Objetivos y Funciones
- Proponer al Consejo de Ministros políticas financieras que posibiliten la elaboración de las proyecciones
y evaluaciones de los principales indicadores de la economía nacional, de conjunto con otros órganos y
organismos de la Administración Central del Estado.
- Proponer al Consejo de Ministros los sistemas presupuestarios, de tesorería y de crédito público; dirigir
y controlar su ejecución.
- Proponer al Consejo de Ministros las directivas para la elaboración del Presupuesto del Estado, sobre la
base de las prioridades y dirigir el proceso de elaboración de los presupuestos a todos los niveles.
- Proponer el anteproyecto de Presupuesto del Estado y, una vez aprobado por la Asamblea Nacional del Poder
Popular, proceder a la notificación, control de la ejecución y a la liquidación de este.
- Proponer al Consejo de Ministros las medidas financieras que correspondan de acuerdo con la situación de
la deuda pública, la liquidez monetaria y otros indicadores financieros; e implementarlas.
- Administrar, en coordinación con el Banco Central de Cuba, la liquidez del sector público, fijando políticas
sobre mantenimiento y utilización de los saldos de caja.
- Emitir valores públicos nacionales y avalar a nombre del Estado cubano, los que emitan otras entidades
nacionales legalmente autorizadas.
- Establecer la política de contabilidad y de costos para todos los sectores de la economía y el sistema de
contabilidad gubernamental; dirigir y controlar su ejecución.
- Proponer al Consejo de Ministros la política referente a los ingresos del presupuesto del Estado, en
particular la política tributaria; dirigir y controlar su aplicación.
- Proponer al Consejo de Ministros las políticas sobre el control, valuación y uso del patrimonio estatal;
dirigir y controlar su ejecución.
- Proponer al Consejo de Ministros la política en materia de formación, fijación y modificación de precios
y tarifas; dirigir y controlar su ejecución.
- Aprobar los precios y tarifas que sean de su competencia y controlar su aplicación.
- Establecer, dirigir y controlar el cobro de las multas por contravenciones e infracciones.
- Proponer al Consejo de Ministros la política relacionada con el seguro; dirigir y controlar su ejecución.
- Proponer al Consejo de Ministros la política de cobros y pagos; dirigir y controlar su ejecución.
- Avalar en nombre del Estado la deuda externa pública indirecta cuando así corresponda; participar
y colaborar con los organismos competentes en la renegociación de la deuda externa.
- Participar en la evaluación de los tratados internacionales y de las implicaciones financieras derivadas
de la colaboración económica internacional.