de Política Financiera el 09.02.2018, 03:32 a.m

Estimado Usuario, debe dirigir su consulta al Banco Central de Cuba.gracias

Nelson Martinez Cantillo el 16.05.2017, 10:37 a.m

Buenas Necesito argumentarme sobre el tema subdeclaracion por gasto, realmente no habia oido de ese tema y quisiera a travez de esta via ir ganando claridad. gracias

Webmaster el 15.03.2018, 12:39 a.m

Estimado Usuario, Ud. debe dirigir su consulta al correo consulta @onat.gob.cu, gracias por consultarnos

Yahima Martínez el 15.05.2017, 04:48 a.m

¿Se encuentra vigente la Resolución No. 474 del 2002?

Dirección de Política De Precios el 24.01.2018, 12:13 a.m

Saludos Yahima. La Resolución 474/02 está vigente.Gracias

Roberto Brooks Nordet el 12.05.2017, 01:31 a.m

Planilla de Declaración Jurada de Venta de casa

Yoelys el 10.05.2017, 03:27 a.m

Buenas tardes, necesitamos conocer las resoluciones vigentes que regulan el cobro del 2% sobre las ventas en el sector empresarial y de ser posible una explicación de a cuales entidades no se le aplica. Gracias

Dirección de Política de Ingresos el 16.02.2018, 12:08 a.m

Estimado Usuario.Como regla general lo dispuesto en relación con el pago del Impuesto sobre las Ventas Mayorista salio en la Ley No. 125 de 2017 "Ley del Presupuesto del Estado para el año 2018", La regla basica es: que excepto aquellos que están exonerados, todos los que comercialicen de forma mayorista bienes y servicios pagaran este impuesto cuando la venta se haga al distribuidor minorista o al consumidor final del bien o el servicio.Gracias

José Oropesa el 10.05.2017, 02:20 a.m

me interesa conocer que ley ampara al ministerio de transporte en especial al Dpto de economía para que le sea cambiado al Marino 1 euro por 1 CUP, cuando se le paga resumen de contrato a su regreso a Cuba. Los Marinos de que forma tributamos a la seguridad social cuando no pertencemos a empresa alguna y se nos ha entregado el expediente laboral y cuando estamos de vacaciones no recibimos garantía salarial alguna hasta tanto volvamos a ser contratados, cómo contempla la ley laboral a los marinos en este aspecto. Los marinos empleados en compañías extranjeras, reciben un salario OMI, cuantía que no la decide ni el armador ni parte cubana alguna, este salario es pagado por el propietario de la naviera, lo que supone debamos pagar un impuesto sobre el mismo a la ONAT en el territorio de residencia de cada marino y sobre esa base hacemos el ingreso a la seguridad social para garantizar nuestra jubilación, de la manera en que les he redactado este contexto actual por el que está transitando todo el personal en contrata a través de SELECMAR no es como se cumple en la práctica, existe un contrato redactado con muchisimas contradicciones legales, que advierten a que el MINTRANS está cometiendo una garrafal arbitrariedad amparados a saber, porque nadie les controla ni supervisan estas redacciones que se nos hacen firmar y que firmamos, pero sabemos de los errores que se hacen. Queremos sean revisados los términos empleados en nuestros contratos y que se acabe de definir nuestro destino y nos definan dentro de la ley 105 de seguridad social, porque para esta ley somos "Otros", de igual manera el la ley 32 del codigo del trabajo. Espero poder ser atendido y pueda tener respuesta de esta institución suprema de nuestro país en estos temas Sdos y en espera de su atención e interés José oropesa

Dirección de Política de Ingresos el 16.02.2018, 11:57 a.m

Estimado Usuario.Por el contenido de su consulta le sugerimos dirigirse al Ministerio de Trabajo y Seguridad y Social.Gracias

el 08.05.2017, 10:56 a.m

Necesito ultimas resoluciones de precios .

Dirección Jurídica el 19.02.2018, 02:50 a.m

Estimado usuario , pudiera ser mas especifico en su solicitud, gracias por consultarnos

Mayelin el 08.05.2017, 09:19 a.m

Cordiales Saludos, Tengo a bien dirigirme a ustedes, después de haber realizado una búsqueda infructuosa de la Resolución No. 104 del 2008 de su Ministerio. Sé que fue modificada por la 433/2013. Pero la Necesitamos en nuestro sistema Meteorológico. Gracias y en espera de su ayuda

Liudmila el 06.05.2017, 08:17 a.m

Necesito que me envíen la Resolución 127 del 2 de abril del 2015, referida a los procedimientos financieros a ejecutar en el perfeccionamiento funcional, estructural y composicional de las entidades económicas estatales subordinadas al MINAG.

el 05.05.2017, 02:29 a.m

Como realizar el registro diario de las operaciones contables de una empresa

Dirección de Política Contable el 16.03.2018, 02:29 a.m

El registro de las operaciones contables de una empresa no es más que las anotaciones que se realizan en el asiento de diario para registrar un hecho económico. Estas anotaciones serán registradas de manera que los débitos sean iguales a los créditos, garantizando que se cumpla la ecuación básica de la contabilidad y cumplir con la regla de la partida doble, tendrán un orden cronológico.Gracias por consultarnos

san rafael gutiérrez rodríguez el 05.05.2017, 09:44 a.m

Buenos días nuevamente y disculpenme por enviarles unas solicitud anterior en la que equivoque el número de recolución que necesito saber si esta vigente la que correcta es la resolución 256/2007 que dispone que las empresas están obligadas a asumir las prestaciones de la seguridad social a corto plazo y aportar al presupuesto de la seguridad social la contribución establecida.

Dirección Jurídica el 19.01.2018, 12:13 a.m

Estimado usuario,con relación a la consulta realizada, se le comunica que la Resolución No. 256 de 2007 se encuentra vigente. Gracias

san rafael gutiérrez rodríguez el 05.05.2017, 09:24 a.m

Bueno días necesito saber si la resolucfión12/2008 que establece el procedimiento para hacer efectivo el pago de las prestaciones monetarias concebidad el el decreto ley 243/2007 a los sancionados penalmente esta vigente

Dirección Jurídica el 19.01.2018, 12:11 a.m

Estimado usuario,con relación a la consulta realizada, se le comunica que la Resolución No. 256 de 2007 se encuentra vigente. Gracias

Héctor Pupo Pérez el 05.05.2017, 08:59 a.m

Mi hijo recibió una herencia de su fallecido tío que consiste en una cuenta bancaria, al llenar la DJ 05 nos dicen que el monto total se calcula todo en el tramo que le corresponde, en su caso al 30% por estar entre 100 001 y 250 000, según leí en la ley 113/2012 explican claramente para el caso de los ingresos personales Dj08 pero para las herencias solo hacen referencia a los rangos que aparecen en el anexo 3. Mi duda es ¿Se calcula en la Dj05 el total al 30% o se va dividiendo por rango como en la Dj08? Quisiera saber cuanto tenemos que aportar en realidad y que no se me vaya de término, ya que solo me quedan 5 días... ¡Muchísimas gracias por su atención!

