Sobre el Fondo Presupuestario de Protección social


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Las transformaciones no son para capitalismo, sino para defender y avanzar en la construcción socialista. Un socialismo que pone al ser humano en el centro de su obra [1] . Con esta tesis, en las transformaciones económicas y sociales se reconoce en el Eje Temático 9: “Transformaciones del subsidio a productos al subsidio a personas”, la creación de un Fondo de Protección Social, como condición previa a las transformaciones aprobadas.

Para el desarrollo del proceso de transformación de los subsidios a productos en subsidios a personas, constituye una condición básica la identificación de las personas en mayor situación de vulnerabilidad. El Acuerdo 10468, del Consejo de Ministros, aprueba la constitución del fondo presupuestario “Fondo de Protección Social”.

El Fondo de Protección Social, moviliza capacidades financieras desde el Presupuesto del Estado, y su fuente fundamental es el ahorro fiscal. Los recursos financieros del Fondo van dirigidos a personas y familias en situación de vulnerabilidad, identificadas por las direcciones municipales de Trabajo y Seguridad Social.

Los consejos de la Administración juegan un papel determinante en el proceso de aprobación de las solicitudes de protección social, a instancias de las direcciones municipales de Trabajo y Seguridad Social; solicitan al Gobierno provincial los recursos necesarios para la atención de las necesidades de protección social; gestionan, ejecutan y controlan los recursos del Fondo asignado a su territorio.

Por su parte, los gobiernos provinciales son responsables de:

a)    Aprobar, por Acuerdo de los consejos provinciales, la solicitud de protección social, que presentan los consejos de la Administración municipales, para personas y familias en situación de vulnerabilidad,

b)    solicitar, al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social los recursos necesarios para atender las necesidades de protección social a personas y familias en situación de vulnerabilidad en sus respectivos territorios; e

c)    informar al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social sobre el uso de los recursos asignados.

La ejecución del Fondo se evalúa sistemáticamente y se planifica el financiamiento en etapa de anteproyecto del Presupuesto del Estado.

Este Fondo constituye un mecanismo de protección social, que garantiza el subsidio focalizado a personas y núcleos vulnerables, bajo los principios de equidad y justicia social: #NadieQuedaráDesamparado.

Corresponde la articulación de los organismos implicados con los gobiernos locales, como complemento al programa de Asistencia Social, en la etapa de implantación de las transformaciones económicas y sociales, para mitigar los efectos en la población de mayor vulnerabilidad.

MINISTERIO DE FINANZAS Y PRECIOS


[1] DIAZ CANEL, ASAMBLEA NACIONAL DEL PODER POPULAR, JULIO DE 2026.

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