Webmaster el 15.03.2018, 12:44 a.m

Estimado Usuario, Ud. debe dirigir, su consulta al correo consulta @onat.gob.cu, gracias por consultarnos

lorenzo martinez cordero el 05.05.2017, 08:41 a.m

leer y conocer sobre la resolucion 307 del MFP

Dirección Jurídica el 12.02.2018, 03:37 a.m

Estimado Usuario, con relación a la consulta realizada, se le solicita que nos informe el año de emisión de la Resolución a la que hace referencia, o el contenido de la misma, a los efectos de su posible identificación, en tanto a las resoluciones poseen una numeración consecutiva anual, por lo que en cada año existe una resolución con similar número. Gracias

jorge luis casas el 04.05.2017, 09:35 a.m

Podria hacernos llegar la resolución que regula sobre los carros que no se pueden compensar

Dirección Jurídica el 02.02.2018, 12:43 a.m

Estimado Usuario,la Resolución No. 1094 de 2015 de este Ministerio, eliminar la facultad otorgada a los jefes máximos de los órganos y organismos de la Administración Central del Estado, de las demás entidades nacionales y a los presidentes de los consejos de la Administración de las asambleas provinciales del Poder Popular y del municipio especial Isla de la Juventud, de aprobar las solicitudes de compensación por la utilización de vehículos privados en funciones de trabajo, de dirigentes, funcionarios y técnicos, y cancela la aprobación de nuevas solicitudes de compensaciones por la utilización de vehículos privados en funciones de trabajo. dicha norma se encuentra Publicada en la Gaceta Oficial de la República, para su general conocimiento, por lo que podrá tener acceso a la misma a través de su página web www.gacetaoficial.gob.cu. Gracias

Pedro Martinez Acosta el 03.05.2017, 02:51 a.m

buenas tardes en la resolución 439/2015 del MFP estable las tarifas máximas, quisiera saber si la palabra de máxima en este caso es para delimitar un tope y por ende puede ser menos que este importe máximo, gracias saludos

Dirección de Política De Precios el 26.01.2018, 02:31 a.m

Saludos Pedro. En la resolución 439/2015 las tarifas que se establecen para el servicio de transportación son máximas, por lo que ese es el límite máximo, pueden ser iguales o inferiores a ese valor. Gracias por consultarnos

Arturo Fernandez el 03.05.2017, 11:26 a.m

Actualizacion de precios de servicios topograficos

Dirección Gral. de Atención Institucional el 07.06.2018, 09:35 a.m

Estimado Usuario, Las tarifas de los levantamientos ingeniero geológico, están reguladas en el Anexo No.2 de la Instrucción No.7 del 2005 del MFP y el Centro de Desarrollo de Costos y Normas de la Construcción perteneciente al MICONS,este se encarga de su actualización.Gracias por consultarnos

el 29.04.2017, 08:06 a.m

Resoluciones de precio

Dirección de Política Contable el 07.03.2018, 11:48 a.m

Saludos Arturo, debe especificar cuales son las resoluciones de precios que le interesa para poderle ayudar, si busca alguna norma especifica o desea conocer las normas metodológicas vigentes.

Eloy Ramos Montoya el 28.04.2017, 01:11 a.m

Solicito la instrucción 015/16 o cualquier otro material que norme sobre los procedimientos de facturación

Arelis Arias el 28.04.2017, 11:53 a.m

estoy tratando de localizar la Resolución No.188 de 2014 del MFP y no he tenido suerte con la Gaceta, ni con Finanzas al dia, agradeceria cualquier colaboracion para su obtenecion. Gracias de antemano Arelis

yaineris el 26.04.2017, 12:17 a.m

Decreto Ley No 20 del 2016

Dirección Jurídica el 02.02.2018, 12:39 a.m

Estimado Usuario, con relación a la solicitud realizada se le comunica que los instrumentos jurídicos denominados “Decreto-Ley”, son emitidos por el Presidente del Consejo de Estado, y en los casos de aquellos que corresponde su general conocimiento, son Publicados en la Gaceta Oficial de la República, pudiendo tener acceso a los mismos a través de su página web www.gacetaoficial.gob.cu.Gracias

yaineris el 26.04.2017, 12:09 a.m

Decreto Ley No. 20 del 2016

el 25.04.2017, 05:03 a.m

Necesito saber que Decreto Ley norma el trabajo de las cooperativas no agropecuarias

Dirección Jurídica el 12.02.2018, 03:34 a.m

Estimado Usuario, con relación a la consulta realizada, se le comunica que el Decreto-Ley No. 305, del 15 de noviembre de 2012 “De las cooperativas no agropecuarias” el y el Decreto No. 309, del 28 de noviembre de 2012 “Reglamento de las cooperativas no agropecuarias de primer grado”, constituyen los instrumento jurídicos fundamentales que regulan lo relativo a las CNA. Ambas normas se encuentran Publicadas en la Gaceta Oficial de la República, por lo que puede tener acceso a las mismas a través de su página web www.gacetaoficial.gob.cu. Gracias

Dovert el 25.04.2017, 10:53 a.m

Hola, buenos días les escribo para consultarle el listado de precios de los autos que se han destinado a la venta, he visitado varios sitios y no existe un listado de precio donde los clientes tengas acceso a ver los precios por las diferentes categorías y si preguntas te evaden las respuestas y cuando las hemos podido conseguir, nos hemos dado cuenta que en diferentes lugares los precios no son los mismos, motivos que me han llevado a consultarles, debemos seguir insistiendo en mejorar la información de nuestros clientes y no dejarle margen a personas que solo buscan su propio beneficio.

Julio el 24.04.2017, 01:09 a.m

Necesito obtener la Resolucion # 134/2014. Si me la pueden enviar a este correo se los voy a agradecer. Dpto. de Contabilidad policlinico Turcios Lima Gracias

Dirección Jurídica el 12.02.2018, 03:32 a.m

Estimado usuario , le enviamos la resolución solicitada, gracias por consultarnos

Alberto Fabelo Martinez el 24.04.2017, 08:46 a.m

Necesitamos saber si existe alguna nueva resolucion sobre el precio de la transportacion de cargas que sustituya a la 139/2016, despues del cambio de los precios del combustible. Saludos y gracias por su cooperacion, Fabelo- Director de Carga Empresa Provincial de Transporte de Artemisa.

Ramón Agustin el 24.04.2017, 08:07 a.m

Una OSDE (Unión) puede Trasferir un Activo (equipo automotor) a una de sus empresas subordinadas. Gracias anticipadas

Dirección de Política Contable el 26.11.2017, 03:00 a.m

Compañero Ramón: la Resolución No. 446 del 30 de septiembre del 2002 de este Ministerio establece en su resuelvo primero que el movimiento de activos entre entidades es mediante compra-venta.

Nelio Rafael Rodriguez Tamayo el 22.04.2017, 03:49 a.m

Buenos dias necesito si se pueden los precios vigentes con la actividad de apicultura si pueden enviarme la informacjion de el valor de las colmenas de las abjes y todo lo demas asi como todo lo relacioonado con precio de compra al productor . muchas gracias

Carlos el 21.04.2017, 11:51 a.m

puede un elaborador vendedor de articulos varios de uso en el hogar vender muebles fabricados por un carpintero.

Dirección de Política Contable el 26.01.2018, 10:31 a.m

Saludos Carlos. En relación a su consulta le explico que en la Resolución 42/2013 del Ministerio del Trabajo y Seguridad Social en sus anexos aparece explicado el alcance de su actividad Productor vendedor de artículos varios en uso del hogar, donde resume: confecciona y comercializa artículos de usos domésticos, utilitarios u ornamentales, producidos por el u otro TCP no incluye artículos adquiridos en la red minorista o importados(efectos electrodomésticos, muebles, ropa y calzado). Es decir, si puede vender muebles fabricados por un carpintero, ya que esa actividad transforma la madera, confecciona y repara muebles y útiles a solicitud del cliente o para la comercialización. Gracias por consultarnos

Ana m,argarita cardoso vera el 20.04.2017, 04:50 a.m

Estoy matriculada en un diplomado online y necesito la Resolución 602/15 de su ministerio

vmederos el 20.04.2017, 01:33 a.m

Solicito resolucion actual sobre elaboracion de fichas de precio para contratacion por acuerdo entre empresas estatales con sistema administrativo en perfeccionamiento empresarial. Necesito se me aclare si el coeficiente de interes economico social forma parte del salario basico y como tal participa en el calculo de gastos indirectos

Maykel Góngora el 18.04.2017, 12:51 a.m

Necesito el número o la copia de La gaceta que reúne la lista de los trabajos que por cuenta propia están autorizados.

JORGE el 17.04.2017, 03:18 a.m

LEGISLACION SOBRE EL TRABAJO POR CUENTA PROPIA

Dirección de Política De Precios el 09.02.2018, 12:11 a.m

Estimado Usuario, Ud. debe dirigirse al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS).Gracias

Yosley Soto el 17.04.2017, 11:52 a.m

Buenos días, le escribo porque soy un trabajador cuentapropista, especificamente: programador de equipos de cómputo. La duda es la siguiente: en la declaración del % de gastos, cuál % se justifica?, sino tengo gastos tengo que poner algún %?, cual % es justificado y si eso significa que no tengo que justificar nada de ello. Saludos cordiales.

Webmaster el 15.03.2018, 12:41 a.m

Estimado Usuario, Ud. debe dirigir, su consulta al correo consulta @onat.gob.cu, gracias por consultarnos

Andres Lau -Quan el 16.04.2017, 08:29 a.m

¿Ultima regulación o última tarifa para cuenta propistas?

Dirección de Política de Ingresos el 16.02.2018, 11:40 a.m

Estimado Usuario,por favor, es necesario que explique mejor su pregunta para entener y responderle.Gracias

yunior garcia el 13.04.2017, 01:01 a.m

necesito los manuales para llenar los modelos DJ-08 y si es posible el DJ-05 gracias

José Oropesa el 13.04.2017, 10:50 a.m

¿Por qué en la empleadora SELECMAR, departamento de contabilidad se ingresa en la tarjeta de salario del marino contratado solamente el monto de dinero remesado y no lo que establece la ley, que dice, que se tiene que poner todo lo devengado en el año? Sabemos que las leyes vigentes en este ámbito laboral están en contradicción total con nuestro quehacer actual y que hay que actualizar ¿Cuándo se va hacer?, el tiempo pasa y la edad de la jubilación se acerca ya para unos cuantos trabajadores inmerso en este mundo de contrataciones internacional.

Dirección Jurídica el 09.02.2018, 12:10 a.m

Estimado Usuario, Ud. debe dirigirse al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS).Gracias

José Oropesa el 13.04.2017, 10:36 a.m

les he escrito en esta página de consulta para al menos poder tener una respuesta a mis inquietudes, aunque de más estaria escribirles, que lo escrito se ha dicho en las instancias del ministerio de transporte, lugar al cual la empleadora SELECMAR pertenece; sindicato solo para cobrarte la cuota, la cual no entendemos porque, ya que no pertenecemos a ninguna empresa desde el momento en que se nos entregaron los expedientes laborales, nosotros somos atendidos por decir alguna cosa, pero oficialmente no sabemos a quien pertenecemos porque cuando se está de vacaciones en cuba, no se recibe salario alguno hasta tanto no te vuelvan a llamar por parte de la compañia para cual trabajas, sino estas trabajando, nada eres y nada tienes, en fin, que hay que terminar de resolver legalmente nuestro rumbo laboral, porque actualmente estamos a la deriva y el tiempo va pasando y nada hay en concreto, el tema de la tajeta de salario sabemos que se está llenando mal, se les ha dicho a las que trabajan en contabilidad y manifiestan que no saben nada de contrato.

Dirección Jurídica el 09.02.2018, 12:08 a.m

Estimado Usuario, Ud. debe dirigirse al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS).Gracias

José Oropesa el 13.04.2017, 10:16 a.m

Después de tantas veces intentar enviar una consulta lo he podido lograr, aunque me ha faltado mencionar algunos detalles en el primer envío sobre el estado actual del contrato que se nos entrega en cada salida al exterior que hacemos y que el mismo lleva igual contenido desde hace casi 18 años desde que Lage hizo algunas modificaciones en el mismo y este no ha sido revisado ni modificado según las politicas actuales y que entran en contradicciones con las leyes vigentes, lo que redunda en que no encajamos en nada y se nos aplica un impuesto sobre el salario exagerado. Mi consulta seria, ¿Qué ley rige la politica de impuestos para los trabajadores cubanos empleados en el exterior?, ¿ Qué decreto, resolución o ley establece los términos en los contratos que se les hacen a los tripulantes de buques que trabajan en el exterior?, ¿Porque se nos pone en el documento que recoge los salarios devengados en el año la cantidad de dinero que se remesa mensualmente y no el salario integro establecido en el contrato como dice y establece la ley en Cuba? ¿Somos trabajadores por cuenta propia o empleados registrados en listas sin amparo laboral cuado estamos de vacaciones en Cuba? ,Tenemos salarios en euros, ¿Porque se nos cambia lo remesado al cambio de 1 euro - 1 CUP? ¿ Se podrá revisar todo lo que se hace en la empleadora SELECMAR en torno a estos tipo de contrato y actualizarlo acorde al proceso de actualización de la economia en cuba en politica laboral? En espera de su atención e interes

Dirección Jurídica el 09.02.2018, 12:06 a.m

Estimado Usuario, Ud. debe dirigirse al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS).Gracias

José Oropesa el 13.04.2017, 09:56 a.m

¿Cuáles son los impuestos sobre el salario que debe pagar un tripulante de buque contratado en el exterior? ¿Por qué se pone en mi modelo de salario devengado la cantidad de dinero remesado mensualmente y no el total del salario devengado mensualmente como lo establece la ley?

Dirección de Política de Ingresos el 16.02.2018, 11:30 a.m

Compañero, el Impuesto que usted paga es el Impuesto sobre Ingresos Personales, el salario y todos sus conceptos es solo un ingreso más del total de sus ingresos.Gracias

juan peres el 12.04.2017, 06:34 a.m

Muy bueno

Dirección de Informatización el 19.02.2018, 03:08 a.m

Estimado usuario, pudiera ser mas específico en su consulta,gracias

resolucion 11 de 2007 el 12.04.2017, 04:11 a.m

Dirección Jurídica el 19.01.2018, 11:57 a.m

Estimado usuario, la Resolución que nos solicita está publicada en nuestro sitio Web . Gracias

Ricardo Figueredo Arce el 07.04.2017, 11:20 a.m

Resolucion NO. 124/2016 (goc-2016-408-ex12)

jose rey el 06.04.2017, 02:03 a.m

necesito de ser posible resoluciones sobre el tratamiento de las mermas de productos u otros materiales relacionados, Gracias anticipadas,

Fernando el 06.04.2017, 01:05 a.m

Necesito la Resolución 421/2012 Tarifas del agua

isabel el 05.04.2017, 05:14 a.m

necesito saber sobre la nueva resolución para la solicitud de las reservas voluntarias

Lazara el 05.04.2017, 05:08 a.m

Necesito saber y adquirir si es posible la legislacion vigente para los Activos Fijos en empresas estatales, y si existiera una regulacion especifica (Para Activos Fijos)para el grupo empresarial BIOCUBAFARMA. Es de vital importancia para el desempeño eficiente de nuestra entidad. Gracias de antemano.... esperare con ansias respuestas.

gersan el 05.04.2017, 11:07 a.m

Donde puedo encontrar la resolución Resolución No. 191/2008 del MFP ????

Mabel el 04.04.2017, 12:40 a.m

Hola buen dia cros de MFP, necesitamos saber que esta normado para el control y registro de las partes y piezas de un equipo que causa baja por Dictmen tecnico (porque no tiene reparacion...), pero tiene algunas piezas que si estan en buen estado y pueden utilizarse en otro equipo similar. Segura de su atencion, Mabel..

Rolando B. Mojena González el 04.04.2017, 11:10 a.m

Solicito me sea enviado al correo que arriba se consigna la resolución por la cual se establecen los Principios de contabilidad generalmente aceptado

Yorcito el 04.04.2017, 10:12 a.m

Necesito información acerca de las tasas de interes bancario más aplicada en las inversiones de capital extranjero a riesgo.

Yorcito el 04.04.2017, 10:10 a.m

Necesito datos actualizados de las tasas de interés bancario más ap;licadas para inversiones con capital extranjero a riesgo. Agradecería cualquier ayuda en ese sentido. Gracias

Dirección de Política De Precios el 09.02.2018, 03:27 a.m

Estimado Usuario, Ud. debe dirigir su consulta al Banco Central de Cuba. gracias

Yaniel Cardero el 03.04.2017, 11:59 a.m

Saludos. Tengo a bien dirigirme a ustedes, solicitando de sus buenos oficios para la orientación relacionada con la descarga de la Resolución 12/98 354/04 del Ministerio de Finanzas y Precios, al que se hace referencia en el sello EXENTO de dicho Ministerio.

el 03.04.2017, 03:00 a.m

Instruccion no 7 del 2005

Dirección Jurídica el 12.02.2018, 03:25 a.m

Estimado usuario , le enviamos a su correo la Resolución solicitada, gracias por consultarnos.

Aniuska el 03.04.2017, 01:36 a.m

Buen día necesito que me envien la última resolución que modifica el precio del combustible. Gracias

el 03.04.2017, 12:19 a.m

Copia de la Resolución No.57/2011 sobre las Entidades Presupuestadas con Tratamiento Especial.

el 03.04.2017, 09:28 a.m

Saludos, Hace unos años llegó a nuestras manos un documento sin firma, a nombre del DrC. Carlos del Toro Ríos, cuyo título era "PRINCIPALES MODIFICACIONES A LA RESOLUCION 20/09-MFP" Al parecer ese documento se circuló a los OACE en algún momento, pero no hemos encontrado nada oficial en las publicaciones de la legislación relativa a ese tema. Necesitamos aclaraciones al respecto, y confirmar que lo que se indica en ese documento es aplicable en estos momentos, en especial lo relativo a la conformación de Expedientes por Pérdidas, por Multas impuestas a la entidad. Gracias anticipadas por su atención, Hugo Rosado Polanco Asesor del Vicerrector de Gestión Universitaria ISDi

Dirección de Política Contable el 16.03.2018, 02:26 a.m

Estimado compañero la resolución No. 20 de 2009 se mantiene vigente y no ha tenido ninguna modificación.Gracias por consultarnos

Adrian el 01.04.2017, 11:37 a.m

Hola, quisiera obtener de forma digital la declaración jurada de trabajador por cuenta propia gracias

milloo el 31.03.2017, 01:20 a.m

Resolución No 125/2015 trata sobre entidades que se extinguen

Arisbel Borges García el 31.03.2017, 11:50 a.m

Saludos Me gustaría conocer que responsabilidad tiene la ONAT en el proceso de asignación de una pensión extraordinaria por edad a un trabajador por cuenta propia que cumple dentro de 4 meses 67 años, tiene 23 años como obrero asalariado, desde 1995 es trabajador por cuenta propia, y paga la seguridad social del 2011. Gracias.

Ministra el 09.02.2018, 12:04 a.m

Estimado Usuario, Ud. debe dirigirse al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS).Gracias

Dania Alvarez Ortiz el 29.03.2017, 01:35 a.m

Hola tengo algunas dudas que quisiera que me aclarara pero no se aquien dirigirme, si seria tan amable y me ayudara, 1ro la contribucion territorial para el desarrollo local cambio ya no esta en la cuenta 855 pero no me hacen referencia a que cuenta va si las de Gastos de Operaciones o puede ir a Otros Gastos. 2do Los Activos fijos se pueden seguir clasificando en almacen y uso, porque hay auditores que dicen que desde su compra van directo a uso que ya no existe en almacen y si yo no lo voy a usar en ese momento, ellos se basan en que la resolucion 1100 y ahora la 494 no la declara con subcuentas pero yo entiendo que sea igual que muchas otras cuentas que no son de subcuentas obligatorias y yo las acomodo a mi trabajo En espera de su atencion

Dirección de Política Contable el 26.11.2017, 03:02 a.m

Compañera Dania: La Contribución Territorial para el desarrollo local se contabiliza en la cuenta 835 a 838 Gastos Financieros ya que constituye una contribución de destino específico, según la Resolución No.494 del 2016 en el uso y contenido de esas cuentas. La cuenta 240 a 251 Activos Fijos Tangibles no tiene subcuenta de uso obligatorio, por lo que usted puede abrir las subcuentas que necesite para un mejor control y análisis en su trabajo.

Yamilet Segura el 29.03.2017, 12:03 a.m

Necesito por favor me envien la resolución No. 446 /2002 sobre el traspaso de bienes muebles entre entidades estatales

Normando el 29.03.2017, 09:27 a.m

Donde puedo descargar mi Vector Fiscal 2017 sobre el Impuesto sobre Ingresos personales?

Webmaster el 24.03.2018, 11:56 a.m

Estimado Compañero. Usted puede dirigirse al Sitio Oficial de la Oficina Nacional de Administración Tributaria www.onat.gob.cu o comunicarse a través del correo consultas@onat.gob.cu. Saludos

Elías Albojaire Ramírez el 27.03.2017, 05:35 a.m

Buenas tardes compañeros, soy Secretario Ejecutivo del Comité Provincial de la UNEAC en Camagüey y necesito conocer lo legislado en materia de porcientos de precios a aplicar a productos que se compran en entidades mayoristas para luego ser ofertados en la cafetería de mi entidad sin violar lo establecido. Me recomendaron la Resolución 211 del 2013 pero no la encuentro en la gaceta Oficial, es posible que haya un error por lo que me dirijo a ustedes en busca de ayuda Me explico un poco mejor: Por ejemplo, quiero vender, por tragos, un ron que adquirí en la Empresa de Bebidas y Refrescos de Camagüey en CUC y MN a los miembros de la UNEAC y trabajadores, pero no sé que porciento aplicar a partir de su precio de costo y qué procedimiento aplicar en el caso de que fue adquirido en amas monedas. De igual forma quisiera concer el importe a la venta de productos que se elaboran y se venden por cafetería. Gracias de antemano por su tiempo.

rroque el 27.03.2017, 02:55 a.m

que resoluciones hablan del precio por acuerdos , a favor o en contra

Dirección de Política De Precios el 26.01.2018, 12:49 a.m

Saludos Roque. El precio por acuerdo no es un método de formación de precio. En principio los precios mayoristas deben determinarse según establece la metodología general de formación de precios mayoristas o en otras normas emitidas a las Organizaciones Superiores de Dirección Empresarial (Adjunto Resolución No. 21 de 1999). En casos de excedentes de producciones de encargo estatal los precios se podrán determinar por acuerdo entre las partes siempre que no generen subsidio. Para ello, es importante que se consulte la Resolución Metodológica de elaboarión del Plan de la Economía, en cuanto al concepto de excedente de encargo estatal, pues sólo es válido aplicar ese tratamiento en esos casos. (Adjunto Resolución No. 143 de 2016).

Yuliet Blanco el 27.03.2017, 12:31 a.m

Buenos dias, me gustraia saber si por correo me podrian enviar la Instruccion no.7/2015 del MFP QUE AVALA LA METODOLOGIA DE FORMACION DE TARIFAS PARA LOS SERVICIOS TÉCNICOS Y DE PROYECTOS, yo trabajo en la empresa GEYSEL y acá no la tienen, saludos

Amyris Herrera García el 25.03.2017, 11:08 a.m

Buenos días les escribe la secretaria General de la Sección Sindical IMSA (empresa mixta). Estamos muy contentos porque por fin se nos comenzará a pagar el pago por rendimiento, dándole cumplimiento a la ley 118 en su Resolución 16 artículo 13, pero la Ley 118. Pero necesitamos capacitación en la creación de un nuevo Reglamento para este pago nosotros como trabajadores abogamos por la aplicación de la Resolución 6/2016 del MTSS pero no aplica para nosotros y en la ley 118 este inciso está muy escueto. ¿Me pueden asesorar si es desconocimiento mío o si ya se emitió alguna resolución que comprenda este tema del pago por rendimiento para las empresas mixtas?

lololo el 24.03.2017, 01:11 a.m

por favor necesito la resolucion actualizada q regula el uso y confeccion de ficha de precios

Hector R. Morales Torres el 24.03.2017, 12:41 a.m

Necesito saber los nuevos precios del combustible

Ariel Lachaise el 24.03.2017, 11:32 a.m

Resolución 64 de la Seguridad Informática.

Torres el 24.03.2017, 11:10 a.m

buenos dias necesito obtener la Resolucion No. 374/2013 del MFP, lo antes posible. gracias de antemano.

mcarrero@glp.cupet.cu el 24.03.2017, 09:17 a.m

por favor necesito leer la resolución 357/2014 y no se buscarla en el sitio

Dirección Jurídica el 09.02.2018, 09:30 a.m

Estimado Usuario.Con relación a la solicitud realizada se le comunica que la Resolución No. 357 de 2014, fue modificada por la Resolución No. 473 de 2015, por lo que se le envían ambas.gracias

el 23.03.2017, 10:30 a.m

necesito saber el numero del parrafo de aportes impuesto especial a productos y servicios que se utiliza para pagar el aporte del combustible por entidades del minag

Dirección de Política de Ingresos el 16.02.2018, 11:23 a.m

Estimado Usuario,el párrafo que debe emplear es el 013200.Gracias

jorge el 15.03.2017, 01:37 a.m

ultimas legislaciones sobre el trabajo por cuenta propuia y las CNA

TAMARA ACOSTA el 13.03.2017, 12:17 a.m

Estimados, Apreciaría nos envíe la Resolución con el nuevo nomenclador a aplicar en las sucursales extranjeras en Cuba. Gracias anticipadas.

Dirección Jurídica el 09.02.2018, 03:22 a.m

Estimado Usuario, nos complace atenderle, pero nos dice a que nomenclador se refiere. Gracias por la consulta

yoendry hernandez el 13.03.2017, 09:12 a.m

hola amigos necesito recibir la resolucion 120/2016 mfp. saludos yoendry hernandez Lic Economía

Dirección Jurídica el 09.02.2018, 09:21 a.m

Estimado usuario,se le comunica que la Resolución solicitada (No. 120 de 2016), fue derogada por la Resolución No. 247 de 2017, por lo que se le envía esta última, al ser la que se encuentra vigente.Gracias

juan el 12.03.2017, 10:21 a.m

alquilar a estudiantes extranieros lleva el mismo importe fiscal que si se alquila por ejemplo a un turista.que tiene mayor poder economico de responder por favor diganme resolucion o algo en lo que se base la respuesta

Dirección de Política de Ingresos el 16.02.2018, 11:20 a.m

Estimado Usuario,el arrendamiento de habitaciones en divisas, es una actividad de trabajo por Cuenta Propia, que aparece regulada en la Resolución No. 20 de 2016 del MFP, ahí aparece su cuota mínima establecida para el país. En dicha actividad los precios se pactan libremente entre las partes, de los estudios de capacidad que hemos realizado ha quedado validado el dinamismo y capacidad económica de la actividad. El impuesto siempre estará en correspondencia con los ingresos que obtenga, razón por la que no resulta necesario conceder un beneficio por este concepto cuando no existe razón económica suficiente que suponga algún tipo de afectación.gracias

Carlos Alberto el 09.03.2017, 04:26 a.m

Quisiera saber si para este año 2017 se exonerará a las Termoelectricas del pago del impuesto del 2% sobre las ventas mayoristas y del 1% a la Contribución Territorial para el Desarrollo Local que en el caso del a;o pasado, se dictó al respecto la Resolución 89 que precisaba estas cuestiones y hasta donde tengo entendido, en este año no se ha hecho hasta el momento ningún pronunciamiento sobre los impuestos que he mencionado.

Dirección de Política de Ingresos el 16.02.2018, 11:14 a.m

Estimado Usuario,se exime durante el año 2018 del pago de la Contribución Territorial para el Desarrollo Local a las empresas generadoras de electricidad, no así del impuesto sobre las ventas mayoristas esto aparece regulado en la Resolución No. 8 de 2018 del MFP:Gracias

Maria del Carmen el 08.03.2017, 05:46 a.m

Soy abogada y necesitpo ubicar dos Resoluciones emitidas por ese Ministerio y no las encuentro. Son las siguientes: Resolicion 20 de 2000 Resolucion 44 de 1997 Muchas gracias

Luis villar robinson el 08.03.2017, 02:07 a.m

Buenas tardes y muchas felicidades a todas las compañeras en este hermoso día Mi nombre es Luis Villar Robinson, laboro en el aeropuerto Internacional Ignacio Agramaonte de Camaguey, esta es la segunda vez que les solicto por esta via informacion y su respuesta ha sido inmediata y satisfactoria. El motivo de mi correo es para solicitarles a ustedes el decreto ley 110 sobre normas sanitarias,serian tan amables de orientarme como puedo acceder a ella. mil gracias por su ayuda saludos desde camaguey Luis Villar

Leonor el 07.03.2017, 02:21 a.m

Necesito obtener la Resolución 441 que aborda el tema del subsidio a las exportaciones y en la Gaceta Oficial se me hace imposible agradecería su ayuda

Ernesto Díaz Hernández el 03.03.2017, 10:36 a.m

necesitamos Resolución 122 de la onat que aprueba el model CR-09 Declaración de pago con su nueva metodología

SeniaTVS el 02.03.2017, 04:32 a.m

Agradecería me enviaran o me dijeran donde puedo consultar la Instrucción 4 /2013 del VP del MFP sobre la forma de pago de los productos destinados a la comercialización.

Valentina el 02.03.2017, 02:06 a.m

Buenas tardes: Necesito conocer cual es la norma vigente que rige la metodología para la formación de precios los servicios técnicos de proyección y consultoría para las inversiones en el país. A la espera de su respuesta, gracias.

el 02.03.2017, 12:39 a.m

Sobre la Resolucion 1 y su anexso y la resolucion , relativas a los ingresos no tributarios

Dirección de Política de Ingresos el 09.02.2018, 12:25 a.m

Estimado Usuario , por favor deberia esclareser cuál es su consulta, gracias

Onay MArtinez el 02.03.2017, 10:53 a.m

Nesecito informacion sobre la Resolución 51/96, y si es posible me la envien muchas gracias

el 01.03.2017, 03:49 a.m

TRATAMIENTO A LOS AFT REPARADOS EN SU TOTALIDAD

Dirección de Política Contable el 01.03.2018, 02:29 a.m

Estimado compañero(a) consideramos que para darle una respuesta concreta a su consulta, debería ser más específico(a) en cuanto a su duda respecto al tratamiento de los AFT reparados en su totalidad, ADJUNTAMOS la resolución 1038 del 2017 Norma Cubana de Contabilidad para Los AFT.Gracias

Tania Guerra el 27.02.2017, 08:53 a.m

Modelo de declaración jurada sobre el transporte terrestre

Daily el 25.02.2017, 06:35 a.m

Buenas tardes: Necesito me envíen las resoluciones vigentes relacionadas con el trabajo por cuenta propia y el tributo de estos, Gracias.

Luis Rosabal Díaz el 25.02.2017, 02:17 a.m

Poder acceder a las legislaciones emitidas por este ministerio, para su aplicación en mi desempeño laboral, así como poder consultar dudas o consultas sobre algunas de ellas

Rafael Almaguer López el 25.02.2017, 10:25 a.m

Estoy buscando la Resolución No. 258 del 2013, del Ministerio de Finanzas y Precios y no la he encontrado ni en Finanzas al Día ni en la Gaceta Oficial de la República, mucho agradecería que me la enviaran si está dentro de sus posibilidades. Muchas Gracias anticipadas. Dpto. Contabilidad Ministerio de Cultura

Martín Capurro el 24.02.2017, 07:14 a.m

Estimados señores, muy buenos días. Soy un ciudadano argentino y por el presente quisiera solicitar un usuario para poder consultar los Aranceles de Importación vigentes en vuestro país. Anticipadamente, muchas gracias Martín Capurro Pasaporte de la República Argentina: AAC890309

yaniel el 23.02.2017, 11:34 a.m

Necesito dentro de sus posibilidades que me envién los anexos de la Resolución No.280-11-07'2013, Normas Generales para la Elaboración, Conciliación, Aprobación y Control del Plan Anual de Verificación Presupuestaria e Inspección Mayorista.

Dirección Jurídica el 09.02.2018, 09:19 a.m

Estimado usuario , le enviamos la resolución solicitada, gracias por consultarnos.Gracias

yunia el 23.02.2017, 07:52 a.m

Buenos días, Uno que alquila habitaciones en CUC, que tiene un libro de registros. Como vienen calculados los ingresos? Gracias.

YUSELIS DELGADO GOMEZ el 22.02.2017, 10:28 a.m

Buen día: Por favor, me pueden enviar el Modelo DJ-08? Sucede que pertenezco al municipio Mariano, y mi paquete fiscal nunca llega por vuelta de correo postal y se me hace difícil llegar a las oficinas. Por más que he buscado en Internet solo aparece la DJ-08 pero para otros años y necesito la que debe presentarse ahora en 2017, declarando impuestos 2016. Gracias anticipadas por su atención. Sldos

Galán el 22.02.2017, 09:52 a.m

Buenos dias Necesito de favor me envien por correo dos resoluciones que necesito y no encuentro en la web. Resolución 13/2007 MFP Resolución 148/2006 Sobre el manuel de Normas del Control Interno. Gracias de antemano

Dirección Jurídica el 09.02.2018, 09:13 a.m

Estimado Usuario,con relación a la solicitud realizada se le comunica que ambas resoluciones (No. 13 de 2007 y No. 148 de 2006) fueron Publicadas en la Gaceta Oficial de la República, para su general conocimiento, por lo que podrá tener acceso a las mismas a través de su página web www.gacetaoficial.gob.cu.Gracias

Guillermo Baute el 21.02.2017, 09:20 a.m

Buenos días, Necesito conseguir la Resolución No. 425/2011 emitida el 27 de Diciembre de 2011, donde, se establece la tarifas de precio a los CAI y empresas de Azcuba, conozco sobre ella, pues tengo un PDF donde veo algunas paginas, pero el mismo no está completo, y necesito tenerlo completo. De paso, conocer si el mismo aun sigue vigente, y de no serlo, el que lo Derogó. Saludos, y en espera de su atención. Guillermo Baute Contador de la UNE MINEM

Ariel Sánchez Magaña el 20.02.2017, 07:27 a.m

Buenos días, ¿ serían tan amable de decirme si la Resolución del Ministerio de Finanzas y Precios No. 136 del 13 de abril de 2011, que aprobó el sistema tarifario eléctrico para servicios no residenciales, pertenecientes a Empresas Mixtas, Asociaciones Económicas Internacionales y entidades extranjeras radicadas en el país, se encuentra vigente?. De estar vigente quisiera saber donde la puedo obtener... SALUDOS, ARIEL SANCHEZ MAGAÑA ASESOR JURÍDICO UBI RAMON DE ANTILLA-AL,MEST HOLGUIN

Dirección Jurídica el 19.01.2018, 11:42 a.m

Estimado usuario,con relación a la solicitud realizada se le comunica que la Resolución No. 136 de 2011 fue derogada por la Resolución No. 343 de 2013, y esta a su vez fue derogada por la Resolución No. 256 de 2015, por lo que se le envía esta última, al ser la que se encuentra vigente. Gracias

Roberto Carlos el 17.02.2017, 02:40 a.m

deseo suscribirme

yalexia08 el 17.02.2017, 12:51 a.m

Buenas tardes, ¿Me podrían informar, por favor, cual sería el impuesto a cobrar por mora en un modelo DJ-05 de la ONAT? No encuentro esa información en ningún lugar por lo que les agradecería su ayuda con este tema

Dirección de Política de Ingresos el 24.01.2018, 03:47 a.m

Saludos Yalexia: El tema que comentas tiene varias aristas que escapan de la competencia de este Ministerio, está realcionado con asuntos administrativos. Por su contenido sugerimos que te remitas al Grupo Empresarial Azucarero, AZCUBA. De otra parte, existen espacios en el colectivo laboral y con el sindicato para encaminar este tipo de situaciones y así logar enprimer témino una comprensión de la situación que describes e idenbtificar soluciones.

julio el 17.02.2017, 08:50 a.m

necesito que me ayuden a buscar una resolución que pertenece al Ministerio de Finanzas y precios referente a Resolución 557 del 2013 Facultades de los directores para aprobar tarifas y precios

Dirección de Política De Precios el 26.01.2018, 11:29 a.m

Saludos Julio. Se adjunta la Resolución No. 557 de 2013.

GRACIAS el 16.02.2017, 07:32 a.m

La pregunta es la siguiente me refiero a mi centro de trabajo o mejor la empresa azucarera de la localidad de Grito de Yara, en el municipio Rio Cauto, provincia Granma. Desde que comenzo la zafra, el ingenio a marchado en perfecta condiciones, siempre existen sus detalles con respecto a roturas leve que se solucionan al istante, los obreros se inclinan a un 100 % de sacar adelante producciones satifactorias y realmente se han logrado. Lo que dificulta y es la mala actitud de los obreros y pienzo que con razon, es con respecto al pago que anteriormente el mes de enero fue mensual, ganando unos 600, otros 900 pesos cubanos, pero la pregunta de ellos y mia es saber porque el salario es tan bajo, cuando la produccion de azucar fue de 6435 toneladas, actualmente ya estamos en las 10596.00 toneladas a esta hora, donde logramos que nos pagaran quincenal. La contabilidad es erronea con bases fundamentales que no es posible el desnivel salarial entre un obrero y otro siendo de la misma rama, ejemplo (mecanicos), estamos cierto que se miden parametros, pero en cuanto esto el director general de la ueb no explica que estamos a un 100 de todo en todos los niveles y cuando le preguntamos, porque tan poco dinero, el solo responde hay que producir azucar, solo eso. Pedimos ayuda con respecto que queremos que exista un personal profesional que evalue el tema cerca, que vengan hasta aqui lo mas pronto posible y trabajen en la economia de la empresa, la contabilidad, las ventas ect, profesionales de confianza y por favor le den solucion a este problema que nos afecta y nadie ve eso, los obreros son los afectados, los industriales trabajamos duro buscando hacer mas azucar cada dia, pero necesitamos que nos ayudesn con enviarnos economicos que sepan de verdad y estoy seguro que ustedes tienen buenos profesionales, para desemascarar todo lo que pasa entre oficinas.
Primero. Un director de ueb o cualquier identidad, debe de saber que administrar no es un juego, es responsabilidad, estudiar todos los parametros, tener conocimientos de economia, contabilidad, finanzas y precios, demostrar que su condicion de director es fundamental en una base tan importante para el pais y que esta al frente de producciones fundamentales como la azucar y derivados, que son un puntos mas e importante para el desarrollo del pais, el incremento de miel, ect.
Segundo. Debe de saber y poner de practica negocios al beneficio de la empresa, nunca esperar perdidas, utilizar estrategias para sacar adelante la empresa.
Tercero. Estudiar de cerca como estimular al personal que esta directo a la produccio y demas, pero estimulo que beneficio para el hogar, hablo de productos alimenticios y que me disculpe la empresa de tecnoazucar que no han dado apoyo y nos daria pena que otras entidades se preocupesn por nosotros y que el director de la ueb no a sido capaz de dar aunque sea un aplauso a quien se lo ha ganado. Los productos que se venden como supuesto estimulo tienen un precio de 60 pesos cubanos que para el trabajador indutrial que gana 600 pesos cubanos en un mes no puede comprarla, otra cosas comestible solo jamonada, lo demas es una botella de ron, un paquete de caramelo y una botella de licor, eso no es comida queremos cosas utiles, para darle valor al empeño de los obreros.
Nota. Solicitamos que se lleve a fondo todo esto, estoy seguro que se me ha quedado algo, es que son tantas cosas injustas, por parte del sindicato, todo los meses piden que paguen el mismo, pero nunca he visto algun interes de ayuda por parte de ellos, nada que ver y entonces exigen dinero, quisiera saber que por ciento de trabajadores pagan.
Necesitamos de favor apoyo, no sabemos que pasa, nadie nos explica, todo es mentiras, tras mentira y no queremos que el ingenio se pare porque una masa de trabajadores dejen de trabajar por culpa de negligencia de directivos, todo no se puede resolver desde atras de un buro, hay que dar el frente, pero no hablar como el jefe de recursos humano de la ueb con la cabeza hacia atras. Necesitamos que nos ayuden como dice el dicho estamos trabajando para el ingles. Necesitamos que la economica, el director, recursos humanos y todo aquel que tengas que ver con los problemas salariales, en fin la economia de la empresa y que perjudica el pais, den respuesta contundente sobre que es lo que esta pasando, todo esto despues de una profunda auditoria fiscalizada. Por favor ayudenos, el Che dijo en una entrevista que el verdadero cubano no es conforme y Fidel dejo para todos un concepto llamado revolucion y firmamos y cumplimos, pero estoy seguro que Fidel nunca dejaria que sucediera nada que perjudicara a los obreros de este pais, a la economia ect.
Gracias

Dirección Jurídica el 09.02.2018, 03:19 a.m

Estimado usuario, debe Ud. remitir su consulta al MTSS y al Grupo Empresarial AZCUBA, Gracias

Elaine Moreno el 16.02.2017, 03:42 a.m

Necesito digital la palanilla para declaración jurada

yusnesy el 16.02.2017, 10:28 a.m

Resolucion 493/2016 Almacenaje de las Resrvas Estatales

kPOT el 15.02.2017, 03:54 a.m

NECESITO ME ENVÍEN AL CORREO LA RESOLUCIÓN 331 DE AGOSTO DEL 2013

Jorge Cuesta Rodriguez el 15.02.2017, 01:42 a.m

Intereso conocer si existe alguna disposición legal que impida poner al cobro facturas de años anteriores

Dirección de Política Contable el 16.03.2018, 02:17 a.m

Jorge , buenas tardes, debe leerse Decreto Ley 304 y Decreto 310 del año 2012 de la Contratación Económica ,gracias por consultarnos

hilda el 15.02.2017, 01:04 a.m

Necesito Resolucion 1226 de fecha 17/12/2015

Dirección Jurídica el 19.01.2018, 11:23 a.m

Estimado Usuario ,con relación a la solicitud realizada se le comunica que la Resolución No. 1226 de 2015 fue derogada por la Resolución No. 150 de 2016, la que a su vez fue derogada por la Resolución No. 15 de 2017, y esta igualmente se encuentra derogada por la Resolución No. 143 de 2017, por lo que se le envía esta última, al ser la que se encuentra vigente. gracias

Arnaldo el 15.02.2017, 10:48 a.m

Buenos días: Solicito por este medio que, de ser posible, me precisen si la Resolución 139/2016 del Ministerio de Finanzas y Precios debe ser instrumentada o aplicada por los Trabajadores por Cuenta Propia que se dedican a la actividad de transporte de carga por carretera.

Dirección Jurídica el 06.02.2018, 11:45 a.m

Estimado usuario,de conformidad con lo establecido en la propia Resolución No. 139 de 2016, la misma no es aplicable a los trabajadores por cuenta propia (precios de oferta y demanda), ya que refiere las entidades a las que corresponde su aplicación. Gracias

el 14.02.2017, 03:23 a.m

Tengo dudas con respecto a lo que establece el acuerdo 8003/2016 del CECM en lo referido al pago del estipendio de alimentaci{on a los cuadros que cursan los diplomados en las escuelas ramales de los organismos seleccionados. En su apartado cuarto inciso a) se dice que se suspende el estipendio cuando en el centro docente se brinda el servicio de comedor, pero en el caso de que se brinde este servicio y se le cobre al cuadro el precio de 1.20 ctvos en MN por almuerzo, la entidad de procedencia esta obligada a pagar el estipendio. Por favor necesito esclarecerme. Gracias

Dirección de Política Financiera el 22.02.2018, 11:01 a.m

Estimado Usuario,el Acuerdo No. 8003, en el inciso a) plantea suspender por las entidades de procedencia el pago del estipendio a los cuadros que asistan a centros docentes donde existe comedor; b) mantener el pago del estipendio por las entidades de procedencia cuando en los centros docentes no exista comedor. Abonar por estos centros el estipendio a los que no lo reciben; c) cobrar el almuerzo a los alumnos que cursan los diplomados y no cobrarlo a los que estudian la especialidad u otros cursos con duración de 6 meses o más. La entidad de procedencia que paga el estipendio a sus trabajadores, mantiene este pago cuando al cuadro le cobran el servicio del comedor en el centro docente donde esta cursando el diplomado.Gracias

de baguano el 14.02.2017, 09:23 a.m

Saludos cordiales : necesito la ley 122 del presupuesto del estado

jorge el 13.02.2017, 01:17 a.m

disposicion que regula el precio de los servicios constructivos de CNA Y TCP

Dirección de Política De Precios el 07.03.2018, 11:52 a.m

Saludos Jorge. La Resolución No. 124 del 2016 es la que regula el tratamiento fiananciero a las cooperativas no agropecuarias y es una norma de alcance general. Las especificidades deben consultarse al Ministerio de la Construcción. Se adjuntan las Resoluciones 124 y 135 de 2016.

oscar el 13.02.2017, 11:39 a.m

necesidad de saber el contenido de la resolucion conjunta no. 1/15 del Mep y Mfp

Dirección Jurídica el 06.02.2018, 11:49 a.m

Estimado usuario,con relación a la solicitud realizada se le comunica que no obra en el protocolo de disposiciones jurídicas de este Ministerio, la Resolución conjunta No. 1 de 2015 MFP-MEP. Sí obra similar Resolución (Conjunta No. 1) pero del año 2016, que dispuso su Publicación en la Gaceta Oficial de la República, a la que puede acceder a través de su página web www.gacetaoficial.gob.cu. Gracias

vmederos el 09.02.2017, 01:18 a.m

Favor de enviar resolucion vigente sobre confeccion de fichas de costo por servicios tecnicos productivos entre empresas estatales en perfeccionamiento que operan en ambas monedas y algun documento normativo que explique los elementos de costo incluidos en las fichas

vmederos el 09.02.2017, 01:13 a.m

En la elaboracion de las fichas de costo a presentar para el pago por acuerdo con los clientes de servicios tecnico productivos el gasto de fuerza de trabajo se desglosa en varios elementos que conforman el fondo de salario basico y el fondo de salario total, asi como las contribuciones a la seguridad y vacaciones que conforman el calculo del salario total que va a la ficha, la resolucion conjunta MEP-MFP No.1-2005 en su anexo1 contempla todos estos gastos pero no se explican en detalles, existe algun documento normativo vigente donde explique cuales son los pagos adicionales al salario escala que conforman el salario base de calculo, conozco lo definido en el articulo 38 de la resolucion No.9-2008 derogada por la No.6-2016 sobre formas y sistemas de pagos del MTSS, se mantienen los elementos que lo conforman o el pago por rendimiento afecta determinados elementos de pago anteriormente considerados en cuantia fijas.

Dirección de Política De Precios el 09.02.2018, 11:54 a.m

Estimado Usuario, Ud. debe dirigirse al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS).Gracias

Sergio Ortega Barrera el 09.02.2017, 01:03 a.m

Le escribe uno de los especialistas de la Dirección Jurídica del Grupo Empresarial Agrícola para formular una consulta, a modo de información para que pueda tener mayor claridad del asunto le explico que nuestro Grupo es accionista de una S.A. 100% capital cubano, dentro de ella contamos con tres frigoríficos que pretendemos traspasar o moverlos a empresas del propio sistema, hemos consultado en las Resoluciones 203 del 2014 y 446 del 2002, emitidas por su organismo y no logro encontrar algo al respecto, específicamente sobre el traspaso de activos fijos tangibles que no constituyen inmuebles. Si pudieran explicarme si existe alguna legislación específica o reglamento para poder cumplimentar esta tarea.

Dirección de Patrimonio del Estado el 24.11.2017, 02:48 a.m

Saludos Sergio:En este tema se interpreta que los bienes referidos han sido puestos a disposición de la sociedad mercantil, no transmitidos, por lo que se presume que sea en usufructo, al continuar en el Patrimonio del Grupo. De ahí que: a) Si los bienes continúan registrados en el Patrimonio de la persona jurídica de carácter estatal que los tiene asignados y los movimientos se realizan a favor de una entidad de carácter estatal, entonces deben aplicar la Resolución No. 446/02 del Ministerio. b) Si la decisión es la de transmisión del dominio (en este caso la propiedad) desde el Grupo, a favor de la sociedad mercantil, de capital ciento por ciento cubano, solo es facultad del Consejo de Ministros desafectar la propiedad estatal, por lo que debe ser a través de un Acuerdo emitido por este Órgano. c) Por otro lado, si el dominio de la propiedad lo tiene la sociedad mercantil, entonces la Junta de Accionistas es la facultada en la decisión de los movimientos a favor del Estado y en los traspasos hacia otra sociedad del mismo carácter legal, en este caso privado. La Resolución No. 446/02 sólo se aplica para los movimientos de bienes muebles e inmuebles asignados en uso y administración a entidades de carácter estatal, no así a las sociedades mercantiles. Por otra parte, en la Ley fundamental de la República se plantea, en el Artículo 23o.- El Estado reconoce la propiedad de las empresas mixtas, sociedades y asociaciones económicas que se constituyen conforme a la ley. El uso, disfrute y disposición de los bienes pertenecientes al patrimonio de las entidades anteriores se rigen por lo establecido en la ley y los tratados. En el Código Civil, que complementa la Ley, Artículo 160.1 dice: El Estado reconoce también la propiedad de las sociedades, asociaciones y fundaciones. 2. Asimismo, reconoce la de las empresas mixtas, conjuntas e internacionales y de otras personas jurídicas de características especiales. 3. El uso, disfrute y disposición de los bienes de las entidades a que se refieren los apartados anteriores se rigen por lo establecido en la ley y los tratados, así como por los estatutos y reglamento de la persona jurídica respectiva y, supletoriamente, por este Código, así como por los estatutos y reglamentos propios por los que se gobiernan. Significar que el Estado es el dueño supremo y es el único que desafecta la propiedad, siempre que sea para fines socialmente justificados, ya que no se transmite esta a personas jurídicas, ni naturales sin un Fundamento. Sugerir que el Grupo Empresarial revise, en primera instancia, el contexto en el que se aportaron los bienes a la sociedad mercantil, determinando el carácter de su uso y dónde se registran estos, es decir, si son estatales o privados, consecuente con lo estipulado en las Normas Cubanas de Información Financiera de este Ministerio. Una vez establecido el criterio de registro contable, proceder a aplicar lo legislado.

Liudmila Martínez el 08.02.2017, 11:49 a.m

Necesito las Resoluciones 124/2016 y 345/15, dicen que son referidas a las cooperativas. Por favor Muchas gracias

Omar Garcia el 08.02.2017, 08:54 a.m

por favor revisen el modelo DJ-8 q tiene en el sitio del mfp para descargar..el modelo excell tiene fecha 2015 y ademas tien el codigo de un banco en casillas q estan protegidas !!!! garcias omar

Lorenzo el 07.02.2017, 02:00 a.m

Favor responder sobre la obligatoriedad de un Director General de una Empresa Estatal Cubana, de firmar la nomina

Dirección de Política de Ingresos el 19.02.2018, 02:37 a.m

Estimado Lorenzo, buenas tardes, adjuntamos la resolución 13 del año 2007 de este ministerio donde se indican los datos de uso obligatorio para el sistema de nóminas y quien firma la nómina, Gracias

Yunnier el 07.02.2017, 11:57 a.m

Buen día seria bueno que publicaran sus resoluciones, saludos.

sergio el 06.02.2017, 11:43 a.m

Resolución No. 64/2016

Dennys el 06.02.2017, 10:30 a.m

Quiero confirmar mi cuenta

eduardo el 05.02.2017, 01:41 a.m

DJ 08

eusebio Garnier el 04.02.2017, 04:07 a.m

Necesito la resolución 87/2007

Dirección Jurídica el 09.02.2018, 09:05 a.m

Estimado usuario , le enviamos la resolución solicitada, gracias por consultarnos

el 04.02.2017, 08:21 a.m

Resolucion 20 del 2016

Dirección Jurídica el 09.02.2018, 09:01 a.m

Estimado Usuario,con relación a la solicitud realizada se le comunica que la Resolución No. 20 de 2016, fue modificada por las Resoluciones No. 135 de 2016, No. 631 de 2016 y No. 434 de 2017, y todas fueron Publicadas en la Gaceta Oficial de la República, para su general conocimiento, por lo que puede tener acceso a las mismas a través de su página web www.gacetaoficial.gob.cu. Gracias

Luis Mariano González Martínez el 03.02.2017, 03:44 a.m

recibir la Instrucción 5 de 2015 del MFP

Dirección Jurídica el 19.01.2018, 11:14 a.m

Estimado usuario ,Con relación a la solicitud realizada (Instrucción No. 5 de 2015), se le informa que la disposición solicitada no existe. gracias

andres pacheco mendez el 03.02.2017, 02:25 a.m

soy economico, necesito copiar el modelo de aportes, mensual,en dijital

lidyce el 03.02.2017, 09:16 a.m

resolucion 54/97 finanzas y precios

Dirección Jurídica el 19.01.2018, 11:11 a.m

Estimado usuario, la respuesta a su consulta sobre la resolución 54-97 se encuentra en, Publicaciones en nuestro Sitio Web. gracias

Carlos Alberto el 03.02.2017, 09:03 a.m

Quisiera saber si para este año las Centrales Termoelectricas estan sujetas al pago de la Contribucion Territorial para el Desarrollo Local y al Impuesto del 2% sobre las Ventas Mayoristas.

Dirección de Política de Ingresos el 16.02.2018, 11:11 a.m

Estimado Usuario,se exime durante el año 2018 del pago de la Contribución Territorial para el Desarrollo Local a las empresas generadoras de electricidad, no así del impuesto sobre las ventas mayoristas esto aparece regulado en la Resolución No. 8 de 2018 del MFP.Gracias

Alicia Rodriguez Hernandez el 02.02.2017, 03:18 a.m

DJ-08

luis villar robinson el 02.02.2017, 02:11 a.m

buenas tardes trabajo en el aeropuerto inetrnacional Ignacio Agramonte de Camaguey, me gustaria saber en que sitio se pueden leer la resolucion 13 del 2007, pues la he encontrado en Internet pero no esta completa. serian tan amables de orientarme o ayudarme con esto. saludos

Fernando Antonio el 02.02.2017, 02:03 a.m

Apreciaría mucho recibir por vía electrónica la legislación vigente en materia de vuestro Ministerio sobre la ANIR, fundamentalmente la referida a lo relacionado con la remuneración a los aniristas. Un cordial saludo, Fernando Antonio, Gestor de Innovación a nivel empresarial.

Yassel Cortina Pupo el 02.02.2017, 10:40 a.m

Resolucion No 20 del 2016 del ministerio de finanzas y precios

Yanet el 02.02.2017, 09:19 a.m

Resolución 1256 del 2015

Dirección Jurídica el 19.01.2018, 11:01 a.m

Con relación a la solicitud realizada (Res. No. 1256 de 2015), se le informa que no es posible acceder a la misma, en tanto el consecutivo de resoluciones del año 2015 llega hasta el número 1238.

yanet el 02.02.2017, 09:19 a.m

Resolución 1153 del 2015

Dirección Jurídica el 19.01.2018, 10:58 a.m

Estimada usuario, la resolución 153 -15 solicitada por Ud. se encuentra publicada en nuestro Sitio, gracias

ariadna linares zayas el 01.02.2017, 10:44 a.m

necesito la resolución que indique como se confecciona el expediente para que una empresa entre en perfeccionamiento empresarial

luis el 31.01.2017, 11:58 a.m

buen dia estamos necesitando la resolucion 206 de 2016 emitida por el ministerio de finanzas y precios y no puedo encontrarla. le agradecemos cualquier ayuda

ING ENERIQUE SIU LUY el 31.01.2017, 11:25 a.m

En qué Gaceta pueda consultar las Tarifas Eléctricas vigentes para el sector NO Residencial. De igual manera los precios al sector estatal oficial de CUPET.